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	<title>Comentarios en: La nulidad canónica matrimonial por incapacidad de naturaleza psíquica</title>
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	<description>Blog de la Abogada de Zaragoza Patricia Alzate Monroy, Doctora en Derecho y experta en Derecho Canónico y en Derecho de la Familia y de la Persona. Artículos sobre divorcio, nulidades, matrimonio, etc</description>
	<lastBuildDate>Tue, 07 Feb 2012 08:51:06 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-3126</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 22 Aug 2010 10:20:23 +0000</pubDate>
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		<description>Para atender las consultas, pueden solicitar una cita en el Despacho o elegir cualquiera de estos servicios:
http://www.formatolegal.com/6468-consulta-por-telefono-a-la-abogada-canon.html
http://www.formatolegal.com/136-estudio-nulidad-matrimonio-canonico.html</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Para atender las consultas, pueden solicitar una cita en el Despacho o elegir cualquiera de estos servicios:<br />
<a href="http://www.formatolegal.com/6468-consulta-por-telefono-a-la-abogada-canon.html" rel="nofollow">http://www.formatolegal.com/6468-consulta-por-telefono-a-la-abogada-canon.html</a><br />
<a href="http://www.formatolegal.com/136-estudio-nulidad-matrimonio-canonico.html" rel="nofollow">http://www.formatolegal.com/136-estudio-nulidad-matrimonio-canonico.html</a></p>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-3075</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Aug 2010 08:00:37 +0000</pubDate>
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		<description>Si se demostrara que la esquizofrenía que él sufre la tenía antes de contraer matrimonio con usted, probablemente pueda tener un motivo de nulidad. En el Tribunal Eclesiástico de su lugar de residencia la pueden orientar al respecto; por eso le recomiendo que acuda allí.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si se demostrara que la esquizofrenía que él sufre la tenía antes de contraer matrimonio con usted, probablemente pueda tener un motivo de nulidad. En el Tribunal Eclesiástico de su lugar de residencia la pueden orientar al respecto; por eso le recomiendo que acuda allí.</p>
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		<title>Por: elvira</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-3071</link>
		<dc:creator>elvira</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Aug 2010 18:56:16 +0000</pubDate>
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		<description>muy buenas doctora agradecida con sus informacion solo queria que me ayudara en unas preguntas: soy casada por la iglesia desde hace 15 años tuve un bebe que a la actualidad tiene 13 años bueno dure con mi exmarido conviviendo eso de año y medio y me separe, su actitud era anormal el vivia en su mundo era como si no le importara nada y pues claro era irresponsable con deberes matrimoniales despues de unos pocos años sufrio un cambio total sufre de esquizofrenia y ha estado internado en clinicas de rehabilitacion ha intentado matar a personas y pues me da mucho miedo acercarme a el desde entonces decidi desde hace años vivir mi vida aparte nunca fue responsable con el bebe desde hace unos años como 5 hable con su mama y ella me ayuda con muy poco dinero hace 6 años nuevamente  rehice mi vida estoy viviendo en union libre amo a mi pareja mi pregunta es sera posible que pueda anular mi matrimonio catolico para casarme de nuevo con este hombre que amo y deseo al igual que el unirnos en matrimonio ya que el acepto en su vida a mi hijo como su hijo y vivo feliz pero eso me hace triste el no poderme casar gracias y ojala responda a mi pregunta</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>muy buenas doctora agradecida con sus informacion solo queria que me ayudara en unas preguntas: soy casada por la iglesia desde hace 15 años tuve un bebe que a la actualidad tiene 13 años bueno dure con mi exmarido conviviendo eso de año y medio y me separe, su actitud era anormal el vivia en su mundo era como si no le importara nada y pues claro era irresponsable con deberes matrimoniales despues de unos pocos años sufrio un cambio total sufre de esquizofrenia y ha estado internado en clinicas de rehabilitacion ha intentado matar a personas y pues me da mucho miedo acercarme a el desde entonces decidi desde hace años vivir mi vida aparte nunca fue responsable con el bebe desde hace unos años como 5 hable con su mama y ella me ayuda con muy poco dinero hace 6 años nuevamente  rehice mi vida estoy viviendo en union libre amo a mi pareja mi pregunta es sera posible que pueda anular mi matrimonio catolico para casarme de nuevo con este hombre que amo y deseo al igual que el unirnos en matrimonio ya que el acepto en su vida a mi hijo como su hijo y vivo feliz pero eso me hace triste el no poderme casar gracias y ojala responda a mi pregunta</p>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-878</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Jul 2009 10:08:56 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1043#comment-878</guid>
		<description>Agradezco a todos los lectores de mi blog su intensa participación a través de los varios comentarios y preguntas que me envian. Muchos de estos comentarios se tratan de consultas jurídicas sobre el tema de este artículo en concreto, en los que aportan datos personales que, por razones obvias, omito publicarlos. Además, para responder seria y adecuadamente y con sentido profesional a esas consultas jurídicas que me plantean, deben conocerse datos más concretos y precisos como, por ejemplo, el lugar desde donde escriben.

Es por esto que si alguien desea hacerme una consulta jurídica, puede hacerlo aportando todos los datos concretos y personales, con la tranquilidad de hacerlo de manera privada, a través de cualquiera de las posibilidades que encontrarán en este enlace:

http://www.formatolegal.com/category.php?id_category=153</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Agradezco a todos los lectores de mi blog su intensa participación a través de los varios comentarios y preguntas que me envian. Muchos de estos comentarios se tratan de consultas jurídicas sobre el tema de este artículo en concreto, en los que aportan datos personales que, por razones obvias, omito publicarlos. Además, para responder seria y adecuadamente y con sentido profesional a esas consultas jurídicas que me plantean, deben conocerse datos más concretos y precisos como, por ejemplo, el lugar desde donde escriben.</p>
<p>Es por esto que si alguien desea hacerme una consulta jurídica, puede hacerlo aportando todos los datos concretos y personales, con la tranquilidad de hacerlo de manera privada, a través de cualquiera de las posibilidades que encontrarán en este enlace:</p>
<p><a href="http://www.formatolegal.com/category.php?id_category=153" rel="nofollow">http://www.formatolegal.com/category.php?id_category=153</a></p>
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	<item>
		<title>Por: Todo sobre el Matrimonio en el Código de Derecho Canónico (Primera Parte) &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-607</link>
		<dc:creator>Todo sobre el Matrimonio en el Código de Derecho Canónico (Primera Parte) &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Mar 2009 18:40:25 +0000</pubDate>
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		<description>[...] 1095: Son incapaces de contraer matrimonio: 1. Quienes carecen de suficiente uso de razón; 2. Quienes tienen un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar; 3. Quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica. [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] 1095: Son incapaces de contraer matrimonio: 1. Quienes carecen de suficiente uso de razón; 2. Quienes tienen un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar; 3. Quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica. [...]</p>
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	<item>
		<title>Por: Los vicios del consentimiento matrimonial &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-563</link>
		<dc:creator>Los vicios del consentimiento matrimonial &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 01 Mar 2009 09:29:04 +0000</pubDate>
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		<description>[...] y aceptar  y quien  no puede asumir las obligaciones esenciales del matrimonio debido a una  incapacidad por causas de naturaleza psíquica. Son los tres supuestos contemplados en el canon 1095 del Código de Derecho [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] y aceptar  y quien  no puede asumir las obligaciones esenciales del matrimonio debido a una  incapacidad por causas de naturaleza psíquica. Son los tres supuestos contemplados en el canon 1095 del Código de Derecho [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-537</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Feb 2009 10:34:47 +0000</pubDate>
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		<description>&quot;Dura lex, sed lex&quot;. El matrimonio católico se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges. La prohibición de las segundas nupcias, estando vigente el vínculo anterior (es decir, la prohibición de la bigamia) está contemplada tanto en el derecho canónico como en el derecho civil. Habría que precisar que no es correcto lo que usted dice en el caso que ha planteado de que la Iglesia concede la nulidad por abandono del hogar &quot;o por otra causa&quot; porque no habría nulidad sino presunta disolución por presunción de muerte, lo que jurídicamente es otra cosa muy diferente. 

La difícil situación que usted plantea no está sólo prohibida en derecho canónico, también pasaría lo  mismo si estuvieran casados por lo civil, puesto que el primer matrimonio seguiría vigente al &quot;reaparecer&quot; si no hubiese divorcio anterior (matrimonio civil) o nulidad matrimonial anterior (matr. católico). Aquí no se juzga lo que es bueno o lo que es malo, puesto que se &quot;presumía legalmente la muerte&quot; del primer marido la cual debió ser declarada judicialmente por sentencia al haber &quot;desaparecido&quot; por más de 20 años. Lo que aquí se analiza es la cuestión legal de que hay dos matrimonios vigentes, se casó por segunda vez porque se creía viuda(o) y de no haber sido por esto no se habría casado dos veces. ¿Y si el viudo(a) sigue enamorado(a) del primer cónyuge? Y aparece y quiere seguir con el primero y no con el segundo? Podría hacerlo tanto en derecho civil como canónico. Evidentemente son situaciones que han dado para escribir obras de teatro, películas, etc.

Si el matrimonio fuera civil, elegiría con quien quedarse divorciándose del primero si quiere seguir con el segundo y volviéndose a casar con el segundo (convalidándolo previamente) o escoger un  tercero... Si quisiera seguir con el primero, no tendría que divorciarse del segundo, porque en derecho civil también ese segundo matrimonio sería bigamia hasta que no se divorcie del primero.

Eran situaciones que se daban con frecuencia hace muchos siglos, por las guerras y por las invasiones y eran épocas en las que no había los mismos medios de comunicación que ahora existen. Actualmente se darán, pero no con tanta frecuencia. En derecho canónico sería válido el primer matrimonio, a menos que se &quot;anule&quot; el primero siempre que exista causal de nulidad. Si le gusta la historia, puede leer en la historia de legislación eclesiástica algunas de las primeras declaraciones acerca de las segundas nupcias de las mujeres que eran tenidas por viudas porque sus anteriores maridos (generalmente soldados o prisioneros de guerra) se creían muertos por la guerra: 1) Papa San León I Magno, carta Regresus ad Nos, a Niceta, Obispo de Aquilea (Italia), del 21 de marzo del año 458. 2) Cánones del Concilio VI de Constantinopla, del año 692, Cap. 93. 3)Papa San Esteban II, año 752 a 757, nº 19 de las Respuestas. Por lo tanto, no hay ninguna ambigüedad en la Iglesia como usted dice sino todo lo contrario.

Tampoco es exacto lo que usted afirma que la Iglesia &quot;impondría&quot; al segundo cónyuge que abandone el hogar porque sería la mujer la que quiere seguir con el primer marido. Y si prefiere seguir con el segundo marido tampoco le &quot;impone&quot; nada a ninguno. La ley existe y cada uno es libre de seguirla o no.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;Dura lex, sed lex&#8221;. El matrimonio católico se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges. La prohibición de las segundas nupcias, estando vigente el vínculo anterior (es decir, la prohibición de la bigamia) está contemplada tanto en el derecho canónico como en el derecho civil. Habría que precisar que no es correcto lo que usted dice en el caso que ha planteado de que la Iglesia concede la nulidad por abandono del hogar &#8220;o por otra causa&#8221; porque no habría nulidad sino presunta disolución por presunción de muerte, lo que jurídicamente es otra cosa muy diferente. </p>
<p>La difícil situación que usted plantea no está sólo prohibida en derecho canónico, también pasaría lo  mismo si estuvieran casados por lo civil, puesto que el primer matrimonio seguiría vigente al &#8220;reaparecer&#8221; si no hubiese divorcio anterior (matrimonio civil) o nulidad matrimonial anterior (matr. católico). Aquí no se juzga lo que es bueno o lo que es malo, puesto que se &#8220;presumía legalmente la muerte&#8221; del primer marido la cual debió ser declarada judicialmente por sentencia al haber &#8220;desaparecido&#8221; por más de 20 años. Lo que aquí se analiza es la cuestión legal de que hay dos matrimonios vigentes, se casó por segunda vez porque se creía viuda(o) y de no haber sido por esto no se habría casado dos veces. ¿Y si el viudo(a) sigue enamorado(a) del primer cónyuge? Y aparece y quiere seguir con el primero y no con el segundo? Podría hacerlo tanto en derecho civil como canónico. Evidentemente son situaciones que han dado para escribir obras de teatro, películas, etc.</p>
<p>Si el matrimonio fuera civil, elegiría con quien quedarse divorciándose del primero si quiere seguir con el segundo y volviéndose a casar con el segundo (convalidándolo previamente) o escoger un  tercero&#8230; Si quisiera seguir con el primero, no tendría que divorciarse del segundo, porque en derecho civil también ese segundo matrimonio sería bigamia hasta que no se divorcie del primero.</p>
<p>Eran situaciones que se daban con frecuencia hace muchos siglos, por las guerras y por las invasiones y eran épocas en las que no había los mismos medios de comunicación que ahora existen. Actualmente se darán, pero no con tanta frecuencia. En derecho canónico sería válido el primer matrimonio, a menos que se &#8220;anule&#8221; el primero siempre que exista causal de nulidad. Si le gusta la historia, puede leer en la historia de legislación eclesiástica algunas de las primeras declaraciones acerca de las segundas nupcias de las mujeres que eran tenidas por viudas porque sus anteriores maridos (generalmente soldados o prisioneros de guerra) se creían muertos por la guerra: 1) Papa San León I Magno, carta Regresus ad Nos, a Niceta, Obispo de Aquilea (Italia), del 21 de marzo del año 458. 2) Cánones del Concilio VI de Constantinopla, del año 692, Cap. 93. 3)Papa San Esteban II, año 752 a 757, nº 19 de las Respuestas. Por lo tanto, no hay ninguna ambigüedad en la Iglesia como usted dice sino todo lo contrario.</p>
<p>Tampoco es exacto lo que usted afirma que la Iglesia &#8220;impondría&#8221; al segundo cónyuge que abandone el hogar porque sería la mujer la que quiere seguir con el primer marido. Y si prefiere seguir con el segundo marido tampoco le &#8220;impone&#8221; nada a ninguno. La ley existe y cada uno es libre de seguirla o no.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: wilder</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-535</link>
		<dc:creator>wilder</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Feb 2009 16:51:10 +0000</pubDate>
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		<description>cuando uno de los conyuges desaparece o se declara una muerte presunta y pasan los años, la iglesia le concede al conyuge vivo la nulidad del matrimonio por abandono de hogar o por otra causa, el matrimonio fue consumado, existe prole; pero resulta que pasados 20 años apareció el o la conyuge y el que habia quedado vivo se volvió a esposar bajo el sacramento del matrimonio y este es consumado al igual que el primero. la Iglesia en el libro de los procesos dice que se anula automaticamente el segundo matrimonio y se valida el primero. como puede usted explicar esta ambiguedad desde el derecho canonico cuando la iglesia debe de velar por el bien del sacramento.
como puede la iglesia decirle al segundo conyuge que debe abandonar su hogar porque esta en el puesto que no le corresponde?  Gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>cuando uno de los conyuges desaparece o se declara una muerte presunta y pasan los años, la iglesia le concede al conyuge vivo la nulidad del matrimonio por abandono de hogar o por otra causa, el matrimonio fue consumado, existe prole; pero resulta que pasados 20 años apareció el o la conyuge y el que habia quedado vivo se volvió a esposar bajo el sacramento del matrimonio y este es consumado al igual que el primero. la Iglesia en el libro de los procesos dice que se anula automaticamente el segundo matrimonio y se valida el primero. como puede usted explicar esta ambiguedad desde el derecho canonico cuando la iglesia debe de velar por el bien del sacramento.<br />
como puede la iglesia decirle al segundo conyuge que debe abandonar su hogar porque esta en el puesto que no le corresponde?  Gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Grave Defecto de Discreción de Juicio del Contrayente en Derecho Matrimonial Canónico &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-513</link>
		<dc:creator>Grave Defecto de Discreción de Juicio del Contrayente en Derecho Matrimonial Canónico &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Jan 2009 18:26:49 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1043#comment-513</guid>
		<description>[...] NOTA: Puede leer en este mismo blog dos artículos relacionados con este tema:  &#8220;El Proceso de Nulidad del Matrimonio Católico&#8221; y sobre &#8220;La Nulidad canónica matrimonial por incapacidad de naturaleza psíquica&#8221;  [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] NOTA: Puede leer en este mismo blog dos artículos relacionados con este tema:  &#8220;El Proceso de Nulidad del Matrimonio Católico&#8221; y sobre &#8220;La Nulidad canónica matrimonial por incapacidad de naturaleza psíquica&#8221;  [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Las Causales de Nulidad del Matrimonio Católico &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-505</link>
		<dc:creator>Las Causales de Nulidad del Matrimonio Católico &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Jan 2009 10:24:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1043#comment-505</guid>
		<description>[...] 1. Porque los dos contrayentes o sólo uno de ellos son incapaces de emitir un consentimiento matrimonial válido por: a) Carecer de uso de razón (canon 1095, 1); b) Tener un grave defecto de discreción de juicio o una inmadurez psicológica grave (canon 1095, 2; ver Grave defecto de discreción de juicio); c) Incapacidad de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica (canon 1095, 3; ver Nulidad matrimonial canónica por incapacidad de naturaleza psíquica). [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] 1. Porque los dos contrayentes o sólo uno de ellos son incapaces de emitir un consentimiento matrimonial válido por: a) Carecer de uso de razón (canon 1095, 1); b) Tener un grave defecto de discreción de juicio o una inmadurez psicológica grave (canon 1095, 2; ver Grave defecto de discreción de juicio); c) Incapacidad de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica (canon 1095, 3; ver Nulidad matrimonial canónica por incapacidad de naturaleza psíquica). [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: La nulidad del matrimonio canónico por incapacidad psíquica &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-nulidad-canonica-matrimonial-por-incapacidad-de-naturaleza-psiquica/1043/#comment-499</link>
		<dc:creator>La nulidad del matrimonio canónico por incapacidad psíquica &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 Jan 2009 18:09:05 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1043#comment-499</guid>
		<description>[...] este tema le recomiendo que lea el artículo La nulidad canónica matrimonial por causas de naturaleza psíquica, que se encuentra en este [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] este tema le recomiendo que lea el artículo La nulidad canónica matrimonial por causas de naturaleza psíquica, que se encuentra en este [...]</p>
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	</item>
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