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	<title>Comentarios en: La pensión de viudedad en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial</title>
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	<description>Blog de la Abogada de Zaragoza Patricia Alzate Monroy, Doctora en Derecho y experta en Derecho Canónico y en Derecho de la Familia y de la Persona. Artículos sobre divorcio, nulidades, matrimonio, etc</description>
	<lastBuildDate>Mon, 30 Aug 2010 17:03:00 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: Rosa</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-3062</link>
		<dc:creator>Rosa</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Aug 2010 12:17:24 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Patricia quisiera que me orientaras pues estoy un poco confusa, soy separada desde el año 2004 y divorciada desde 2006, mi ex y yo pactamos según sus ingresos la pensión delante de nuestro abogado, ahora yo estoy casada desde el año 2007, ( mi actual marido tambien es divorciado y su ex esta casada de nuevo desde el 2007), ahora mi exmarido lleva meses sin poder pasarme la pensión de nuestras niñas pues su economia se ha visto afectada por la falta de trabajo, yo le llevo diciendo que acuda al juzgado y pida medidas de cambio para la sentencia pero dice que no que lo haga yo, y yo evidentemente no lo voy a hacer el problema lo tiene él, no solo con la pensión si no tambien a la hora de pagar gastos del cole etc... que puedo hacer? y otra pregunta cuando mi actual marido fallezca su ex cobrara la pensión de viudedad o la cobrare yo? gracias anticipadas,
Rosa</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Patricia quisiera que me orientaras pues estoy un poco confusa, soy separada desde el año 2004 y divorciada desde 2006, mi ex y yo pactamos según sus ingresos la pensión delante de nuestro abogado, ahora yo estoy casada desde el año 2007, ( mi actual marido tambien es divorciado y su ex esta casada de nuevo desde el 2007), ahora mi exmarido lleva meses sin poder pasarme la pensión de nuestras niñas pues su economia se ha visto afectada por la falta de trabajo, yo le llevo diciendo que acuda al juzgado y pida medidas de cambio para la sentencia pero dice que no que lo haga yo, y yo evidentemente no lo voy a hacer el problema lo tiene él, no solo con la pensión si no tambien a la hora de pagar gastos del cole etc&#8230; que puedo hacer? y otra pregunta cuando mi actual marido fallezca su ex cobrara la pensión de viudedad o la cobrare yo? gracias anticipadas,<br />
Rosa</p>
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		<title>Por: ana</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-3061</link>
		<dc:creator>ana</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Aug 2010 12:02:57 +0000</pubDate>
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		<description>Hola buenas tardes, tengo una cuestión que me angustia, mi madre se separo hace 20 años, y su matrimonio duro otros 20, nunca ha recibido una pensión compensatoria, solo 120 euros de pensión alimentaria por sus 4 hijos que aun recibe pues cuando mi padre amenazo con quitarsela ella le suplico que no lo hiciese pues con se puede imaginar con tal cantidad (esta nunca ha subido) ella ha tenido que trabajar en todo lo posible para sacarnos adelante (siempre sin cotizar), mi padre murio hace unos dias, y segun lo que he leido en la pagina de la seg. social no le corresponde paga pues ella no disfrutaba de una compensatoria ¿esto es verdad?, si es asi me parece que algo no va bien en este pais.

Gracias 
Un saludo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola buenas tardes, tengo una cuestión que me angustia, mi madre se separo hace 20 años, y su matrimonio duro otros 20, nunca ha recibido una pensión compensatoria, solo 120 euros de pensión alimentaria por sus 4 hijos que aun recibe pues cuando mi padre amenazo con quitarsela ella le suplico que no lo hiciese pues con se puede imaginar con tal cantidad (esta nunca ha subido) ella ha tenido que trabajar en todo lo posible para sacarnos adelante (siempre sin cotizar), mi padre murio hace unos dias, y segun lo que he leido en la pagina de la seg. social no le corresponde paga pues ella no disfrutaba de una compensatoria ¿esto es verdad?, si es asi me parece que algo no va bien en este pais.</p>
<p>Gracias<br />
Un saludo</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-3059</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Aug 2010 07:05:20 +0000</pubDate>
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		<description>Como se trata de personas muy mayores (ancianas), ambas enfermas y una de ellas con demencia senil, la solución debería ser otra como la de conseguir un abogado en su país (Venezuela) que les asesore y les diga cómo proceder en el caso de sus padres ancianos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Como se trata de personas muy mayores (ancianas), ambas enfermas y una de ellas con demencia senil, la solución debería ser otra como la de conseguir un abogado en su país (Venezuela) que les asesore y les diga cómo proceder en el caso de sus padres ancianos.</p>
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	<item>
		<title>Por: YUDITH</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-3056</link>
		<dc:creator>YUDITH</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Aug 2010 18:19:16 +0000</pubDate>
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		<description>mi mama tiene derecho a la pension de viudedad, por abandono del marido despues 20 años de casados con edades el de 82 y mama de 76, vivimos en venezuela, su pension es la unica entrada de ellos, despues el tuvo un infarto, mejoro pero le diagnosticaron Demencia senil y ha vuelto otra vez a amenazar, quiere vender todo y dejar a mama en la calle y dice que su pension es SOLO DE EL y mama que se las arregle (anciana 76 años) quiero saber que articulo de la legislacion vigente en caso de abandono debemos apelar, ya que definitivamente el por la salud de todos deberia irse a España y mama contar con un ingreso para subsistir despues de tantos problemas y emfermedades, Mama tambien esta enferma y las peleas continuas con una persona que no agradece , con demencia senil, está acabando con la vida de mi mama, le agradezco su respuesta, debo ir a la Embajada de España en Venezuela y plantear el caso y me gustaria ir con una base solida en los argumentos . con cariño. yudith </description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>mi mama tiene derecho a la pension de viudedad, por abandono del marido despues 20 años de casados con edades el de 82 y mama de 76, vivimos en venezuela, su pension es la unica entrada de ellos, despues el tuvo un infarto, mejoro pero le diagnosticaron Demencia senil y ha vuelto otra vez a amenazar, quiere vender todo y dejar a mama en la calle y dice que su pension es SOLO DE EL y mama que se las arregle (anciana 76 años) quiero saber que articulo de la legislacion vigente en caso de abandono debemos apelar, ya que definitivamente el por la salud de todos deberia irse a España y mama contar con un ingreso para subsistir despues de tantos problemas y emfermedades, Mama tambien esta enferma y las peleas continuas con una persona que no agradece , con demencia senil, está acabando con la vida de mi mama, le agradezco su respuesta, debo ir a la Embajada de España en Venezuela y plantear el caso y me gustaria ir con una base solida en los argumentos . con cariño. yudith</p>
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	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-3026</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Aug 2010 08:23:47 +0000</pubDate>
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		<description>La STC 22/2010, de 27 de abril, estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Social del TS, en relación al  art.  174.3  del  TRLGSS  -en  la  redacción dada por el RDL 1/1994-, por vulneración del principio de igualdad contemplado en el art. 14 CE.
El  TC  entiende  que  existe  una  injustificada  diferencia  de  trato,  respecto  a  la  percepción  de  la  pensión  de  viudedad.  Concretamente, ésta se extinguiría cuando el beneficiario de la misma pasase a convivir maritalmente con otra persona, únicamente  si  el  beneficiario  estuviera  separado  o divorciado del causante. Sin embargo, esta causa de extinción no se produce cuando el viudo conviviera con el causante al tiempo de su muerte, y después pasara a convivir &lt;em&gt;more uxorio&lt;/em&gt; con otra persona.
En esta Sentencia, el TC (recordando lo establecido en la STC 125/2003), advierte la existencia  de  un  claro  panorama  de  desigualdad. Si la ley otorga a todos los cónyuges sin distinción el derecho a una pensión de viudedad, ésta queda concebida como una única pensión repartida entre todos los cónyuges supérstites, por lo que es evidente que no puede considerarse constitucionalmente admisible que la concreta causa de extinción de la pensión por convivencia &lt;em&gt;more uxorio&lt;/em&gt; pueda aplicarse en unos casos y no en otros.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La STC 22/2010, de 27 de abril, estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Social del TS, en relación al  art.  174.3  del  TRLGSS  -en  la  redacción dada por el RDL 1/1994-, por vulneración del principio de igualdad contemplado en el art. 14 CE.<br />
El  TC  entiende  que  existe  una  injustificada  diferencia  de  trato,  respecto  a  la  percepción  de  la  pensión  de  viudedad.  Concretamente, ésta se extinguiría cuando el beneficiario de la misma pasase a convivir maritalmente con otra persona, únicamente  si  el  beneficiario  estuviera  separado  o divorciado del causante. Sin embargo, esta causa de extinción no se produce cuando el viudo conviviera con el causante al tiempo de su muerte, y después pasara a convivir <em>more uxorio</em> con otra persona.<br />
En esta Sentencia, el TC (recordando lo establecido en la STC 125/2003), advierte la existencia  de  un  claro  panorama  de  desigualdad. Si la ley otorga a todos los cónyuges sin distinción el derecho a una pensión de viudedad, ésta queda concebida como una única pensión repartida entre todos los cónyuges supérstites, por lo que es evidente que no puede considerarse constitucionalmente admisible que la concreta causa de extinción de la pensión por convivencia <em>more uxorio</em> pueda aplicarse en unos casos y no en otros.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: roxana</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2990</link>
		<dc:creator>roxana</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Jul 2010 04:35:15 +0000</pubDate>
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		<description>Hola soy divorciada quisiera saber si tengo dercho a la pension por viudez ya que no me he vuelto a casar y mi ex conyuge fallecio el tenia seguro , de la jubilacion QUIERO SABE SI ME CORRESPONDE LA PESION O NO GRACIAS POR LA ATENCION PPRESTADA</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola soy divorciada quisiera saber si tengo dercho a la pension por viudez ya que no me he vuelto a casar y mi ex conyuge fallecio el tenia seguro , de la jubilacion QUIERO SABE SI ME CORRESPONDE LA PESION O NO GRACIAS POR LA ATENCION PPRESTADA</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Las parejas estables no casadas en Aragón &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2687</link>
		<dc:creator>Las parejas estables no casadas en Aragón &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jun 2010 16:33:09 +0000</pubDate>
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		<description>[...] la pensión de viudedad, que es la prestación económica a que tiene derecho el cónyuge supérstite, llamado viudo(a), [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] la pensión de viudedad, que es la prestación económica a que tiene derecho el cónyuge supérstite, llamado viudo(a), [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Mariana</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2576</link>
		<dc:creator>Mariana</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 May 2010 18:10:14 +0000</pubDate>
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		<description>Mi caso es el siguiente, soy viuda y comparto pensión con la ex de mi marido, la cual desde antes que me casara con mi marido tiene una relación con otra persona y tienen un hijo en común, se han comprado piso los 2 trabajan, mientras yo tengo menos de 350 euros, vivo de alquiler y me he quedado desempleada, lamentablemente no estoy en España y no sé si puedo hacer algo para recuperar la totalidad de mi pensión.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mi caso es el siguiente, soy viuda y comparto pensión con la ex de mi marido, la cual desde antes que me casara con mi marido tiene una relación con otra persona y tienen un hijo en común, se han comprado piso los 2 trabajan, mientras yo tengo menos de 350 euros, vivo de alquiler y me he quedado desempleada, lamentablemente no estoy en España y no sé si puedo hacer algo para recuperar la totalidad de mi pensión.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: AZUCENA</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2540</link>
		<dc:creator>AZUCENA</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 May 2010 15:21:56 +0000</pubDate>
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		<description>Buenas tardes, llevo tiempo con ganas de contar lo que me ha ocurrido a mi, me parece tan indignante que quiero saber si hay alguna persona con el mismo caso o si creen que es una caso excepcional, pues me siento totalmente indefensa y desprotegida por la ley de 2008 sobre parejas de hecho. Paso a explicar mi caso:
He convivido con el padre de mi hijo durante 15 años, así lo acredita los certificados de convivencia, préstamos hipotecarios, personales, etc... Nos  inscribimos  en el Ayuntamiento de nuestro pueblo como pareja de hecho a los seis años de vivir juntos, es decir, reconocidos por el Ayuntamiento durante 9 año (tengo los papeles en mi poder ). Hasta aquí todo bien pero en el 2.005, como muchas parejas, decidimos separarnos de mutuo acuerdo y en Mayo de 2.007, él se casó por lo civil con una señora divorciada con hijos mayores de edad y emancipados.
Lamentablemente mi expareja falleció cuatro meses después de casarse.
Ella solicitó la pensión de viudedad y se la concedieron en su totalidad y a mí, me la denegaron, índicandome que en el momento de su fallecimiento no estaba empadronado conmigo.
Es decir , le conceden la pensión a una persona que ha convivido con el menos de 1 año y a mí que he convivido 15 años y 1 hijo de nuestra unión y menor de edad  me dejan absolutamente sin nada, eso sí, pagando todo lo que teníamos a nombre de los dos, préstamo hipotecario, créditos personales....Alguién me puede decir qué debo de hacer, si puedo ir a jucio y crear jurisprudencia... He tardado en decidirme algo más de dos años por tener una depresión y ahora que me encuentro con fuerzas quiero hacer algo y pelear por lo que creo que es mio ante todo y todos.
Gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes, llevo tiempo con ganas de contar lo que me ha ocurrido a mi, me parece tan indignante que quiero saber si hay alguna persona con el mismo caso o si creen que es una caso excepcional, pues me siento totalmente indefensa y desprotegida por la ley de 2008 sobre parejas de hecho. Paso a explicar mi caso:<br />
He convivido con el padre de mi hijo durante 15 años, así lo acredita los certificados de convivencia, préstamos hipotecarios, personales, etc&#8230; Nos  inscribimos  en el Ayuntamiento de nuestro pueblo como pareja de hecho a los seis años de vivir juntos, es decir, reconocidos por el Ayuntamiento durante 9 año (tengo los papeles en mi poder ). Hasta aquí todo bien pero en el 2.005, como muchas parejas, decidimos separarnos de mutuo acuerdo y en Mayo de 2.007, él se casó por lo civil con una señora divorciada con hijos mayores de edad y emancipados.<br />
Lamentablemente mi expareja falleció cuatro meses después de casarse.<br />
Ella solicitó la pensión de viudedad y se la concedieron en su totalidad y a mí, me la denegaron, índicandome que en el momento de su fallecimiento no estaba empadronado conmigo.<br />
Es decir , le conceden la pensión a una persona que ha convivido con el menos de 1 año y a mí que he convivido 15 años y 1 hijo de nuestra unión y menor de edad  me dejan absolutamente sin nada, eso sí, pagando todo lo que teníamos a nombre de los dos, préstamo hipotecario, créditos personales&#8230;.Alguién me puede decir qué debo de hacer, si puedo ir a jucio y crear jurisprudencia&#8230; He tardado en decidirme algo más de dos años por tener una depresión y ahora que me encuentro con fuerzas quiero hacer algo y pelear por lo que creo que es mio ante todo y todos.<br />
Gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: MARTA</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2493</link>
		<dc:creator>MARTA</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 May 2010 21:04:19 +0000</pubDate>
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		<description>ESTOY SALIENDO CON UN HOMBRE RECIEN DIVORCIADO, ESTUVO CASADO AÑOS. NOS QUEREMOS CASAR CIVILMENTE, PERO YO ANTES QUIERO SABER SI ES FALLECIERA TENGO YO DERECHO A COBRAR LA VIUDEDAD? ¿QUE PORCENTAJE?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>ESTOY SALIENDO CON UN HOMBRE RECIEN DIVORCIADO, ESTUVO CASADO AÑOS. NOS QUEREMOS CASAR CIVILMENTE, PERO YO ANTES QUIERO SABER SI ES FALLECIERA TENGO YO DERECHO A COBRAR LA VIUDEDAD? ¿QUE PORCENTAJE?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Ofelia</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2488</link>
		<dc:creator>Ofelia</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 03 May 2010 19:53:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-2488</guid>
		<description>Hola, Patricia:
De nuevo en contacto contigo. Tal como me indicaste, tengo derecho a percibir pensión deviudedad porque mi marido falleció estando legitimamente casados sin separación judicial.Ya presenté todos los papeles y están en regla, por lo que estoy en espera de que me comniquen la resolución.
El problema ahora es que, por otros motivos, mi hija me ha dicho que no tengo derecho a percibir esa pensión porque no he convivido con su padre en todos esos años y que me va a denunciar a la Seguridad Social, que demostrará que vivíamos en domicilios diferentes, para que me la retiren o no me la concedan.
Mi pregunta es si hace esa denuncia si puede tener efectos en la resolución porque en ningún artículo de la ley para conceder la pensión de viudedad dice que haya que demostrarse convivencia en el caso de que el esposo haya fallecido estando todavía legalmente casado con él. Tengo entendido que la convivencia sólo se exige en el caso de parejas de hecho. Te agradeceré tu respuesta, pues lo que está haciéndome es chantaje emocional.
Muchas gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, Patricia:<br />
De nuevo en contacto contigo. Tal como me indicaste, tengo derecho a percibir pensión deviudedad porque mi marido falleció estando legitimamente casados sin separación judicial.Ya presenté todos los papeles y están en regla, por lo que estoy en espera de que me comniquen la resolución.<br />
El problema ahora es que, por otros motivos, mi hija me ha dicho que no tengo derecho a percibir esa pensión porque no he convivido con su padre en todos esos años y que me va a denunciar a la Seguridad Social, que demostrará que vivíamos en domicilios diferentes, para que me la retiren o no me la concedan.<br />
Mi pregunta es si hace esa denuncia si puede tener efectos en la resolución porque en ningún artículo de la ley para conceder la pensión de viudedad dice que haya que demostrarse convivencia en el caso de que el esposo haya fallecido estando todavía legalmente casado con él. Tengo entendido que la convivencia sólo se exige en el caso de parejas de hecho. Te agradeceré tu respuesta, pues lo que está haciéndome es chantaje emocional.<br />
Muchas gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Gemma</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2478</link>
		<dc:creator>Gemma</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 01 May 2010 15:24:21 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-2478</guid>
		<description>Mi caso es complicado. Mi pareja fallecio en enero. Estuvo casado desde el 92 y en el 96 se separó delante de un notario, pero sin notificacion a los juzgados. Desde el año 99 estuvimos juntos, tuvimos una hija y ahora la seg. social me dice que no tengo derecho ninguno porque el estaba casado. La otra, ha recibido el total de la pensión de viudedad. Puse recurso demostrando que se habian separado en el 96 y que conviviamos hace mas de 5 años. La respuesta ha sido la misma: No procede. Esta vez ya no tengo forma de rebatirlo sino es en el Juzgado de los Social, segun me dice la carta. Me han hablado que han habido casos similares y que un juez podria darme la razón. ¿Crees que eso es cierto y valdria la pena arriesgarse? ¿Podria encontrar jurisprudencia sobre ello? Tambien te comento que por parte de la &quot;viuda&quot; no hay problema en pasarmela a mi, porque entiende que soy yo la viuda. Gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mi caso es complicado. Mi pareja fallecio en enero. Estuvo casado desde el 92 y en el 96 se separó delante de un notario, pero sin notificacion a los juzgados. Desde el año 99 estuvimos juntos, tuvimos una hija y ahora la seg. social me dice que no tengo derecho ninguno porque el estaba casado. La otra, ha recibido el total de la pensión de viudedad. Puse recurso demostrando que se habian separado en el 96 y que conviviamos hace mas de 5 años. La respuesta ha sido la misma: No procede. Esta vez ya no tengo forma de rebatirlo sino es en el Juzgado de los Social, segun me dice la carta. Me han hablado que han habido casos similares y que un juez podria darme la razón. ¿Crees que eso es cierto y valdria la pena arriesgarse? ¿Podria encontrar jurisprudencia sobre ello? Tambien te comento que por parte de la &#8220;viuda&#8221; no hay problema en pasarmela a mi, porque entiende que soy yo la viuda. Gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Pilar</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2476</link>
		<dc:creator>Pilar</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 30 Apr 2010 19:28:17 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-2476</guid>
		<description>Me case el 12/12/1986 y me divorcie el 10/09/1992  con acuerdo de de una pensión compensatoria que la estoy cobrando actualmente de 640€ y no poseo ningún recurso económico, y mi exmarido a muerto el 22/04/2010
Mi pregunta es cuanto me puede quedar de pensión de la SS se que el se caso de nuevo y se divorcio pero no se cuanto tiempo.
Agradecería me contestación si tengo derecho a cobrar pensión de viudedad y como calcularla.
El era jubilado con pensión de SS.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me case el 12/12/1986 y me divorcie el 10/09/1992  con acuerdo de de una pensión compensatoria que la estoy cobrando actualmente de 640€ y no poseo ningún recurso económico, y mi exmarido a muerto el 22/04/2010<br />
Mi pregunta es cuanto me puede quedar de pensión de la SS se que el se caso de nuevo y se divorcio pero no se cuanto tiempo.<br />
Agradecería me contestación si tengo derecho a cobrar pensión de viudedad y como calcularla.<br />
El era jubilado con pensión de SS.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Divorciado</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2413</link>
		<dc:creator>Divorciado</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 18 Apr 2010 19:37:13 +0000</pubDate>
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		<description>¡poderoso caballero es don dinero!  Como le aguantaste 4 años ¿renunciarás a la pensión después del 4º año! ¡Qué poca vergüenza!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¡poderoso caballero es don dinero!  Como le aguantaste 4 años ¿renunciarás a la pensión después del 4º año! ¡Qué poca vergüenza!</p>
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		<title>Por: Ofelia</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2386</link>
		<dc:creator>Ofelia</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 19:21:14 +0000</pubDate>
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		<description>Muchas gracias por tu información, Patricia.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muchas gracias por tu información, Patricia.</p>
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	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2380</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 15:40:02 +0000</pubDate>
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		<description>Usted que tiene más datos es quien mejor puede ponderar lo que le conviene hacer. Nadie le impide que reclame mediante un  recurso, pero para eso tendría que estar segura de las posibilidades de éxito de su reclamación y si realmente reúne los requisitos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Usted que tiene más datos es quien mejor puede ponderar lo que le conviene hacer. Nadie le impide que reclame mediante un  recurso, pero para eso tendría que estar segura de las posibilidades de éxito de su reclamación y si realmente reúne los requisitos.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2378</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 15:26:05 +0000</pubDate>
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		<description>Si ninguno de los dos se ha vuelto a casar y sólo están separados de hecho, sí tendría derecho sobre esa pensión de viudedad.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si ninguno de los dos se ha vuelto a casar y sólo están separados de hecho, sí tendría derecho sobre esa pensión de viudedad.</p>
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	<item>
		<title>Por: macu</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2367</link>
		<dc:creator>macu</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Apr 2010 22:55:01 +0000</pubDate>
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		<description>El mes pasado le comentaba lo de la pension minima de viudedad con el incremento del 70% y pareja con hija en comun ,y me han confimado que no solo me lo quitan sino que ademas tengo que devolver 6000e del año anterior en plazos de 100e durante 5 años, con lo que me queda una pension de 200e. Si lo pusiera en manos de un abogado ¿podria reclamar? en la s. social me han dicho que no tengo posibilidades, no se que hacer. Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El mes pasado le comentaba lo de la pension minima de viudedad con el incremento del 70% y pareja con hija en comun ,y me han confimado que no solo me lo quitan sino que ademas tengo que devolver 6000e del año anterior en plazos de 100e durante 5 años, con lo que me queda una pension de 200e. Si lo pusiera en manos de un abogado ¿podria reclamar? en la s. social me han dicho que no tengo posibilidades, no se que hacer. Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Ofelia</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2361</link>
		<dc:creator>Ofelia</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 11 Apr 2010 21:48:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-2361</guid>
		<description>Hola, Patricia.
Mi caso es que mi marido y yo nos separamos de mutuo acuerdo en 1978, es decir una separación de hecho. Nos casamos en 1968, por lo que estuvimos juntos diez años. Tuvimos dos hijos que, de mutuo acuerdo, se quedaron con él ya que tenía medios económicos para mantenerlos, mientras que yo tuve que ponerme a trabajar. No nos hemos separado judicialmente ni divorciado, por lo que estamos todavía legalmente casados. Yo me jubilé hace dos años y cumpliré 65 años dentro de un mes y cobraré entonces una pensión mínima de jubilación de unos 575 euros. Él está a punto de fallecer por enfermedad degenerativa. No ha formado nueva pareja. Seguimos por tanto legalmente casados puesto que no se ha roto el vínculo matrimonial.
Mi pregunta es muy sencilla: ¿Tengo derecho a una pensión de viudedad por mínima que sea?
Muchas gracias por tu respuesta.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, Patricia.<br />
Mi caso es que mi marido y yo nos separamos de mutuo acuerdo en 1978, es decir una separación de hecho. Nos casamos en 1968, por lo que estuvimos juntos diez años. Tuvimos dos hijos que, de mutuo acuerdo, se quedaron con él ya que tenía medios económicos para mantenerlos, mientras que yo tuve que ponerme a trabajar. No nos hemos separado judicialmente ni divorciado, por lo que estamos todavía legalmente casados. Yo me jubilé hace dos años y cumpliré 65 años dentro de un mes y cobraré entonces una pensión mínima de jubilación de unos 575 euros. Él está a punto de fallecer por enfermedad degenerativa. No ha formado nueva pareja. Seguimos por tanto legalmente casados puesto que no se ha roto el vínculo matrimonial.<br />
Mi pregunta es muy sencilla: ¿Tengo derecho a una pensión de viudedad por mínima que sea?<br />
Muchas gracias por tu respuesta.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2221</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Mar 2010 08:01:34 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-2221</guid>
		<description>Es difícil demostrar que ustedes dos no son pareja de hecho si tienen una hija en común y usted vive en su piso. Pero podría hacerlo, si es cierto. Como ya digo en este artículo, la pensión de viudedad se pierde por contraer nuevas nupcias o constituir una pareja de hecho, sin perjuicio de lo dispuesto para determinados supuestos en los que no se extinguirá la pensión si concurren determinadas condiciones. Se podrá mantener el percibo de la pensión de viudedad, aunque el pensionista contraiga nuevo matrimonio, siempre que se acrediten los siguientes requisitos: Ser mayor de 61 años o menor de dicha edad, siempre que, en este último caso, tenga reconocida también una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una minusvalía en grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es difícil demostrar que ustedes dos no son pareja de hecho si tienen una hija en común y usted vive en su piso. Pero podría hacerlo, si es cierto. Como ya digo en este artículo, la pensión de viudedad se pierde por contraer nuevas nupcias o constituir una pareja de hecho, sin perjuicio de lo dispuesto para determinados supuestos en los que no se extinguirá la pensión si concurren determinadas condiciones. Se podrá mantener el percibo de la pensión de viudedad, aunque el pensionista contraiga nuevo matrimonio, siempre que se acrediten los siguientes requisitos: Ser mayor de 61 años o menor de dicha edad, siempre que, en este último caso, tenga reconocida también una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una minusvalía en grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: macu</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2214</link>
		<dc:creator>macu</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Mar 2010 00:31:03 +0000</pubDate>
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		<description>soy viuda desde hace 13 años quedando con un hijo, actualmente tengo pareja con el cual tengo una niña no somos pareja de hecho. Cobro la pension minima con el 70% de incremento, vivo en su piso y la s.social me pide que presente los ingresos de mi pareja si no me quitaran lo del 70% ¿pueden hacerlo? puedo reclamar, actualmente no trabajo.¿que tengo que hacer ?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>soy viuda desde hace 13 años quedando con un hijo, actualmente tengo pareja con el cual tengo una niña no somos pareja de hecho. Cobro la pension minima con el 70% de incremento, vivo en su piso y la s.social me pide que presente los ingresos de mi pareja si no me quitaran lo del 70% ¿pueden hacerlo? puedo reclamar, actualmente no trabajo.¿que tengo que hacer ?</p>
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	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2091</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 06 Mar 2010 10:42:09 +0000</pubDate>
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		<description>Dependiendo del caso, tendría derecho a una proporción sobre la misma.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Dependiendo del caso, tendría derecho a una proporción sobre la misma.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: rosa</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-2084</link>
		<dc:creator>rosa</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Mar 2010 13:30:03 +0000</pubDate>
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		<description>Buenas tardes, queria hacer la siguiente consulta mi marido, pasa una pension compensatoria de 200 euros a su ex mujer, querria saber en caso de que a el le ocurriera algo que derecho tendria yo a una pension de  viudedad , yo no trabajo  gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes, queria hacer la siguiente consulta mi marido, pasa una pension compensatoria de 200 euros a su ex mujer, querria saber en caso de que a el le ocurriera algo que derecho tendria yo a una pension de  viudedad , yo no trabajo  gracias.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: La Pensión de Orfandad &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1904</link>
		<dc:creator>La Pensión de Orfandad &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Feb 2010 10:42:30 +0000</pubDate>
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		<description>[...] de esta manera a los familiares con unas prestaciones por fallecimiento (como sucede con la pensión de viudedad). Debe diferenciarse entre el causante de la prestación y el beneficiario de ese [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] de esta manera a los familiares con unas prestaciones por fallecimiento (como sucede con la pensión de viudedad). Debe diferenciarse entre el causante de la prestación y el beneficiario de ese [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1847</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Feb 2010 07:05:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1847</guid>
		<description>No sólo tendría derecho a una pensión de viudedad, sino también a una pensión compensatoria ( http://www.am-abogados.com/blog/el-conflictivo-reconocimiento-de-la-pension-compensatoria/1953/).</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No sólo tendría derecho a una pensión de viudedad, sino también a una pensión compensatoria ( <a href="http://www.am-abogados.com/blog/el-conflictivo-reconocimiento-de-la-pension-compensatoria/1953/)" rel="nofollow">http://www.am-abogados.com/blog/el-conflictivo-reconocimiento-de-la-pension-compensatoria/1953/)</a>.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Yudith Garcia</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1843</link>
		<dc:creator>Yudith Garcia</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 31 Jan 2010 23:53:43 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1843</guid>
		<description>Tengo una gran duda, mi mama se caso con un señor español hace 20 años vivieron en Madrid varios años y luego se vinieron a Venezuela (pais de origen de Mama) actualmente mi mama tiene 75 años y su esposo 84 y viven solo de la pension de el, a cada momento la amenaza con irse y dejarla , y creo que lo va hacer. MI pregunta ES: TIENE DERECHO MI MAMA A UNA PARTE DE LA PENSION POR ABANDONO DE SU MARIDO POR SU EDAD YA NO PUEDE TRABAJAR, LE AGRADEZCO A A QUIEN LEA ESTE MENSAJE POR FAVOR ME ORIENTE , LA SITUACION ES MUY DIFICIL Y MI MAMA SE LA PASA LLORANDO PORQUE DESPUES DE TANTOS AÑOS SE VA A QUEDAR SIN NINGUN INGRESO EN SU VEJEZ</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tengo una gran duda, mi mama se caso con un señor español hace 20 años vivieron en Madrid varios años y luego se vinieron a Venezuela (pais de origen de Mama) actualmente mi mama tiene 75 años y su esposo 84 y viven solo de la pension de el, a cada momento la amenaza con irse y dejarla , y creo que lo va hacer. MI pregunta ES: TIENE DERECHO MI MAMA A UNA PARTE DE LA PENSION POR ABANDONO DE SU MARIDO POR SU EDAD YA NO PUEDE TRABAJAR, LE AGRADEZCO A A QUIEN LEA ESTE MENSAJE POR FAVOR ME ORIENTE , LA SITUACION ES MUY DIFICIL Y MI MAMA SE LA PASA LLORANDO PORQUE DESPUES DE TANTOS AÑOS SE VA A QUEDAR SIN NINGUN INGRESO EN SU VEJEZ</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Viuda a los 30!!!!</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1841</link>
		<dc:creator>Viuda a los 30!!!!</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 31 Jan 2010 20:10:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1841</guid>
		<description>Estuve casada casi 4 años. después de 5 años divorciada, mi ex-marido se muere y me queda una pensión. Sí, es cierto, no quería saber nada de él, pero no me duele cobrar ese dinero. Al aguantarle me gané hasta el último céntimo. Ahora tengo mi sueldazo y la pensión para caprichos. Dios existe.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estuve casada casi 4 años. después de 5 años divorciada, mi ex-marido se muere y me queda una pensión. Sí, es cierto, no quería saber nada de él, pero no me duele cobrar ese dinero. Al aguantarle me gané hasta el último céntimo. Ahora tengo mi sueldazo y la pensión para caprichos. Dios existe.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Pedro Nestares</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1836</link>
		<dc:creator>Pedro Nestares</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 30 Jan 2010 14:34:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1836</guid>
		<description>Yo cotizo a la seguridad social como autonomo y mi mujer aprovechandose de la ley del 64 ahora cotiza como ama casa , en caso de fallecimiento del esposo ¿ que jubilación cobra la suya o el 50 % del conyuge ?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Yo cotizo a la seguridad social como autonomo y mi mujer aprovechandose de la ley del 64 ahora cotiza como ama casa , en caso de fallecimiento del esposo ¿ que jubilación cobra la suya o el 50 % del conyuge ?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1835</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 30 Jan 2010 13:01:34 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1835</guid>
		<description>Sobre las pensiones de viudedad, el Gobierno acaba de proponer que cuando &quot;las convivencias familiares han sido breves y no existen descendientes&quot; se sustituya la actual pensión vitalicia por &quot;una indemnización en pago único o una prestación temporal&quot;. Es por ahora una simple propuesta.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sobre las pensiones de viudedad, el Gobierno acaba de proponer que cuando &#8220;las convivencias familiares han sido breves y no existen descendientes&#8221; se sustituya la actual pensión vitalicia por &#8220;una indemnización en pago único o una prestación temporal&#8221;. Es por ahora una simple propuesta.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Yo mismamente</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1786</link>
		<dc:creator>Yo mismamente</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 23 Jan 2010 22:12:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1786</guid>
		<description>Andaaa, lo que una tiene que oír en esta vida. Si luchas por algo que es justo y empiezas a hablar de tu problema te hablan de viudas que hace mucho tiempo dejaron de serlo, pero mira tú la pela es la pela. Ah, y por mucho que sorprenda tb he conocido casos de viudos. Haya paz y después gloría. Supongo que también habrá esposa casada con el que un día se casó con otra, que de esas también hay (divorciada que se casa con un divorciado cuya ex no se casa ni obligandola).

Yo tampoco me pude resistir, pero en los foros de internet se pueden ver a personas diciendo lo mismo que Paz y luego nos piden ayuda pq no saben que tramites tienen que seguir para solicitar la pensión, y eso tan sólo tiene un nombre, no se puede ver la paja en ojo ajeno.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Andaaa, lo que una tiene que oír en esta vida. Si luchas por algo que es justo y empiezas a hablar de tu problema te hablan de viudas que hace mucho tiempo dejaron de serlo, pero mira tú la pela es la pela. Ah, y por mucho que sorprenda tb he conocido casos de viudos. Haya paz y después gloría. Supongo que también habrá esposa casada con el que un día se casó con otra, que de esas también hay (divorciada que se casa con un divorciado cuya ex no se casa ni obligandola).</p>
<p>Yo tampoco me pude resistir, pero en los foros de internet se pueden ver a personas diciendo lo mismo que Paz y luego nos piden ayuda pq no saben que tramites tienen que seguir para solicitar la pensión, y eso tan sólo tiene un nombre, no se puede ver la paja en ojo ajeno.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: paz</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1718</link>
		<dc:creator>paz</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Jan 2010 12:04:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1718</guid>
		<description>Alberto tus palabras me parecen cietas, pero si te cuento mi historia, verás que es todavia peor. Se luchó por el divorcio, y lo que benefició a muchos, fue mal para otros. Antes las mujeres aguantaban, y asi no tenian problemas. Ahora no aguantan, ni hombres ni mujeres, cosa que me parece bien, pero hay sus consecuencias  peligrosas, como son las de tu madre, y las de miles de personas. Todos hemos pagado impuestos, y seguimos paganado, y muchos jamás hemos hecho una sola de trabajo sin cotizar, y estamos igual, sin cobrar pensión de viudedad por diversos motivos.  La vida está hecha de golpes, y este es uno más.  Lo que si debes comprender es que la persona divorciada, decide no  saber nada de la pareja, entonces, no vayamos a pedir luego dinerito por esta persona que  no se portó bien o que no fuimos capaces de aguantar más.  Peor era el caso de  que antes, estuvieras  divorciado e incluso anulado  o sea, practicamente, soltero ya que  decidiste  no saber nada de la pareja, al morir  tu pensión  llegaba al superviviente, que tú no habias querido nada con él.  Figúrate si una persona divorciada y anulada (con el dinero que cuesta todo) fallecia, su pensión  iba a esta persona con la que en su dia se casó...es para  salir del ataud y  matar a la que cobra.  Cuantas y cuantas personas he visto llorar, porque antes de laley  del divorcio, se habian separado y convivian con otra pareja, y sólo  les preocupaba que  la pensión  fuera al/a  esps@  con la que  tan mal habia  vivido, pero se habia casado. Nunca habrá una ley buena para todos. A menos que se revisara caso por caso, y aún asi, seria difícil hacer justicia. Algunos tienen enchufes y consiguen los que otros no conseguimos por no tener ni dinero, ni tiempo para pedir ya que hay que trabajar para salir adelante como sea. Tu caso, es como miles de casos, no eres único, ni distinto. El divorciado, no debe cobrar pensión, aunque sea yo mismo quien se perjudique.  El divorcio, ya sabemos lo que es, por tanto o aguantas, o  pierdes  beneficios.  Asi es, y asi, debe ser.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Alberto tus palabras me parecen cietas, pero si te cuento mi historia, verás que es todavia peor. Se luchó por el divorcio, y lo que benefició a muchos, fue mal para otros. Antes las mujeres aguantaban, y asi no tenian problemas. Ahora no aguantan, ni hombres ni mujeres, cosa que me parece bien, pero hay sus consecuencias  peligrosas, como son las de tu madre, y las de miles de personas. Todos hemos pagado impuestos, y seguimos paganado, y muchos jamás hemos hecho una sola de trabajo sin cotizar, y estamos igual, sin cobrar pensión de viudedad por diversos motivos.  La vida está hecha de golpes, y este es uno más.  Lo que si debes comprender es que la persona divorciada, decide no  saber nada de la pareja, entonces, no vayamos a pedir luego dinerito por esta persona que  no se portó bien o que no fuimos capaces de aguantar más.  Peor era el caso de  que antes, estuvieras  divorciado e incluso anulado  o sea, practicamente, soltero ya que  decidiste  no saber nada de la pareja, al morir  tu pensión  llegaba al superviviente, que tú no habias querido nada con él.  Figúrate si una persona divorciada y anulada (con el dinero que cuesta todo) fallecia, su pensión  iba a esta persona con la que en su dia se casó&#8230;es para  salir del ataud y  matar a la que cobra.  Cuantas y cuantas personas he visto llorar, porque antes de laley  del divorcio, se habian separado y convivian con otra pareja, y sólo  les preocupaba que  la pensión  fuera al/a  esps@  con la que  tan mal habia  vivido, pero se habia casado. Nunca habrá una ley buena para todos. A menos que se revisara caso por caso, y aún asi, seria difícil hacer justicia. Algunos tienen enchufes y consiguen los que otros no conseguimos por no tener ni dinero, ni tiempo para pedir ya que hay que trabajar para salir adelante como sea. Tu caso, es como miles de casos, no eres único, ni distinto. El divorciado, no debe cobrar pensión, aunque sea yo mismo quien se perjudique.  El divorcio, ya sabemos lo que es, por tanto o aguantas, o  pierdes  beneficios.  Asi es, y asi, debe ser.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: alberto</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1713</link>
		<dc:creator>alberto</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Jan 2010 22:32:55 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1713</guid>
		<description>mi madre estubo casada con mi padre 28 años, ella es funcionaria y ama de casa(nada de repartir tareas, solo trabajaba mi madre) y siempre ha cobrado mas q mi padre mi padre siempre hizo lo q queria, se gastaba lo suyo y lo de mi madre, despreciaba trabajos pq se apoyaba en la nomina de mi madre, si se queria reir de un jefe y despues irse a la calle, lo hacia pq se apoyaba en mi madre antes de separarse legalmente mi padre empezo a comportarse muy mal, no voy dar mas detalles, por lo q mi madre no aguanto mas, le iba la salud en ello, depresion y problemas en la vista q es lo q pensais? q no se merece nada? mi padre cotizo toda su vida, o casi toda y mi madre tb, trabajaron desde jovenes, muy jovenes
mi padre no llego a cobrar jubilacion ya q murio con 58 años, q pasa con todo lo q cotizo, no hay ni una misera parte para mi madre, sino hubo pension compensatoria es pq mi madre tenia mayores ingresos y yo ya era mayor e independizado mis padres han estado pagando impuestos y cotizando toda su vida y no es justo q por haberse divorciado tres años antes de la muerte de mi padre, ademas de no cobrar jubilacion ninguno de los dos, ahora no pueda cobrar viudedad, mi madre no ha tenido otra pareja para algo la gente paga impuestos, para poder favorecernos en el futuro, a nosotros, los ciudadanos, no para q se lo lleven politicos corruptos y este pais va mal, por lo anterior, los bancos, q pertenencen a muchos de los anteriores y por una mala gestion no por estas pensiones, que unas seran mas merecidas q otras, pero por ley todas son merecidas, en definitiva, no por esto el pais va ir a peor se q casi nadie va leer esto, pero despues de algunas opiniones, no me he podido contener</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>mi madre estubo casada con mi padre 28 años, ella es funcionaria y ama de casa(nada de repartir tareas, solo trabajaba mi madre) y siempre ha cobrado mas q mi padre mi padre siempre hizo lo q queria, se gastaba lo suyo y lo de mi madre, despreciaba trabajos pq se apoyaba en la nomina de mi madre, si se queria reir de un jefe y despues irse a la calle, lo hacia pq se apoyaba en mi madre antes de separarse legalmente mi padre empezo a comportarse muy mal, no voy dar mas detalles, por lo q mi madre no aguanto mas, le iba la salud en ello, depresion y problemas en la vista q es lo q pensais? q no se merece nada? mi padre cotizo toda su vida, o casi toda y mi madre tb, trabajaron desde jovenes, muy jovenes<br />
mi padre no llego a cobrar jubilacion ya q murio con 58 años, q pasa con todo lo q cotizo, no hay ni una misera parte para mi madre, sino hubo pension compensatoria es pq mi madre tenia mayores ingresos y yo ya era mayor e independizado mis padres han estado pagando impuestos y cotizando toda su vida y no es justo q por haberse divorciado tres años antes de la muerte de mi padre, ademas de no cobrar jubilacion ninguno de los dos, ahora no pueda cobrar viudedad, mi madre no ha tenido otra pareja para algo la gente paga impuestos, para poder favorecernos en el futuro, a nosotros, los ciudadanos, no para q se lo lleven politicos corruptos y este pais va mal, por lo anterior, los bancos, q pertenencen a muchos de los anteriores y por una mala gestion no por estas pensiones, que unas seran mas merecidas q otras, pero por ley todas son merecidas, en definitiva, no por esto el pais va ir a peor se q casi nadie va leer esto, pero despues de algunas opiniones, no me he podido contener</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: paz</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1701</link>
		<dc:creator>paz</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 02 Jan 2010 16:54:41 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1701</guid>
		<description>Las personas divorciadas, no deben cobrar pensión de viudedad. Lo dice bien claro la ley. ¿Y ahora qué pasa? Que cobrarán las que tienen más de 50 años... venga ya, esto es  una patraña más para obtener votos y luego estos votaran lo que  quieran.  Fuera ya injusticias y mantener a  much@s que se lo gastarán  con sus amiguetes.  Si se divorciaron, que no pidan dinero ahora.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Las personas divorciadas, no deben cobrar pensión de viudedad. Lo dice bien claro la ley. ¿Y ahora qué pasa? Que cobrarán las que tienen más de 50 años&#8230; venga ya, esto es  una patraña más para obtener votos y luego estos votaran lo que  quieran.  Fuera ya injusticias y mantener a  much@s que se lo gastarán  con sus amiguetes.  Si se divorciaron, que no pidan dinero ahora.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: pili</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1624</link>
		<dc:creator>pili</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Dec 2009 13:26:12 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1624</guid>
		<description>Ya sabemos que falló a favor de Nena, ahora saldrán por todos lados otros casos iguales. Muchas no cobramos y tambien sufrimos descriminación, y daños  de salud y norales, pero bueno, asi vamos, muchisimos  discriminadas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Ya sabemos que falló a favor de Nena, ahora saldrán por todos lados otros casos iguales. Muchas no cobramos y tambien sufrimos descriminación, y daños  de salud y norales, pero bueno, asi vamos, muchisimos  discriminadas.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1622</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Dec 2009 10:53:08 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1622</guid>
		<description>El Tribunal de Derechos Humanos (DDHH) de Estrasburgo falló ayer en favor de una mujer gitana española a la que la Seguridad Social le negaba el cobro de la pensión de viudedad por estar casada por el rito gitano que no reconoce el Código Civil y estableció un plazo de tres meses para que el Estado indemnice a la viuda con 70.000 euros en compensación por los perjuicios generados a causa de la &quot;discriminación&quot; a la que fue sometida. 

la Seguridad Social no le concedía la pensión de viudedad argumentando que sólo los cónyuges pueden percibir una pensión de viudedad. Es decir, su matrimonio de más de 30 años no quedaba reconocido por ser un enlace gitano. 

La viuda gitana recurrió la decisión de la Administración ante los Tribunales: en 2002 un Juez de Madrid dictaminó que tenía derecho recibir la ayuda y que el trato que le daba el Estado &quot;constituía un trato discriminatorio por razones étnicas hacia su persona&quot;. Posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la decisión del primer juez al sentenciar que &quot;el estatus civil de la pareja no se ajustaba a la legislación&quot;. 

Ella presentó un Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue desestimado en 2007 &quot;por considerar que la pareja había optado por no formalizar legalmente su unión, a pesar de haber tenido la libertad para hacerlo&quot;. Pero uno de los jueces que analizó el caso argumentó que &quot;para garantizar la igualdad de las minorías étnicas eran necesarias medidas de discriminación positivas&quot; y que era &quot;desproporcionado&quot; negarle la pensión a la mujer &quot;teniendo en cuenta que su marido e hijos figuraban en un libro de familia, que previamente les habían reconocido la condición de familia numerosa y considerando que su esposo había cotizado durante más de 19 años a la Seguridad Social&quot;. 

La demandante presentó su caso ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, logrando una sentencia que &quot;sentará jurisprudencia porque reconoce el derecho de las minorías étnicas a ser tratadas de forma diferente para favorecer su integración social&quot;.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El Tribunal de Derechos Humanos (DDHH) de Estrasburgo falló ayer en favor de una mujer gitana española a la que la Seguridad Social le negaba el cobro de la pensión de viudedad por estar casada por el rito gitano que no reconoce el Código Civil y estableció un plazo de tres meses para que el Estado indemnice a la viuda con 70.000 euros en compensación por los perjuicios generados a causa de la &#8220;discriminación&#8221; a la que fue sometida. </p>
<p>la Seguridad Social no le concedía la pensión de viudedad argumentando que sólo los cónyuges pueden percibir una pensión de viudedad. Es decir, su matrimonio de más de 30 años no quedaba reconocido por ser un enlace gitano. </p>
<p>La viuda gitana recurrió la decisión de la Administración ante los Tribunales: en 2002 un Juez de Madrid dictaminó que tenía derecho recibir la ayuda y que el trato que le daba el Estado &#8220;constituía un trato discriminatorio por razones étnicas hacia su persona&#8221;. Posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la decisión del primer juez al sentenciar que &#8220;el estatus civil de la pareja no se ajustaba a la legislación&#8221;. </p>
<p>Ella presentó un Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue desestimado en 2007 &#8220;por considerar que la pareja había optado por no formalizar legalmente su unión, a pesar de haber tenido la libertad para hacerlo&#8221;. Pero uno de los jueces que analizó el caso argumentó que &#8220;para garantizar la igualdad de las minorías étnicas eran necesarias medidas de discriminación positivas&#8221; y que era &#8220;desproporcionado&#8221; negarle la pensión a la mujer &#8220;teniendo en cuenta que su marido e hijos figuraban en un libro de familia, que previamente les habían reconocido la condición de familia numerosa y considerando que su esposo había cotizado durante más de 19 años a la Seguridad Social&#8221;. </p>
<p>La demandante presentó su caso ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, logrando una sentencia que &#8220;sentará jurisprudencia porque reconoce el derecho de las minorías étnicas a ser tratadas de forma diferente para favorecer su integración social&#8221;.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: PETRA</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1486</link>
		<dc:creator>PETRA</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Nov 2009 21:41:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1486</guid>
		<description>Somos  muchas que no hemos cobrado, y ahora sólo falta que cambien  cada dos por tres las condiciones, por las cuales, nos denegaron la pensión en su momento. Es una estafa esta ley, sólo favorecida a ciertas personas.  No nos podemos fiar ya ni de las leyes, ni de los politicos. Este pais, va  a acabar muy mal. No  tardaremos en verlo. Las leyes decian que son para cumplirlas, pues parece que no, que sólo son para ganar votos.  No cree ya la gente en nada ni en nadie. Las urnas  hablarán.  La democracia  se desmorona por momentos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Somos  muchas que no hemos cobrado, y ahora sólo falta que cambien  cada dos por tres las condiciones, por las cuales, nos denegaron la pensión en su momento. Es una estafa esta ley, sólo favorecida a ciertas personas.  No nos podemos fiar ya ni de las leyes, ni de los politicos. Este pais, va  a acabar muy mal. No  tardaremos en verlo. Las leyes decian que son para cumplirlas, pues parece que no, que sólo son para ganar votos.  No cree ya la gente en nada ni en nadie. Las urnas  hablarán.  La democracia  se desmorona por momentos.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Maria</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1478</link>
		<dc:creator>Maria</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Nov 2009 11:32:21 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1478</guid>
		<description>Si ya no se distingue entre separación y divorcio, apaga y vámonos.  Lo que deshace realmente a una pareja casada es el divorcio, que por ello, se lucchó en su dia.
Si hay divorcio, no hay ningún vínculo con la pareja. No pidamos entonces cuando fallezca, pensiones  ni nada.
Esta ley, se ha escapado de las manos,  y se convertirá en un circo, donde cobrarán tal vez, las que menos lo  necesiten.
Si cada dos por tres, cambian las leyes, esto ya llega a ser una  melodrama de  personas  que lloriquean por todo.
Lo que llevará en un futuro próximo que  no se de ninguna pensión, a menos que el viudo/a  no haya trabajado en su vida y  mirando muy bien, los  bienes que le quedan.
Esto  se conseguirá  con tantas peticiones y reformas. Todos perderemos en un futuro muy próximo.  Lo que cotizó la persona fallecida, al fin y al cabo se gasta en las  jubilaciones, y en la seguridad social.

Las pensiones o jubilaciones, las  cobran a partir de los que  están trabando.  Lo cotizado, ya se gastó,  asi que  vayan quejándose y ya verán los  resultados.....
¿y los hombres viudos?  Que  relativamente hace poco que cobran pensión de viudedad? Antes no cobraban, son logros que se fueron  concediendo a base de mucho esfuerzo.

Y ahora, con tanto teje y  maneje, se va a tirar todo por la borda.

La  futura generación, estará arreglada, claro que  segun parece no se piensa en ella, que son precisamente los hijos de los que ahora remueven las perdices.......  que  sean felices  y  antes de  vivir con un hombre, casadas o no, se lo piensen más y  si se casan  aguanten, como  debe ser. Nadie  está obligado a casarse, ni convivir con otro.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si ya no se distingue entre separación y divorcio, apaga y vámonos.  Lo que deshace realmente a una pareja casada es el divorcio, que por ello, se lucchó en su dia.<br />
Si hay divorcio, no hay ningún vínculo con la pareja. No pidamos entonces cuando fallezca, pensiones  ni nada.<br />
Esta ley, se ha escapado de las manos,  y se convertirá en un circo, donde cobrarán tal vez, las que menos lo  necesiten.<br />
Si cada dos por tres, cambian las leyes, esto ya llega a ser una  melodrama de  personas  que lloriquean por todo.<br />
Lo que llevará en un futuro próximo que  no se de ninguna pensión, a menos que el viudo/a  no haya trabajado en su vida y  mirando muy bien, los  bienes que le quedan.<br />
Esto  se conseguirá  con tantas peticiones y reformas. Todos perderemos en un futuro muy próximo.  Lo que cotizó la persona fallecida, al fin y al cabo se gasta en las  jubilaciones, y en la seguridad social.</p>
<p>Las pensiones o jubilaciones, las  cobran a partir de los que  están trabando.  Lo cotizado, ya se gastó,  asi que  vayan quejándose y ya verán los  resultados&#8230;..<br />
¿y los hombres viudos?  Que  relativamente hace poco que cobran pensión de viudedad? Antes no cobraban, son logros que se fueron  concediendo a base de mucho esfuerzo.</p>
<p>Y ahora, con tanto teje y  maneje, se va a tirar todo por la borda.</p>
<p>La  futura generación, estará arreglada, claro que  segun parece no se piensa en ella, que son precisamente los hijos de los que ahora remueven las perdices&#8230;&#8230;.  que  sean felices  y  antes de  vivir con un hombre, casadas o no, se lo piensen más y  si se casan  aguanten, como  debe ser. Nadie  está obligado a casarse, ni convivir con otro.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-pension-de-viudedad-en-caso-de-separacion-divorcio-o-nulidad-matrimonial/2255/#comment-1476</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Nov 2009 08:17:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=2255#comment-1476</guid>
		<description>Renunciar a la pensión compensatoria no siempre impide percibir la de viudedad: Una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao ha reconocido a una mujer divorciada el derecho a recibir la pensión de viudedad, aunque en los acuerdos de separación renunció de forma expresa a la compensatoria. La transcendencia de la sentencia, dictada el 13 de febrero, viene dada por la interpretación que la Magistrada hace del artículo 174.2 del Texto Refundido de la LGSS aprobado por RDL 1/1994 de 20 de junio, frente a lo defendido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La nueva redacción parecía disponer que el derecho a la pensión de viudedad de las personas divorciadas o separadas judicialmente queda condicionado a la existencia de una previa pensión compensatoria regulada en el artículo 97 del Código Civil, reconocida en proceso matrimonial, y que la compensatoria se extingue con el fallecimiento del causante.

No obstante, según el Juzgado de lo Social de Bilbao, debe entenderse que la condición para acceder a la prestación no está referida a la percepción de la pensión compensatoria, sino a su extinción en tal caso: “Lo que se exige es que si se está percibiendo la pensión compensatoria ésta quede extinguida al fallecimiento del causante”. Y añade que “si se hubiera pretendido condicionar el acceso de la prestación a la existencia de una pensión compensatoria la redacción hubiera sido muy distinta”.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Renunciar a la pensión compensatoria no siempre impide percibir la de viudedad: Una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao ha reconocido a una mujer divorciada el derecho a recibir la pensión de viudedad, aunque en los acuerdos de separación renunció de forma expresa a la compensatoria. La transcendencia de la sentencia, dictada el 13 de febrero, viene dada por la interpretación que la Magistrada hace del artículo 174.2 del Texto Refundido de la LGSS aprobado por RDL 1/1994 de 20 de junio, frente a lo defendido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).</p>
<p>La nueva redacción parecía disponer que el derecho a la pensión de viudedad de las personas divorciadas o separadas judicialmente queda condicionado a la existencia de una previa pensión compensatoria regulada en el artículo 97 del Código Civil, reconocida en proceso matrimonial, y que la compensatoria se extingue con el fallecimiento del causante.</p>
<p>No obstante, según el Juzgado de lo Social de Bilbao, debe entenderse que la condición para acceder a la prestación no está referida a la percepción de la pensión compensatoria, sino a su extinción en tal caso: “Lo que se exige es que si se está percibiendo la pensión compensatoria ésta quede extinguida al fallecimiento del causante”. Y añade que “si se hubiera pretendido condicionar el acceso de la prestación a la existencia de una pensión compensatoria la redacción hubiera sido muy distinta”.</p>
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