El Proceso Civil de Divorcio
Miércoles, 1 Octubre 2008Con la entrada en vigor de la Ley del Divorcio 15/2005, de 8 de julio, se establecieron importantes modificaciones en el proceso civil del divorcio en España. Antes del mes de julio de 2005, para divorciarse en España se exigía previamente la separación legal de los esposos y que hubiera pasado al menos un año desde la fecha de celebración del matrimonio; además, debían alegarse causales para divorciarse. A partir de julio de 2005 ya no es necesaria la previa separación de los esposos para solicitar el divorcio, basta con que hayan transcurrido tan sólo tres (3) meses desde la fecha en que se contrajo el matrimonio y ya no hay que alegar causales. Es el llamado divorcio directo o divorcio “express”. Puede solicitarlo uno sólo de los cónyuges o ambos o uno con el consentimiento del otro. Es un divorcio más rápido y con menos costes. Con esta reforma se ha pretendido agilizar el proceso civil de disolución del matrimonio y aliviar la carga de trabajo de los Tribunales. La figura de la separación de cuerpos se mantiene, no ha desaparecido para la pareja que la desee. Sigue ...

