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	<title>Comentarios en: La problemática atribución del uso y disfrute de la vivienda y ajuar familiar</title>
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	<description>Blog de la Abogada de Zaragoza Patricia Alzate Monroy, Doctora en Derecho y experta en Derecho Canónico y en Derecho de la Familia y de la Persona. Artículos sobre divorcio, nulidades, matrimonio, etc</description>
	<lastBuildDate>Fri, 23 Jul 2010 07:36:59 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2933</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Jul 2010 10:06:20 +0000</pubDate>
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		<description>La problemática atribución de la vivienda familiar, en caso de separación o de divorcio, muchas veces va ligada a la atribución de la guarda y custodia de los hijos, cuando los hay. En cuanto al tema de la guarda y custodia compartida de los padres, recientemente se han dado dos leyes: la primera, aprobada por las Cortes de Aragón, siendo una Ley pionera en España; luego, a las pocas semanas, ha salido la segunda, aprobada por el Parlament de Catalunya. Probablemente se siga dando este &quot;efecto dominó&quot; en aquellas Comunidades Autónomas que tengan derecho foral propio.

Sobe la ley aragonesa de custodia compartida y la ley catalana de guarda compartida, puede leer en este mismo blog:  

http://www.am-abogados.com/blog/por-fin-llega-la-ley-de-la-guarda-y-custodia-compartida/2877/

http://www.am-abogados.com/blog/el-parlamento-de-cataluna-aprueba-la-guarda-compartida/3048/</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La problemática atribución de la vivienda familiar, en caso de separación o de divorcio, muchas veces va ligada a la atribución de la guarda y custodia de los hijos, cuando los hay. En cuanto al tema de la guarda y custodia compartida de los padres, recientemente se han dado dos leyes: la primera, aprobada por las Cortes de Aragón, siendo una Ley pionera en España; luego, a las pocas semanas, ha salido la segunda, aprobada por el Parlament de Catalunya. Probablemente se siga dando este &#8220;efecto dominó&#8221; en aquellas Comunidades Autónomas que tengan derecho foral propio.</p>
<p>Sobe la ley aragonesa de custodia compartida y la ley catalana de guarda compartida, puede leer en este mismo blog:  </p>
<p><a href="http://www.am-abogados.com/blog/por-fin-llega-la-ley-de-la-guarda-y-custodia-compartida/2877/" rel="nofollow">http://www.am-abogados.com/blog/por-fin-llega-la-ley-de-la-guarda-y-custodia-compartida/2877/</a></p>
<p><a href="http://www.am-abogados.com/blog/el-parlamento-de-cataluna-aprueba-la-guarda-compartida/3048/" rel="nofollow">http://www.am-abogados.com/blog/el-parlamento-de-cataluna-aprueba-la-guarda-compartida/3048/</a></p>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2908</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Jul 2010 10:10:28 +0000</pubDate>
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		<description>Interesante noticia del día de hoy:

&quot;El juez Serrano establece que la situación de la vivienda conyugal permanezca así hasta que se venda o adjudique el inmueble
Fecha: 12/07/2010 
(EP)-. El Juzgado de Familia número 7 de Sevilla ha otorgado a una pareja divorciada la custodia compartida de los dos hijos de 12 y 10 años de edad que tienen en común, acordando además que los progenitores se turnen en el uso del domicilio familiar, de manera que, en esa alternancia de uso, la mujer permanecerá en la vivienda hasta el final del curso escolar 2010/2011, iniciándose entonces el periodo de uso por parte de su ex pareja.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez Francisco Serrano determina en este caso concreto un modelo de custodia compartida, el cual &quot;conlleva que no se aprecie la existencia de un interés familiar más necesitado de protección que justifique el privilegio de la atribución exclusiva del uso y disfrute del domicilio familiar&quot;.

En este sentido, argumenta que, &quot;en consecuencia, no cabe atribuir de forma exclusiva ese uso a ninguno de los dos progenitores, pues ambos asumirán y compartirán el cuidado habitual de sus hijos&quot;, de manera que ambos se servirán de ese domicilio &quot;hasta que se produzca la liquidación efectiva de la sociedad de gananciales, y ese inmueble integrado en el activo se venda o adjudique uno de los copropietarios&quot;.

Tras insistir en que &quot;ese uso y disposición, en defecto de acuerdo, se distribuirá por cursos escolares hasta que se venda o adjudique el inmueble&quot;, la sentencia pone de manifiesto que el hombre &quot;deberá retirar sus efectos y enseres personales&quot; al objeto de que su ex pareja pueda ocupar el domicilio familiar hasta el final del curso escolar 2010/2011.

DISTRIBUCIÓN DE LOS PERIODOS DE CONVIVENCIA

Asimismo, acuerda el juez que, de forma alternativa, los hijos pasarán con su padre y con su madre desde el jueves por la tarde a la salida del colegio hasta el lunes por la mañana a la entrada de clase, encargándose de recogerlos y reintegrarlos en el centro escolar el progenitor al que le corresponda estar con los niños en ese periodo.

También de forma alternativa y correlativa al anterior régimen de estancia, el juez ordena que los niños pasen con su padre y madre desde el lunes a la salida del colegio hasta el jueves por la mañana a la entrada de la clase, encargándose de recogerlos y reintegrarlos en el centro escolar el progenitor al que le corresponda estar con los menores en ese periodo.

De igual modo, ambos progenitores estarán en compañía de sus hijos durante la mitad íntegra de todos los periodos vacacionales en atención al calendario escolar de los niños, mientras que ambos progenitores contribuirán al sostenimiento de las necesidades de sus dos hijos, cubriendo sus gastos ordinarios alimenticios durante el tiempo que se encuentren a su cuidado.

CUSTODIA COMPARTIDA

Asimismo, el juez de Familia número 7 de Sevilla establece que ambos progenitores contribuyan al 50 por ciento de los gastos extraordinarios que genere el cuidado, educación y atención sanitaria no cubierta por la Seguridad Social de ambos hijos.

El juez Serrano, asimismo, determina que la guarda y custodia de los dos hijos menores sea compartida debido a &quot;la capacidad, idoneidad, grado de vinculación afectiva, predisposición, dedicación e implicación conjunta en el cuidado y crianza de los hijos&quot; por parte de ambos progenitores. &quot;Concurren los factores subjetivos, pero también los objetivos y necesarios relacionados con la proximidad de domicilio y en cuanto a los horarios laborales, que también resultan compatibles con el cuidado de los menores&quot;, concluye&quot;.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Interesante noticia del día de hoy:</p>
<p>&#8220;El juez Serrano establece que la situación de la vivienda conyugal permanezca así hasta que se venda o adjudique el inmueble<br />
Fecha: 12/07/2010<br />
(EP)-. El Juzgado de Familia número 7 de Sevilla ha otorgado a una pareja divorciada la custodia compartida de los dos hijos de 12 y 10 años de edad que tienen en común, acordando además que los progenitores se turnen en el uso del domicilio familiar, de manera que, en esa alternancia de uso, la mujer permanecerá en la vivienda hasta el final del curso escolar 2010/2011, iniciándose entonces el periodo de uso por parte de su ex pareja.</p>
<p>En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez Francisco Serrano determina en este caso concreto un modelo de custodia compartida, el cual &#8220;conlleva que no se aprecie la existencia de un interés familiar más necesitado de protección que justifique el privilegio de la atribución exclusiva del uso y disfrute del domicilio familiar&#8221;.</p>
<p>En este sentido, argumenta que, &#8220;en consecuencia, no cabe atribuir de forma exclusiva ese uso a ninguno de los dos progenitores, pues ambos asumirán y compartirán el cuidado habitual de sus hijos&#8221;, de manera que ambos se servirán de ese domicilio &#8220;hasta que se produzca la liquidación efectiva de la sociedad de gananciales, y ese inmueble integrado en el activo se venda o adjudique uno de los copropietarios&#8221;.</p>
<p>Tras insistir en que &#8220;ese uso y disposición, en defecto de acuerdo, se distribuirá por cursos escolares hasta que se venda o adjudique el inmueble&#8221;, la sentencia pone de manifiesto que el hombre &#8220;deberá retirar sus efectos y enseres personales&#8221; al objeto de que su ex pareja pueda ocupar el domicilio familiar hasta el final del curso escolar 2010/2011.</p>
<p>DISTRIBUCIÓN DE LOS PERIODOS DE CONVIVENCIA</p>
<p>Asimismo, acuerda el juez que, de forma alternativa, los hijos pasarán con su padre y con su madre desde el jueves por la tarde a la salida del colegio hasta el lunes por la mañana a la entrada de clase, encargándose de recogerlos y reintegrarlos en el centro escolar el progenitor al que le corresponda estar con los niños en ese periodo.</p>
<p>También de forma alternativa y correlativa al anterior régimen de estancia, el juez ordena que los niños pasen con su padre y madre desde el lunes a la salida del colegio hasta el jueves por la mañana a la entrada de la clase, encargándose de recogerlos y reintegrarlos en el centro escolar el progenitor al que le corresponda estar con los menores en ese periodo.</p>
<p>De igual modo, ambos progenitores estarán en compañía de sus hijos durante la mitad íntegra de todos los periodos vacacionales en atención al calendario escolar de los niños, mientras que ambos progenitores contribuirán al sostenimiento de las necesidades de sus dos hijos, cubriendo sus gastos ordinarios alimenticios durante el tiempo que se encuentren a su cuidado.</p>
<p>CUSTODIA COMPARTIDA</p>
<p>Asimismo, el juez de Familia número 7 de Sevilla establece que ambos progenitores contribuyan al 50 por ciento de los gastos extraordinarios que genere el cuidado, educación y atención sanitaria no cubierta por la Seguridad Social de ambos hijos.</p>
<p>El juez Serrano, asimismo, determina que la guarda y custodia de los dos hijos menores sea compartida debido a &#8220;la capacidad, idoneidad, grado de vinculación afectiva, predisposición, dedicación e implicación conjunta en el cuidado y crianza de los hijos&#8221; por parte de ambos progenitores. &#8220;Concurren los factores subjetivos, pero también los objetivos y necesarios relacionados con la proximidad de domicilio y en cuanto a los horarios laborales, que también resultan compatibles con el cuidado de los menores&#8221;, concluye&#8221;.</p>
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	<item>
		<title>Por: daniela</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2841</link>
		<dc:creator>daniela</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Jun 2010 19:43:41 +0000</pubDate>
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		<description>hola:

mis padres hace 5 años que estan separados de hecho.....

mi madre se fue de la casa con mi hermano y yo....

mi papa siempre a respondido en cuanto a lo economico...

y mi mama se fue porque ella le fue infiel y tenia su pareja....

mi papa se quedo en la casa que era del matrimonio....

actualmente vivimos en la casa de mi abuela, pero mi mama se fue a vivir con su pareja

mi hermano y yo vivimos con mi abuela

yo tengo 21 años y mi hermano 14

el problema es que mi mama ahora se quiere casar con su pareja y se va a divorciar con mi papa

pero lo que ella mas quiere es quitarle la casa a mi papa que es del matrimonio de ellos

que puede pasar en este caso?

si le quita la casa a mi papa el quedara en la calle

me podria aconsejar usted por favor?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola:</p>
<p>mis padres hace 5 años que estan separados de hecho&#8230;..</p>
<p>mi madre se fue de la casa con mi hermano y yo&#8230;.</p>
<p>mi papa siempre a respondido en cuanto a lo economico&#8230;</p>
<p>y mi mama se fue porque ella le fue infiel y tenia su pareja&#8230;.</p>
<p>mi papa se quedo en la casa que era del matrimonio&#8230;.</p>
<p>actualmente vivimos en la casa de mi abuela, pero mi mama se fue a vivir con su pareja</p>
<p>mi hermano y yo vivimos con mi abuela</p>
<p>yo tengo 21 años y mi hermano 14</p>
<p>el problema es que mi mama ahora se quiere casar con su pareja y se va a divorciar con mi papa</p>
<p>pero lo que ella mas quiere es quitarle la casa a mi papa que es del matrimonio de ellos</p>
<p>que puede pasar en este caso?</p>
<p>si le quita la casa a mi papa el quedara en la calle</p>
<p>me podria aconsejar usted por favor?</p>
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	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2794</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Jun 2010 08:32:07 +0000</pubDate>
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		<description>Lo normal es que lo estipulado en el convenio regulador debe cumplirse y que si ella se comprometió a tabajar lo haga. El problema estaría en que si la condición del trabajo no se cumple y la hija sigue siendo menor de edad, difícilmente podrían venderse la casa por garantizar la protección de la vivienda de la menor. Pero usted puede alegar lo que argumenta en este escrito y podría haber posibilidades. Dependería de la discrecionalidad del Juez.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo normal es que lo estipulado en el convenio regulador debe cumplirse y que si ella se comprometió a tabajar lo haga. El problema estaría en que si la condición del trabajo no se cumple y la hija sigue siendo menor de edad, difícilmente podrían venderse la casa por garantizar la protección de la vivienda de la menor. Pero usted puede alegar lo que argumenta en este escrito y podría haber posibilidades. Dependería de la discrecionalidad del Juez.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: JULIAN</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2791</link>
		<dc:creator>JULIAN</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 19 Jun 2010 14:17:48 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA, MI PROBLEMA ES EL SIGUIENTE: LA CUESTION ES QUE EN EL CONVENIO DE DIVORCIO, QUE FUE DE MUTUO ACUERDO, FIRMAMOS LOS DOS LO SIGUIENTE: LIQUIDACION DEL REGIMEN ECONOMICO MATRIMONIAL. LA LIQUIDACION DEL REGIMEN ECONOMICO MATRIMONIAL QUEDA APLAZADO HASTA EL DIA 25 DE OCTUBRE DE 2014, FECHA EN LA QUE SE PROCEDERA A LA VENTA DE LA VIVIENDA SITA EN ............... PROPIEDAD DE LOS CONYUGES, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD .......... Y ELLO EN EL PLAZO DE SEIS MESES DESDE DICHA FECHA. ESTA CLAUSULA QUEDA SUPEDITADA A LA SITUACION ECONOMICA LABORAL DE DÑA......... EN ESTA SITUACION SE PRORROGARA LA VENTA HASTA QUE LA MENOR ALCANCE LA MAYORIA DE EDAD.
AHORA BIEN; MI EX ES HIJA UNICA, VIVE EN EL MISMO RELLANO QUE SUS PADRES, ES DECIR, ELLA EN EL PISO 12 IZQUIERDA Y SUS PADRES EN EL 12 DERECHA, ACTUALMENTE TRABAJA DE VEZ EN CUANDO, PERO DICE QUE NO LE GUSTA TRABAJAR Y SI LO PUEDE EVITAR MEJOR.
SEGUN INDICAMOS EN EL CONVENIO, ¿HABRA POSIBILIDAD EN EL 2014 DE VENDER LA CASA JUSTIFICANDO DE ALGUNA FORMA QUE TIENE LA POSIBILIDAD DE IRSE A VIVIR CON SUS PADRES, QUE ES HIJA UNICA, ESTA EN EDAD LABORAL Y NO QUIERE TRABAJAR, ETC. SI ELLA NO QUIERE VENDER Y LA NIÑA SIGUE SIENDO MENOR?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA, MI PROBLEMA ES EL SIGUIENTE: LA CUESTION ES QUE EN EL CONVENIO DE DIVORCIO, QUE FUE DE MUTUO ACUERDO, FIRMAMOS LOS DOS LO SIGUIENTE: LIQUIDACION DEL REGIMEN ECONOMICO MATRIMONIAL. LA LIQUIDACION DEL REGIMEN ECONOMICO MATRIMONIAL QUEDA APLAZADO HASTA EL DIA 25 DE OCTUBRE DE 2014, FECHA EN LA QUE SE PROCEDERA A LA VENTA DE LA VIVIENDA SITA EN &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; PROPIEDAD DE LOS CONYUGES, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD &#8230;&#8230;&#8230;. Y ELLO EN EL PLAZO DE SEIS MESES DESDE DICHA FECHA. ESTA CLAUSULA QUEDA SUPEDITADA A LA SITUACION ECONOMICA LABORAL DE DÑA&#8230;&#8230;&#8230; EN ESTA SITUACION SE PRORROGARA LA VENTA HASTA QUE LA MENOR ALCANCE LA MAYORIA DE EDAD.<br />
AHORA BIEN; MI EX ES HIJA UNICA, VIVE EN EL MISMO RELLANO QUE SUS PADRES, ES DECIR, ELLA EN EL PISO 12 IZQUIERDA Y SUS PADRES EN EL 12 DERECHA, ACTUALMENTE TRABAJA DE VEZ EN CUANDO, PERO DICE QUE NO LE GUSTA TRABAJAR Y SI LO PUEDE EVITAR MEJOR.<br />
SEGUN INDICAMOS EN EL CONVENIO, ¿HABRA POSIBILIDAD EN EL 2014 DE VENDER LA CASA JUSTIFICANDO DE ALGUNA FORMA QUE TIENE LA POSIBILIDAD DE IRSE A VIVIR CON SUS PADRES, QUE ES HIJA UNICA, ESTA EN EDAD LABORAL Y NO QUIERE TRABAJAR, ETC. SI ELLA NO QUIERE VENDER Y LA NIÑA SIGUE SIENDO MENOR?</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Josue</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2646</link>
		<dc:creator>Josue</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 29 May 2010 17:17:36 +0000</pubDate>
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		<description>Quisiera saber me divorcio de mi mujer por cuernos de ella, con tres hijos menores, la vivienda es privativa mia, si en el juicio le dan la custodia y el usufructo del piso, ella no puede rehacer su vida ni de manera esporadica ni por casamiento en el mismo domicilio...?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Quisiera saber me divorcio de mi mujer por cuernos de ella, con tres hijos menores, la vivienda es privativa mia, si en el juicio le dan la custodia y el usufructo del piso, ella no puede rehacer su vida ni de manera esporadica ni por casamiento en el mismo domicilio&#8230;?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: marta</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2541</link>
		<dc:creator>marta</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 May 2010 18:26:59 +0000</pubDate>
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		<description>Hola estoy en tramites de divorcio. Tengo la custodia de mis dos hijos de  15 y 9 años y el uso y disfrute de la vivienda que actualmente esta pagada, (no hay prestamos por medio ) la sentencia firme no esta firmada aun, pero en ella consta de que el uso y difrute seria mio por tener la custodia de los menores. llevamos separados 2 años y el conviviendo con su pareja actual en otro domicilio de alquiler. El trabaja en una empresa familiar de la cual le ha dicho al juez que le han despedido y esta desempleado, cosa que es incierta, (vamos cobra el paro y aparte trabaja en la empresa). Por los dos niños solo se pasara 240 euros, 120 por cada uno.. mi pregunta es: que puedo hacer para descubrirle? y referente a la vivienda.. que pasaria si cambiaramos de domicilio mis hijos y yo, ya que actualmente mi nueva pareja tiene una vivienda propia en otra localidad? tendria la obligacion de venderla? espero respuesta, gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola estoy en tramites de divorcio. Tengo la custodia de mis dos hijos de  15 y 9 años y el uso y disfrute de la vivienda que actualmente esta pagada, (no hay prestamos por medio ) la sentencia firme no esta firmada aun, pero en ella consta de que el uso y difrute seria mio por tener la custodia de los menores. llevamos separados 2 años y el conviviendo con su pareja actual en otro domicilio de alquiler. El trabaja en una empresa familiar de la cual le ha dicho al juez que le han despedido y esta desempleado, cosa que es incierta, (vamos cobra el paro y aparte trabaja en la empresa). Por los dos niños solo se pasara 240 euros, 120 por cada uno.. mi pregunta es: que puedo hacer para descubrirle? y referente a la vivienda.. que pasaria si cambiaramos de domicilio mis hijos y yo, ya que actualmente mi nueva pareja tiene una vivienda propia en otra localidad? tendria la obligacion de venderla? espero respuesta, gracias.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2379</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 15:30:41 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-2379</guid>
		<description>Usted puede solicitar la liquidación y adjudicación de los bienes matrimoniales y puede comprarle a ella su parte o que ella se la compre a usted o que ambos la vendan a un tercero y repartirse el precio en un 50%.
Más aún si los hijos ya están independizados y ella vive con otra pareja. También podría pedir que se le adjudique a usted el uso y disfrute de su vivienda, ya que ella ya la ha disfrutado y usted también es propietario.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Usted puede solicitar la liquidación y adjudicación de los bienes matrimoniales y puede comprarle a ella su parte o que ella se la compre a usted o que ambos la vendan a un tercero y repartirse el precio en un 50%.<br />
Más aún si los hijos ya están independizados y ella vive con otra pareja. También podría pedir que se le adjudique a usted el uso y disfrute de su vivienda, ya que ella ya la ha disfrutado y usted también es propietario.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: ANDRÉS V CARÚS</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2365</link>
		<dc:creator>ANDRÉS V CARÚS</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Apr 2010 08:38:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-2365</guid>
		<description>Hola, estoy divorciado, mi ex apeló la sentencia, pues consideraba que a pesar de ser favorable a mi, ella tenía derecho a una pensión compensatoria y a jubilación, la Audiencia Provincial, falló que no tiene derecho a lo que solicita, pues tiene trabajo, lleva 30 años cotizando, tantos como yo, los hijos están independizados, son mayores de edad y con trabajo,  aunque el fallo dice que a ella se le  atribuye el el uso y disfrute del domicilio familiar .
Entiendo que ésto es mientras no exista una disolución de bienes gananciales, pues si la mitad del piso es mío, creo que tengo derecho a comprarle su mitad o ella la mía, o voy a perder lo que me costó tantos años de trabajo y salud? Yo quiero hacer esa repartición de bienes, pues ella vive con su actual pareja en la vivienda común, y yo estoy sacrificándome, pagando un alquiler.
Gracias de antemano.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, estoy divorciado, mi ex apeló la sentencia, pues consideraba que a pesar de ser favorable a mi, ella tenía derecho a una pensión compensatoria y a jubilación, la Audiencia Provincial, falló que no tiene derecho a lo que solicita, pues tiene trabajo, lleva 30 años cotizando, tantos como yo, los hijos están independizados, son mayores de edad y con trabajo,  aunque el fallo dice que a ella se le  atribuye el el uso y disfrute del domicilio familiar .<br />
Entiendo que ésto es mientras no exista una disolución de bienes gananciales, pues si la mitad del piso es mío, creo que tengo derecho a comprarle su mitad o ella la mía, o voy a perder lo que me costó tantos años de trabajo y salud? Yo quiero hacer esa repartición de bienes, pues ella vive con su actual pareja en la vivienda común, y yo estoy sacrificándome, pagando un alquiler.<br />
Gracias de antemano.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2343</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 09:40:02 +0000</pubDate>
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		<description>Supongo que en México, como en todos los países del mundo, debe hacerse &quot;efectiva&quot; la protección del interés del menor y la prioridad de su beneficio. Por esto, y con lo que usted relata, lo más justo es que la vivienda familiar donde residía el núcleo familiar y que fue adquirida durante el matrimonio, sea adjudicada a la hija menor del matrimonio con su madre que es quien la tiene consigo. Es bueno que busque un Abogado en su país que le defienda sus derechos y los de su hija.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Supongo que en México, como en todos los países del mundo, debe hacerse &#8220;efectiva&#8221; la protección del interés del menor y la prioridad de su beneficio. Por esto, y con lo que usted relata, lo más justo es que la vivienda familiar donde residía el núcleo familiar y que fue adquirida durante el matrimonio, sea adjudicada a la hija menor del matrimonio con su madre que es quien la tiene consigo. Es bueno que busque un Abogado en su país que le defienda sus derechos y los de su hija.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: maria</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2340</link>
		<dc:creator>maria</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 01:41:52 +0000</pubDate>
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		<description>Hola, quiero saber que probabilidad hay de recuperar una casa que se adquirio en el matrimonio por medio de infonavit aunque estamos bajo el regimen de separacion de bienes?, existe una hija menor del matrimonio y el abandono el hogar primero, despues yo y hay testigos, al querer regresar con mi hija, me amenazo y cambio la cerradura sin que pueda sacar mis cosas, ademas la usan como motel, porque he visto pruebas y la vecina me confirmo que tanto mi ex como su hermano llevan mujeres y ahi hay cosas tanto mias como de mi hija y se me hace una falta de respeto y abuso. Ademas el papa le habla mal de mi a mi hija en cada oportunidad y la tiene bien comprada porque le cumple lo que quiere y estamos de arrimadas con mi mama, y como el tiene dos carros y dinero, me amenaza de que tiene el poder y que no puedo quitarle la casa. Le agradeceria su pronta respuesta. Vivo en mexico.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, quiero saber que probabilidad hay de recuperar una casa que se adquirio en el matrimonio por medio de infonavit aunque estamos bajo el regimen de separacion de bienes?, existe una hija menor del matrimonio y el abandono el hogar primero, despues yo y hay testigos, al querer regresar con mi hija, me amenazo y cambio la cerradura sin que pueda sacar mis cosas, ademas la usan como motel, porque he visto pruebas y la vecina me confirmo que tanto mi ex como su hermano llevan mujeres y ahi hay cosas tanto mias como de mi hija y se me hace una falta de respeto y abuso. Ademas el papa le habla mal de mi a mi hija en cada oportunidad y la tiene bien comprada porque le cumple lo que quiere y estamos de arrimadas con mi mama, y como el tiene dos carros y dinero, me amenaza de que tiene el poder y que no puedo quitarle la casa. Le agradeceria su pronta respuesta. Vivo en mexico.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: El Divorcio en Zaragoza &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2313</link>
		<dc:creator>El Divorcio en Zaragoza &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 Apr 2010 10:44:06 +0000</pubDate>
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		<description>[...] , incluyendo las visitas de los abuelos, la pensión de alimentos, la pensión compensatoria, el uso y disfrute de la vivienda familiar, la disolución, la liquidación y la adjudicación de bienes del consorcio conyugal, [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] , incluyendo las visitas de los abuelos, la pensión de alimentos, la pensión compensatoria, el uso y disfrute de la vivienda familiar, la disolución, la liquidación y la adjudicación de bienes del consorcio conyugal, [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2126</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 10 Mar 2010 12:23:43 +0000</pubDate>
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		<description>Su ex marido no la puede obligar a nada, pero sí podría acudir al juez para reclamar. Y el Juez decidiría.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Su ex marido no la puede obligar a nada, pero sí podría acudir al juez para reclamar. Y el Juez decidiría.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: yolanda</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2121</link>
		<dc:creator>yolanda</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 10 Mar 2010 10:10:52 +0000</pubDate>
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		<description>Hola! Mi situación es la siguiente:
Estoy divorciada desde hace dos años y medio. Tengo una niña de 8 años, por lo que el uso y disfrute de la vivienda conyugal es mia y de mi hija. Aunque la casa está a la venta, ya que en su momento, cuando firmamos el convenio regulador, y en la actualidad, mi opinión es que los dos tenemos el mismo derecho a rehacer nuestras vidas y podernos comprar otra vivienda. En el convenio firmé, ya que creí que el tiempo sería breve, que no conviviría con otra pareja, pero la casa no se ha vendido y tengo pareja con  la que pretendo compartir la vivienda. ¿Qué puede ocurrir? ¿puede mi exmarido obligarme a que no conviva con mi pareja en mi casa?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola! Mi situación es la siguiente:<br />
Estoy divorciada desde hace dos años y medio. Tengo una niña de 8 años, por lo que el uso y disfrute de la vivienda conyugal es mia y de mi hija. Aunque la casa está a la venta, ya que en su momento, cuando firmamos el convenio regulador, y en la actualidad, mi opinión es que los dos tenemos el mismo derecho a rehacer nuestras vidas y podernos comprar otra vivienda. En el convenio firmé, ya que creí que el tiempo sería breve, que no conviviría con otra pareja, pero la casa no se ha vendido y tengo pareja con  la que pretendo compartir la vivienda. ¿Qué puede ocurrir? ¿puede mi exmarido obligarme a que no conviva con mi pareja en mi casa?</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2106</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 07 Mar 2010 10:49:20 +0000</pubDate>
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		<description>Lo lógico es que ese subsidio corresponde a la unidad familiar. No es justo que sin trabajo ninguno de los dos y con una hija a cargo, ella se vaya a alquilar un piso por su cuenta y para ella, según dice usted.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo lógico es que ese subsidio corresponde a la unidad familiar. No es justo que sin trabajo ninguno de los dos y con una hija a cargo, ella se vaya a alquilar un piso por su cuenta y para ella, según dice usted.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Anibal</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-2099</link>
		<dc:creator>Anibal</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 06 Mar 2010 17:19:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-2099</guid>
		<description>Buen día, mi caso es el siguiente: Mi mujer y yo queremos separarnos / divorciarnos pero: La familia está quebrada, endudada y embargada, no tiene bienes, solo deudas. Yo estoy sin trabajo con 0 ingresos, tenemos una hija y mi mujer solicitó una subvención porque se le terminó el paro y se la otorgaron por estar yo en el paro y tener una hija a cargo. El tema es el siguiente, mi mujer tiene otros ingresos no declarados, se ha ido en Junio a vivir sola y ha entrado en razones de que no es lo mejor. Ahora se ha alquilado un piso y se va por segunda vez, mi hija se queda conmigo, porque se va a un sitio que cambiaría y produciría un gran perjuicio a la vida de mi hija (colegio, amigos, vida social, etc.). La pregunta es: a quien corresponde que le queden los 420 € de la subvención, yo era autónomo, estoy dado de baja y no me corresponde subsidio alguna, porque mi mujer entiende que son de ella (?)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buen día, mi caso es el siguiente: Mi mujer y yo queremos separarnos / divorciarnos pero: La familia está quebrada, endudada y embargada, no tiene bienes, solo deudas. Yo estoy sin trabajo con 0 ingresos, tenemos una hija y mi mujer solicitó una subvención porque se le terminó el paro y se la otorgaron por estar yo en el paro y tener una hija a cargo. El tema es el siguiente, mi mujer tiene otros ingresos no declarados, se ha ido en Junio a vivir sola y ha entrado en razones de que no es lo mejor. Ahora se ha alquilado un piso y se va por segunda vez, mi hija se queda conmigo, porque se va a un sitio que cambiaría y produciría un gran perjuicio a la vida de mi hija (colegio, amigos, vida social, etc.). La pregunta es: a quien corresponde que le queden los 420 € de la subvención, yo era autónomo, estoy dado de baja y no me corresponde subsidio alguna, porque mi mujer entiende que son de ella (?)</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1993</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Feb 2010 09:14:15 +0000</pubDate>
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		<description>Depende mucho del régimen económico matrimonial que tengan en su matrimonio. Puede leer un artículo sobre este tema en: http://www.am-abogados.com/blog/%C2%BFque-regimen-economico-elegir-separacion-de-bienes-gananciales-o-participacion/1626/

La cuestión es que si va a tener un hijo con su mujer peruana y ella se queda con la guarda y custodia del recién nacido, por el beneficio e interés del menor a ella se le atribuiría seguramente el uso y el disfrute de la vivienda familiar.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Depende mucho del régimen económico matrimonial que tengan en su matrimonio. Puede leer un artículo sobre este tema en: <a href="http://www.am-abogados.com/blog/%C2%BFque-regimen-economico-elegir-separacion-de-bienes-gananciales-o-participacion/1626/" rel="nofollow">http://www.am-abogados.com/blog/%C2%BFque-regimen-economico-elegir-separacion-de-bienes-gananciales-o-participacion/1626/</a></p>
<p>La cuestión es que si va a tener un hijo con su mujer peruana y ella se queda con la guarda y custodia del recién nacido, por el beneficio e interés del menor a ella se le atribuiría seguramente el uso y el disfrute de la vivienda familiar.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: david</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1989</link>
		<dc:creator>david</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Feb 2010 00:16:14 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1989</guid>
		<description>hola, mi pregunta es la siguiente: me compre un chalet de proteccion oficial o publica, q aun estoy pagando, a los 5 años me case con una peruana alli en su pais no se vino aqui dejandolo todo (ella no tiene propiedades alli vivia con sus padres) voy a tener un niño ahora, desde q vino la convivencia no es del todo bueno aun q lo estamos sobrellevando, pero no manejo la idea de separarme ya q no soy muy feliz con ella , lo q pasa q ella cuando se lo he comentado no quiere volver a su pais, quiere seguir aqui. ahora mi pregunta es si me separo o divorcio me quedaria sin casa? es decir lo tendria q repartir con ella todo los pagos de la hipoteca me viene a mi nombre y a mi cartilla del banco q no figura ella si no mis padres, agua luz y gastos de la casa en una cuenta en comun q si pagamos a medias, los muebles mas o menos lo hemos pagado a medias aun q yo siempre he puesto mas pero bueno...cual seria mi situacion al separarme. Gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola, mi pregunta es la siguiente: me compre un chalet de proteccion oficial o publica, q aun estoy pagando, a los 5 años me case con una peruana alli en su pais no se vino aqui dejandolo todo (ella no tiene propiedades alli vivia con sus padres) voy a tener un niño ahora, desde q vino la convivencia no es del todo bueno aun q lo estamos sobrellevando, pero no manejo la idea de separarme ya q no soy muy feliz con ella , lo q pasa q ella cuando se lo he comentado no quiere volver a su pais, quiere seguir aqui. ahora mi pregunta es si me separo o divorcio me quedaria sin casa? es decir lo tendria q repartir con ella todo los pagos de la hipoteca me viene a mi nombre y a mi cartilla del banco q no figura ella si no mis padres, agua luz y gastos de la casa en una cuenta en comun q si pagamos a medias, los muebles mas o menos lo hemos pagado a medias aun q yo siempre he puesto mas pero bueno&#8230;cual seria mi situacion al separarme. Gracias.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1899</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 08 Feb 2010 15:54:16 +0000</pubDate>
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		<description>PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS: Puede ser:

1. SOLICITADO POR AMBOS CÓNYUGES DE MUTUO ACUERDO O POR UNO CON EL CONSENTIMIENTO DEL OTRO.
2. A PETICIÓN DE UN SOLO CÓNYUGE: Posibles actitudes del demandado (oponerse, negar los hechos, incumplir o aceptar)

I. MODIFICACIÓN DE LA ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR:
 
1. Cambio de uso en favor de los hijos y del progenitor custodio
2. Cambio de uso en favor del progenitor no custodio
3. Modificación de las condiciones de atribución del uso

II. EXTINCIÓN DE LA ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR:

1. Cumplimiento de la condición fijada en la resolución judicial o en el convenio regulador
2. Falta de ocupación de la vivienda por parte del progenitor y los hijos a los que se les atribuyó el uso
3. Independencia económica de los hijos a los que se les atribuyó el uso de la vivienda familiar
4. Desaparición del interés más necesitado de protección en el cónyuge o conviviente al que se le atribuyó el uso de la vivienda
5. Convivencia de un tercero en la vivienda familiar
6. Ofrecimiento de otro inmueble por el progenitor no custodio para constituir la sede de la vivienda familiar
7. Posibilidad de que el progenitor custodio y los hijos se trasladen a otra vivienda

III. EFECTOS DE LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES O LA DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN EN RELACIÓN CON LA ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR:

1. Ejercicio de la acción de división de cosa común
2. Liquidación de la sociedad de gananciales

IV. EXTINCIÓN DEL USO A CONSECUENCIA DE ALGÚN PROCEDIMIENTO INSTADO POR TERCERAS PERSONAS:

1. Procedimiento instado por el propietario de la vivienda familiar reclamando la posesión del inmueble.
2. Procedimiento de ejecución seguido contra la vivienda familiar</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS: Puede ser:</p>
<p>1. SOLICITADO POR AMBOS CÓNYUGES DE MUTUO ACUERDO O POR UNO CON EL CONSENTIMIENTO DEL OTRO.<br />
2. A PETICIÓN DE UN SOLO CÓNYUGE: Posibles actitudes del demandado (oponerse, negar los hechos, incumplir o aceptar)</p>
<p>I. MODIFICACIÓN DE LA ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR:</p>
<p>1. Cambio de uso en favor de los hijos y del progenitor custodio<br />
2. Cambio de uso en favor del progenitor no custodio<br />
3. Modificación de las condiciones de atribución del uso</p>
<p>II. EXTINCIÓN DE LA ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR:</p>
<p>1. Cumplimiento de la condición fijada en la resolución judicial o en el convenio regulador<br />
2. Falta de ocupación de la vivienda por parte del progenitor y los hijos a los que se les atribuyó el uso<br />
3. Independencia económica de los hijos a los que se les atribuyó el uso de la vivienda familiar<br />
4. Desaparición del interés más necesitado de protección en el cónyuge o conviviente al que se le atribuyó el uso de la vivienda<br />
5. Convivencia de un tercero en la vivienda familiar<br />
6. Ofrecimiento de otro inmueble por el progenitor no custodio para constituir la sede de la vivienda familiar<br />
7. Posibilidad de que el progenitor custodio y los hijos se trasladen a otra vivienda</p>
<p>III. EFECTOS DE LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES O LA DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN EN RELACIÓN CON LA ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR:</p>
<p>1. Ejercicio de la acción de división de cosa común<br />
2. Liquidación de la sociedad de gananciales</p>
<p>IV. EXTINCIÓN DEL USO A CONSECUENCIA DE ALGÚN PROCEDIMIENTO INSTADO POR TERCERAS PERSONAS:</p>
<p>1. Procedimiento instado por el propietario de la vivienda familiar reclamando la posesión del inmueble.<br />
2. Procedimiento de ejecución seguido contra la vivienda familiar</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Jaime</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1741</link>
		<dc:creator>Jaime</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Jan 2010 16:10:05 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1741</guid>
		<description>Un juez de Familia propone el nuevo reparto de vivienda tras la separación o divorcio para evitar “privilegios” de género. Considera la redacción de un nuevo texto del artículo 96 del Código Civil, que se refiere a la atribución del uso de la vivienda familiar en casos de ruptura de parejas, con el objetivo de evitar “privilegios” de género y situaciones de “injustificable” discriminación, todo en miras “al bien de los niños”. Los niños de padres separados, “por encima de todo, incluso de su derecho a seguir viviendo cómodamente en el mismo domicilio, a lo que tienen derecho es a la paz familiar y a ser felices con un padre y una madre que no anden a estacazos por cuestiones de índole material”, dice el Juez de Familia.

Es importante “conjugar y equilibrar todos los intereses en juego, priorizando el de los menores y eliminando elementos de confrontación y fricción familiar que terminan repercutiendo negativamente en la estabilidad psicológica, emocional e incluso somática de los hijos”, criticó que el poder legislativo “se empeña en vivir de espaldas a la realidad social y sólo se muestra receptivo a posicionamientos carentes de objetividad e impregnados de una perniciosa carga ideológica”.

El juez opina en relación al artículo 96 del C.C. que el legislador “se ha guardado mucho de conservar las reglas de juego que garantizaban erróneamente el inmovilismo en aquellos aspectos considerados como patrimonio de las mujeres, llamadas por su condición sexual a ser las custodias de la prole y, por ende, las titulares del interés familiar preferente que justifica el seguir usando, disfrutando y utilizando el hogar familiar, con independencia de la situación de indigencia en que pudiera quedar el privado de seguir viviendo en la que era su casa”.  

“Se trata de un planteamiento incomprensible, generador de desigualdad, consiguiente injusticia y fuente de conflictos viscerales y, por desgracia, de episodios de violencia doméstica“, según prosiguió el juez Serrano, quien aseveró además que “se han ignorado las situaciones de posible custodia compartida como medida que reduciría esa confrontación y repercutiría en interés y beneficio de todos los integrantes de la familia separada: hijos, padres y madres”.

El Juez Serrano opina que “la tendencia e inercia ha sido la de entender que la vivienda familiar ha de ser para las abnegadas y sufridas esposas o madres que se separan o divorcian, pues ellas son las llamadas por naturaleza, historia y tradición a la atención de la prole y las únicas llamadas a decidir sobre sus vidas, en un claro exponente de una rancia convicción radical que hace recordar otros respetables principios machistas reflejados en la legislación de la dictadura franquista, que hoy por unanimidad se rechazan”.

Por todo ello, el juez Francisco Serrano propuso una reforma “urgente” y un nuevo texto del artículo 96 del Código Civil, y apuesta en primer lugar por liquidar el domicilio y los enseres y ajuar existentes en el mismo, todo ello cuando se ostenten en cotitularidad y bajo cualquier régimen de comunidad de bienes, bien mediante su transmisión a tercero o bien mediante la adjudicación de su propiedad a uno de los cónyuges titulares previa compensación de la cantidad que le corresponda al otro. En todo caso, esa medida procedería cuando se acuerde un régimen de custodia compartida de los hijos, o bien cuando alguno de los hijos quede en compañía de uno y los restantes en la del otro.

En segundo lugar, y en caso de que existan hijos menores que se encuentren bajo la custodia de uno de los progenitores o mayores que convivan en compañía de uno de ellos y resulten dependientes abogó por adjudicar el uso y posesión al hijo y al cónyuge en cuya compañía queden, pero debiendo limitarse temporalmente esa atribución para facilitar la liquidación del inmueble en los términos indicados anteriormente.

Así, esa atribución exclusiva temporal, indicó, se realizaría sin perjuicio de que el progenitor no custodio ofrezca contraprestación que garantice el desarrollo de los hijos a una vivienda digna y para atender sus necesidades en forma equivalente a la cobertura que les brindaba la que venían habitando de forma habitual.

También destaca, entre otras propuestas, aquellas referidas al caso de que no existan hijos o sean mayores e independientes, cuando el uso temporal de la vivienda familiar y hasta que se proceda a su venta o adjudicación de titularidad dominical a uno de los cónyuges corresponderá al que se considere que ostenta el interés familiar más necesitado de protección.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Un juez de Familia propone el nuevo reparto de vivienda tras la separación o divorcio para evitar “privilegios” de género. Considera la redacción de un nuevo texto del artículo 96 del Código Civil, que se refiere a la atribución del uso de la vivienda familiar en casos de ruptura de parejas, con el objetivo de evitar “privilegios” de género y situaciones de “injustificable” discriminación, todo en miras “al bien de los niños”. Los niños de padres separados, “por encima de todo, incluso de su derecho a seguir viviendo cómodamente en el mismo domicilio, a lo que tienen derecho es a la paz familiar y a ser felices con un padre y una madre que no anden a estacazos por cuestiones de índole material”, dice el Juez de Familia.</p>
<p>Es importante “conjugar y equilibrar todos los intereses en juego, priorizando el de los menores y eliminando elementos de confrontación y fricción familiar que terminan repercutiendo negativamente en la estabilidad psicológica, emocional e incluso somática de los hijos”, criticó que el poder legislativo “se empeña en vivir de espaldas a la realidad social y sólo se muestra receptivo a posicionamientos carentes de objetividad e impregnados de una perniciosa carga ideológica”.</p>
<p>El juez opina en relación al artículo 96 del C.C. que el legislador “se ha guardado mucho de conservar las reglas de juego que garantizaban erróneamente el inmovilismo en aquellos aspectos considerados como patrimonio de las mujeres, llamadas por su condición sexual a ser las custodias de la prole y, por ende, las titulares del interés familiar preferente que justifica el seguir usando, disfrutando y utilizando el hogar familiar, con independencia de la situación de indigencia en que pudiera quedar el privado de seguir viviendo en la que era su casa”.  </p>
<p>“Se trata de un planteamiento incomprensible, generador de desigualdad, consiguiente injusticia y fuente de conflictos viscerales y, por desgracia, de episodios de violencia doméstica“, según prosiguió el juez Serrano, quien aseveró además que “se han ignorado las situaciones de posible custodia compartida como medida que reduciría esa confrontación y repercutiría en interés y beneficio de todos los integrantes de la familia separada: hijos, padres y madres”.</p>
<p>El Juez Serrano opina que “la tendencia e inercia ha sido la de entender que la vivienda familiar ha de ser para las abnegadas y sufridas esposas o madres que se separan o divorcian, pues ellas son las llamadas por naturaleza, historia y tradición a la atención de la prole y las únicas llamadas a decidir sobre sus vidas, en un claro exponente de una rancia convicción radical que hace recordar otros respetables principios machistas reflejados en la legislación de la dictadura franquista, que hoy por unanimidad se rechazan”.</p>
<p>Por todo ello, el juez Francisco Serrano propuso una reforma “urgente” y un nuevo texto del artículo 96 del Código Civil, y apuesta en primer lugar por liquidar el domicilio y los enseres y ajuar existentes en el mismo, todo ello cuando se ostenten en cotitularidad y bajo cualquier régimen de comunidad de bienes, bien mediante su transmisión a tercero o bien mediante la adjudicación de su propiedad a uno de los cónyuges titulares previa compensación de la cantidad que le corresponda al otro. En todo caso, esa medida procedería cuando se acuerde un régimen de custodia compartida de los hijos, o bien cuando alguno de los hijos quede en compañía de uno y los restantes en la del otro.</p>
<p>En segundo lugar, y en caso de que existan hijos menores que se encuentren bajo la custodia de uno de los progenitores o mayores que convivan en compañía de uno de ellos y resulten dependientes abogó por adjudicar el uso y posesión al hijo y al cónyuge en cuya compañía queden, pero debiendo limitarse temporalmente esa atribución para facilitar la liquidación del inmueble en los términos indicados anteriormente.</p>
<p>Así, esa atribución exclusiva temporal, indicó, se realizaría sin perjuicio de que el progenitor no custodio ofrezca contraprestación que garantice el desarrollo de los hijos a una vivienda digna y para atender sus necesidades en forma equivalente a la cobertura que les brindaba la que venían habitando de forma habitual.</p>
<p>También destaca, entre otras propuestas, aquellas referidas al caso de que no existan hijos o sean mayores e independientes, cuando el uso temporal de la vivienda familiar y hasta que se proceda a su venta o adjudicación de titularidad dominical a uno de los cónyuges corresponderá al que se considere que ostenta el interés familiar más necesitado de protección.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1684</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Dec 2009 10:17:10 +0000</pubDate>
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		<description>Podría solicitar al Juez que conoció el divorcio este cambio sustancial de circunstancias respecto al uso y disfrute de la vivienda conyugal.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Podría solicitar al Juez que conoció el divorcio este cambio sustancial de circunstancias respecto al uso y disfrute de la vivienda conyugal.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Angel</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1674</link>
		<dc:creator>Angel</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Dec 2009 18:12:29 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1674</guid>
		<description>Hola, mi caso es el siguiente. Actualmente estoy separado de mi mujer, con la que tengo un hijo de 5 años. En el convenio regulador, que fue de &quot;mutuo acuerdo&quot;, se establecía que ella tenia la custodia de nuestro hijo, una pensión alimenticia de 400 €, y el uso de la vivienda conyugal, esta vivienda es de mi propiedad, bien privatido adquirida por mí antes del matrimonio y actualmente sigo pagando la hipoteca. En la actualidad y desde hace ya tres años, ella convive con su nueva pareja en mi vivienda, y además próximamente van a tener un hijo de esa relación (se encuentra embarazada). Además yo, que también he rehecho mi vida, vivo en una vivienda que por suerte mis padres me pudieron prestar con mi nueva pareja con la que tambien tengo un hijo. Mi situación económica, que hasta ahora era estable, empieza a ser complicada, mientras que la de ella desde el momento de la separación hasta ahora ha mejorado notablemente, actualmente es funcionaria del grupo B. Teniendo en cuenta que ella me ha pedido comenzar los tramites para divorciarnos, mi pregunta sería, ¿Son los cambios que te he explicado (nuevas relaciones, nuevos hijos, cambios de situación económica....) suficientes para justificar un cambio sustancial de medidas respecto a mi vivienda?. En la famosa sentencia de Almería, la vivienda era bien ganancial, por lo que el juez obligó a su venta y al reparto equitativo del precio. Pero en mi caso, que entiendo aun más gravoso, existe jurisprudencia al respecto. (Te escribo desde Andalucía). Gracias de antemano.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, mi caso es el siguiente. Actualmente estoy separado de mi mujer, con la que tengo un hijo de 5 años. En el convenio regulador, que fue de &#8220;mutuo acuerdo&#8221;, se establecía que ella tenia la custodia de nuestro hijo, una pensión alimenticia de 400 €, y el uso de la vivienda conyugal, esta vivienda es de mi propiedad, bien privatido adquirida por mí antes del matrimonio y actualmente sigo pagando la hipoteca. En la actualidad y desde hace ya tres años, ella convive con su nueva pareja en mi vivienda, y además próximamente van a tener un hijo de esa relación (se encuentra embarazada). Además yo, que también he rehecho mi vida, vivo en una vivienda que por suerte mis padres me pudieron prestar con mi nueva pareja con la que tambien tengo un hijo. Mi situación económica, que hasta ahora era estable, empieza a ser complicada, mientras que la de ella desde el momento de la separación hasta ahora ha mejorado notablemente, actualmente es funcionaria del grupo B. Teniendo en cuenta que ella me ha pedido comenzar los tramites para divorciarnos, mi pregunta sería, ¿Son los cambios que te he explicado (nuevas relaciones, nuevos hijos, cambios de situación económica&#8230;.) suficientes para justificar un cambio sustancial de medidas respecto a mi vivienda?. En la famosa sentencia de Almería, la vivienda era bien ganancial, por lo que el juez obligó a su venta y al reparto equitativo del precio. Pero en mi caso, que entiendo aun más gravoso, existe jurisprudencia al respecto. (Te escribo desde Andalucía). Gracias de antemano.</p>
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		<title>Por: Andrea</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1623</link>
		<dc:creator>Andrea</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Dec 2009 11:46:57 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Patricia, me gustaría hacerte una pregunta, mi primo ha firmado el divorcio con su convenio regulador y por supuesto se ha quedado ella la vivienda porque tiene la custodia, pero mi duda es ¿Puede meter a una pareja o un ligue ocasional?

Muchas gracias por tu respuesta.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Patricia, me gustaría hacerte una pregunta, mi primo ha firmado el divorcio con su convenio regulador y por supuesto se ha quedado ella la vivienda porque tiene la custodia, pero mi duda es ¿Puede meter a una pareja o un ligue ocasional?</p>
<p>Muchas gracias por tu respuesta.</p>
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	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1526</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Nov 2009 14:54:50 +0000</pubDate>
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		<description>No es difícil que lo consiga, siempre y cuando se asesore de un excelente y experto abogado que le lleve su caso.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No es difícil que lo consiga, siempre y cuando se asesore de un excelente y experto abogado que le lleve su caso.</p>
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	<item>
		<title>Por: Rita</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1525</link>
		<dc:creator>Rita</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Nov 2009 11:33:06 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1525</guid>
		<description>Acabo de descubrir la infidelidad de mi marido, y es mi intención pedir el divorcio. Los hijos están independizados pero yo tengo 53 años y nunca he trabajado por atender a la familia, me siento indefensa y me da miedo perder el uso y disfrute de la vivienda si vamos a juicio, quedándome en la calle sin posibilidad de encontrar un trabajo ni vivienda (mi marido si porque tiene ingresos muy elevados). La casa está en propiedad, pagada, y en regimen gananciales. ¿Que probabilidad piensan hay de que me concedan a mi el uso y disfrute vitalicio con una pensión?. Es imposible llegar a un acuerdo porque los dos queremos difrutar la vivienda. Necesito esta valoración inicial para saber por donde debo empezar a moverme. Gracias por su ayuda que la necesito.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Acabo de descubrir la infidelidad de mi marido, y es mi intención pedir el divorcio. Los hijos están independizados pero yo tengo 53 años y nunca he trabajado por atender a la familia, me siento indefensa y me da miedo perder el uso y disfrute de la vivienda si vamos a juicio, quedándome en la calle sin posibilidad de encontrar un trabajo ni vivienda (mi marido si porque tiene ingresos muy elevados). La casa está en propiedad, pagada, y en regimen gananciales. ¿Que probabilidad piensan hay de que me concedan a mi el uso y disfrute vitalicio con una pensión?. Es imposible llegar a un acuerdo porque los dos queremos difrutar la vivienda. Necesito esta valoración inicial para saber por donde debo empezar a moverme. Gracias por su ayuda que la necesito.</p>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1518</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Nov 2009 09:55:48 +0000</pubDate>
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		<description>Si la vivienda era suya antes de soltero y la sigue pagando usted, es un bien privativo suyo. El hecho de que se le haya atribuido a la madre para su uso y disfrute, es por la hija de 4 años y no por ella. Por eso usted sigue siendo el propietario de la casa. El problema es que si la vende (habría que ver qué dice la sentencia de divorcio o el convenio regulador si fue de mutuo acuerdo sobre este asunto) usted seguramente tendría que pagar un arriendo de una casa para que viva su hija menor y la madre o parte de ese arriendo si ella trabaja. Supongo que el Abogado que les llevó el divorcio tiene más datos al respecto, por eso pregúntele.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si la vivienda era suya antes de soltero y la sigue pagando usted, es un bien privativo suyo. El hecho de que se le haya atribuido a la madre para su uso y disfrute, es por la hija de 4 años y no por ella. Por eso usted sigue siendo el propietario de la casa. El problema es que si la vende (habría que ver qué dice la sentencia de divorcio o el convenio regulador si fue de mutuo acuerdo sobre este asunto) usted seguramente tendría que pagar un arriendo de una casa para que viva su hija menor y la madre o parte de ese arriendo si ella trabaja. Supongo que el Abogado que les llevó el divorcio tiene más datos al respecto, por eso pregúntele.</p>
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	<item>
		<title>Por: agustin</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1510</link>
		<dc:creator>agustin</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 Nov 2009 21:04:46 +0000</pubDate>
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		<description>hola mi pregunta es la siguiente, yo actualmente estoy divorciado, tengo una niña de 4 años que la guardia y custodia la tiene su madre. La vivienda logicamente tiene el uso y disfrute mi ex. la vivienda era mia de soltero y sigo pagandola yo. Quiero venderla porque mi situacion economica no es buena. Mi ex se niega porque ahí no tiene gastos. viva la pepa ¿puedo venderla? si pudiera ¿cual seria las partes a repartir?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola mi pregunta es la siguiente, yo actualmente estoy divorciado, tengo una niña de 4 años que la guardia y custodia la tiene su madre. La vivienda logicamente tiene el uso y disfrute mi ex. la vivienda era mia de soltero y sigo pagandola yo. Quiero venderla porque mi situacion economica no es buena. Mi ex se niega porque ahí no tiene gastos. viva la pepa ¿puedo venderla? si pudiera ¿cual seria las partes a repartir?</p>
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		<title>Por: Marian</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1420</link>
		<dc:creator>Marian</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 06 Nov 2009 13:16:11 +0000</pubDate>
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		<description>Gracias Pedro Jose. Me parece fantastico lo que acabo de leer. Es la realidad que se vive ahora. Hay muchas mujeres divorciadas que trabajan y estan disfrutando de todo lo que tenian, mientras que los exmaridos las pasan canutas para poder sobrevivir. Por eso mi novio se ha lanzado a vender la mitad  de la vivienda familiar que a él le pertenece y de la cual sigue pagando la hipoteca. Entre la hipoteca y la pension para su hijo apenas le queda para otro alquiler. Creo que hay leyes que tienen que cambiar. O somos iguales ante la ley para todo o no. Es verdad que hay muchas mujeres necesitadas y maltratadas, pero tambien es verdad que al amparo de esto cada vez hay mas casos de listillas que viven acuerpo de rey dejando a los ex en la miseria. Incluso con falsas acusaciones de malos tratos que los dejan marcados para toda la vida.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias Pedro Jose. Me parece fantastico lo que acabo de leer. Es la realidad que se vive ahora. Hay muchas mujeres divorciadas que trabajan y estan disfrutando de todo lo que tenian, mientras que los exmaridos las pasan canutas para poder sobrevivir. Por eso mi novio se ha lanzado a vender la mitad  de la vivienda familiar que a él le pertenece y de la cual sigue pagando la hipoteca. Entre la hipoteca y la pension para su hijo apenas le queda para otro alquiler. Creo que hay leyes que tienen que cambiar. O somos iguales ante la ley para todo o no. Es verdad que hay muchas mujeres necesitadas y maltratadas, pero tambien es verdad que al amparo de esto cada vez hay mas casos de listillas que viven acuerpo de rey dejando a los ex en la miseria. Incluso con falsas acusaciones de malos tratos que los dejan marcados para toda la vida.</p>
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		<title>Por: pedro josé</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1418</link>
		<dc:creator>pedro josé</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 06 Nov 2009 11:38:44 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1418</guid>
		<description>Si me permiten &quot;colgar&quot; esta interesante noticia que leí ayer en un diario de noticias digitales de Navarra. No recuerdo el &quot;link&quot; para enlazarla:

&quot;Una sentencia de una magistrada navarra, entre las pioneras en limitar el uso de la vivienda en los divorcios. La juez atribuyó a la mujer el disfrute del inmueble sólo durante cuatro años. Por M. GONZÁLEZ - Jueves, 5 de Noviembre de 2009 - Actualizado a las 07:28h. 

PAMPLONA. Las sentencias de separación y divorcio empiezan a dejar de ser inflexibles al atribuir el uso del domicilio familiar. Diversas resoluciones novedosas, entre ellas una de la magistrada Margarita Pérez-Salazar, titular del Juzgado de Primera Instancia 3 de Pamplona, han puesto límites al tiempo que la madre podrá habitar la casa. De esa manera, se evita el desequilibrio económico en perjuicio del hombre que ocurre en casi todas las rupturas, puesto que el uso de la vivienda se atribuye prácticamente siempre a la mujer porque también se le concede a ella la custodia de los hijos. Como en la mayoría de los casos el hombre ha de seguir pagando la mitad de la hipoteca, acaba viviendo de alquiler, o incluso vuelve con sus padres por falta de medios.

La magistrada Pérez-Salazar, especializada en derecho de familia, apuesta por romper esta tendencia. En una de sus resoluciones atribuyó a la mujer el uso durante cuatro años de un piso de protección oficial, adquirido por el hombre y en el que la pareja convivía con su hijo. La juez estimó que cuatro años era tiempo suficiente para que ella volviera a trabajar a jornada completa y él recuperase la casa. La mujer recurrió y la Audiencia Provincial de Navarra revocó la sentencia.

&quot;Mi audiencia es muy reacia a limitar el uso de la vivienda, pero yo creo que la tendencia irá cambiando con el tiempo porque la realidad social es distinta a la de hace 20 años y si muchas mujeres tienen la misma independencia económica que el hombre eso se ha de reflejar en la sentencia&quot;, aseguró Pérez-Salazar en declaraciones publicadas por el diario El País. 

Reformas legales: En la raíz del problema se encuentra el artículo 96 del Código Penal, que, según explicó la magistrada, fija de manera clara e imperativa que el derecho de uso debe ser en favor de quien asume el cuidado de los hijos. Jueces y abogados que tramitan asuntos de familia han pedido la reforma de este artículo para &quot;dulcificarlo&quot; y permitir sentencias que atiendan a más particularidades. &quot;Aparte de la medida de guarda y custodia de los hijos, el juez debe poder tener en cuenta otras circunstancias que concurran en un caso y valorarlas para ver si es adecuado limitar el derecho de uso de la vivienda: los medios económicos, la propiedad del inmueble, la posibilidad de la otra parte de acceder a una vivienda...&quot;, añadió en Radio Euskadi.

&quot;Además, las realidades están cambiando al hilo de las custodias compartidas&quot;, añadió Pérez-Salazar. &quot;Cada vez se pactan más y hay más resoluciones en este sentido, lo que -aclaró- tiene un efecto en el uso de la vivienda, afectado por esa medida de custodia o por compartir más las estancias con los hijos&quot;. &quot;La igualdad viene dada no sólo por tener en cuenta la medida de custodia sino también esas otras cuestiones citadas con anterioridad&quot;, insistió. &quot;Si hay custodia compartida se debe determinar cuál es el interés más necesitado de protección y en función de ello establecer medidas de uso temporal o alternativo que pueden favorecer una solución definitiva&quot;, propuso.

La atribución del uso de la casa beneficia a la mujer tras la ruptura, pero con el tiempo se le acaba volviendo en contra, ya que, cuando se independizan los hijos, la ley permite al hombre reclamar la división de la cosa común para vender su parte a la mujer o subastarla. A las asociaciones de divorciados llegan decenas de casos de mujeres que a los 55 o a los 60 años acaban en la calle. &quot;Al liquidar los bienes se producen situaciones muy penosas&quot;, explica la juez. &quot;Usted vivía en esa casa, pero no era suya, señora&quot;, ha tenido que recordar en más de una ocasión a las afectadas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si me permiten &#8220;colgar&#8221; esta interesante noticia que leí ayer en un diario de noticias digitales de Navarra. No recuerdo el &#8220;link&#8221; para enlazarla:</p>
<p>&#8220;Una sentencia de una magistrada navarra, entre las pioneras en limitar el uso de la vivienda en los divorcios. La juez atribuyó a la mujer el disfrute del inmueble sólo durante cuatro años. Por M. GONZÁLEZ &#8211; Jueves, 5 de Noviembre de 2009 &#8211; Actualizado a las 07:28h. </p>
<p>PAMPLONA. Las sentencias de separación y divorcio empiezan a dejar de ser inflexibles al atribuir el uso del domicilio familiar. Diversas resoluciones novedosas, entre ellas una de la magistrada Margarita Pérez-Salazar, titular del Juzgado de Primera Instancia 3 de Pamplona, han puesto límites al tiempo que la madre podrá habitar la casa. De esa manera, se evita el desequilibrio económico en perjuicio del hombre que ocurre en casi todas las rupturas, puesto que el uso de la vivienda se atribuye prácticamente siempre a la mujer porque también se le concede a ella la custodia de los hijos. Como en la mayoría de los casos el hombre ha de seguir pagando la mitad de la hipoteca, acaba viviendo de alquiler, o incluso vuelve con sus padres por falta de medios.</p>
<p>La magistrada Pérez-Salazar, especializada en derecho de familia, apuesta por romper esta tendencia. En una de sus resoluciones atribuyó a la mujer el uso durante cuatro años de un piso de protección oficial, adquirido por el hombre y en el que la pareja convivía con su hijo. La juez estimó que cuatro años era tiempo suficiente para que ella volviera a trabajar a jornada completa y él recuperase la casa. La mujer recurrió y la Audiencia Provincial de Navarra revocó la sentencia.</p>
<p>&#8220;Mi audiencia es muy reacia a limitar el uso de la vivienda, pero yo creo que la tendencia irá cambiando con el tiempo porque la realidad social es distinta a la de hace 20 años y si muchas mujeres tienen la misma independencia económica que el hombre eso se ha de reflejar en la sentencia&#8221;, aseguró Pérez-Salazar en declaraciones publicadas por el diario El País. </p>
<p>Reformas legales: En la raíz del problema se encuentra el artículo 96 del Código Penal, que, según explicó la magistrada, fija de manera clara e imperativa que el derecho de uso debe ser en favor de quien asume el cuidado de los hijos. Jueces y abogados que tramitan asuntos de familia han pedido la reforma de este artículo para &#8220;dulcificarlo&#8221; y permitir sentencias que atiendan a más particularidades. &#8220;Aparte de la medida de guarda y custodia de los hijos, el juez debe poder tener en cuenta otras circunstancias que concurran en un caso y valorarlas para ver si es adecuado limitar el derecho de uso de la vivienda: los medios económicos, la propiedad del inmueble, la posibilidad de la otra parte de acceder a una vivienda&#8230;&#8221;, añadió en Radio Euskadi.</p>
<p>&#8220;Además, las realidades están cambiando al hilo de las custodias compartidas&#8221;, añadió Pérez-Salazar. &#8220;Cada vez se pactan más y hay más resoluciones en este sentido, lo que -aclaró- tiene un efecto en el uso de la vivienda, afectado por esa medida de custodia o por compartir más las estancias con los hijos&#8221;. &#8220;La igualdad viene dada no sólo por tener en cuenta la medida de custodia sino también esas otras cuestiones citadas con anterioridad&#8221;, insistió. &#8220;Si hay custodia compartida se debe determinar cuál es el interés más necesitado de protección y en función de ello establecer medidas de uso temporal o alternativo que pueden favorecer una solución definitiva&#8221;, propuso.</p>
<p>La atribución del uso de la casa beneficia a la mujer tras la ruptura, pero con el tiempo se le acaba volviendo en contra, ya que, cuando se independizan los hijos, la ley permite al hombre reclamar la división de la cosa común para vender su parte a la mujer o subastarla. A las asociaciones de divorciados llegan decenas de casos de mujeres que a los 55 o a los 60 años acaban en la calle. &#8220;Al liquidar los bienes se producen situaciones muy penosas&#8221;, explica la juez. &#8220;Usted vivía en esa casa, pero no era suya, señora&#8221;, ha tenido que recordar en más de una ocasión a las afectadas.</p>
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		<title>Por: Lucía</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1415</link>
		<dc:creator>Lucía</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Nov 2009 13:20:09 +0000</pubDate>
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		<description>muchas gracias por atenderme</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>muchas gracias por atenderme</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1414</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Nov 2009 11:09:15 +0000</pubDate>
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		<description>Si ya conociendo esta situación previa, ustedes firman un convenio regulador haciendo este reparto de domicilios, no creo que haya problema porque no habría un &quot;cambio de circunstancias esenciales&quot; pues ya los dos están con sus nuevas paejas. Si el domicilio asignado para que usted viva con su hija, es de los dos, no pueden obligarla en sentido estricto a vender el piso mientras la hija sea menor de edad.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si ya conociendo esta situación previa, ustedes firman un convenio regulador haciendo este reparto de domicilios, no creo que haya problema porque no habría un &#8220;cambio de circunstancias esenciales&#8221; pues ya los dos están con sus nuevas paejas. Si el domicilio asignado para que usted viva con su hija, es de los dos, no pueden obligarla en sentido estricto a vender el piso mientras la hija sea menor de edad.</p>
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	<item>
		<title>Por: Lucía</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1411</link>
		<dc:creator>Lucía</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2009 19:21:10 +0000</pubDate>
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		<description>Hola soy Lucía, estoy en proceso de divorcio-separacion, en el convenio regulador el domicilio conyugal se me adjudica a mí igual que la custodia de mi hija de 7 años, este piso está totalmente pagado; tenemos otra vivienda  con hipoteca la cual se le adjudica a mi exmarido, Llevamos dos años separados de hecho, en este tiempo los dos hemos rehecho nuestras vidas, los dos estamos viviendo con nuestras parejas actuales en dichas viviendas...pregunto  ¿puede esta situacion perjudicarme? ¿ puede obligarme a vender el piso? ( las escrituras todavia estan a nombre de los dos)... necesito una respuesta .... gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola soy Lucía, estoy en proceso de divorcio-separacion, en el convenio regulador el domicilio conyugal se me adjudica a mí igual que la custodia de mi hija de 7 años, este piso está totalmente pagado; tenemos otra vivienda  con hipoteca la cual se le adjudica a mi exmarido, Llevamos dos años separados de hecho, en este tiempo los dos hemos rehecho nuestras vidas, los dos estamos viviendo con nuestras parejas actuales en dichas viviendas&#8230;pregunto  ¿puede esta situacion perjudicarme? ¿ puede obligarme a vender el piso? ( las escrituras todavia estan a nombre de los dos)&#8230; necesito una respuesta &#8230;. gracias.</p>
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	<item>
		<title>Por: Paco</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1397</link>
		<dc:creator>Paco</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Nov 2009 13:00:21 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1397</guid>
		<description>hola Patricia. Yo estoy en el mismo caso que la pareja de Toñi. He pensado vender mi parte de la vivienda a un tercero y tambien me gustaria saber si tengo que notificarselo al abogado o al juez porque mi hija, que es menor de edad, vive alli con su madre. Muchas gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola Patricia. Yo estoy en el mismo caso que la pareja de Toñi. He pensado vender mi parte de la vivienda a un tercero y tambien me gustaria saber si tengo que notificarselo al abogado o al juez porque mi hija, que es menor de edad, vive alli con su madre. Muchas gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Toñi</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1387</link>
		<dc:creator>Toñi</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Oct 2009 12:59:12 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1387</guid>
		<description>Hola!! Soy Toñi de nuevo. Olvide preguntar en mi comentario anterior si es necesario pedir permiso al tribunal o al juez para vender la mitad de la vivienda, o si hay que ponerlo en su conocimiento. Para nosostros es muy importante hacer las cosas bien y dentro de la legalidad. Gracis por la respuesta.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola!! Soy Toñi de nuevo. Olvide preguntar en mi comentario anterior si es necesario pedir permiso al tribunal o al juez para vender la mitad de la vivienda, o si hay que ponerlo en su conocimiento. Para nosostros es muy importante hacer las cosas bien y dentro de la legalidad. Gracis por la respuesta.</p>
]]></content:encoded>
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	<item>
		<title>Por: Toñi</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1377</link>
		<dc:creator>Toñi</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Oct 2009 22:18:38 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1377</guid>
		<description>Hola!! Soy Toñi de nuevo. Con respecto a que mi pareja venda su mitad del piso (en la que viven su ex-mujer con el hijo menor de ambos),deduzco por su respuesta que no habría ningun impedimento legal para que él haga la venta de su parte aunque el menor viva en la casa. Me gustaría saber si hay alguna ley al respecto o jurisprudencia. No nos gustaría que luego surgiera algun problema legal a causa de que la vivienda es la que utiliza el menor (por decisión judicial) al haber sido la vivienda familiar.
Gracias de nuevo por la ayuda que nos presta</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola!! Soy Toñi de nuevo. Con respecto a que mi pareja venda su mitad del piso (en la que viven su ex-mujer con el hijo menor de ambos),deduzco por su respuesta que no habría ningun impedimento legal para que él haga la venta de su parte aunque el menor viva en la casa. Me gustaría saber si hay alguna ley al respecto o jurisprudencia. No nos gustaría que luego surgiera algun problema legal a causa de que la vivienda es la que utiliza el menor (por decisión judicial) al haber sido la vivienda familiar.<br />
Gracias de nuevo por la ayuda que nos presta</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1358</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Oct 2009 08:15:31 +0000</pubDate>
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		<description>Seguiría teniendo el derecho de usufructo y lo importante es que lo ejerza. Pregúntele al abogado que llevó el divorcio de su hija, el estado actual de su derecho y su posible reclamación judicial, si fuera necesario.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Seguiría teniendo el derecho de usufructo y lo importante es que lo ejerza. Pregúntele al abogado que llevó el divorcio de su hija, el estado actual de su derecho y su posible reclamación judicial, si fuera necesario.</p>
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	<item>
		<title>Por: msc</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1353</link>
		<dc:creator>msc</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Oct 2009 14:47:02 +0000</pubDate>
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		<description>efectivamente, el ex de mi hija tiene el uso concedido por sentencia judicial de divorcio. ¿yo a que tengo derecho? ¿sigue existiendo mi dcho de usufructo?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>efectivamente, el ex de mi hija tiene el uso concedido por sentencia judicial de divorcio. ¿yo a que tengo derecho? ¿sigue existiendo mi dcho de usufructo?</p>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1346</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 18 Oct 2009 08:51:23 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1346</guid>
		<description>Supongo que en México es normal que los padres brinden a sus hijos el apoyo necesario para alimentarlos, educarlos y vivir en la casa familiar hasta que se independicen económicamente. Sin embargo, si tus padres no tienen suficientes medios económicos no debes pedirles más de lo que ellos pueden darte, pero tampoco se pueden desentender de ti completamente. Si pudieras compaginar tus estudios con algún trabajo extra que no te requiera mucho tiempo y esfuerzo (fines de semana o algunas horas a la semana como vendedora de un almacén, recepcionista, etc) sería bueno porque así contribuirías un poco con las cargas familiares y tus gastos personales. </description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Supongo que en México es normal que los padres brinden a sus hijos el apoyo necesario para alimentarlos, educarlos y vivir en la casa familiar hasta que se independicen económicamente. Sin embargo, si tus padres no tienen suficientes medios económicos no debes pedirles más de lo que ellos pueden darte, pero tampoco se pueden desentender de ti completamente. Si pudieras compaginar tus estudios con algún trabajo extra que no te requiera mucho tiempo y esfuerzo (fines de semana o algunas horas a la semana como vendedora de un almacén, recepcionista, etc) sería bueno porque así contribuirías un poco con las cargas familiares y tus gastos personales.</p>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1345</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 18 Oct 2009 08:44:54 +0000</pubDate>
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		<description>Su hija sigue siendo la propietaria y usted la usufructuaria. El ex tiene sólo el uso, pero no la propiedad y es bueno que se lo aclaren. Usted sigue habitando esa casa o no? No sería normal que si usted la usufructúa o habita él tenga también el uso y usufructo. Es importante que esto lo aclaren con el abogado que les llevó su caso u otro, porque supongo que él ex de su hija tiene el uso de la casa de su hija, concedido por sentencia judicial.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Su hija sigue siendo la propietaria y usted la usufructuaria. El ex tiene sólo el uso, pero no la propiedad y es bueno que se lo aclaren. Usted sigue habitando esa casa o no? No sería normal que si usted la usufructúa o habita él tenga también el uso y usufructo. Es importante que esto lo aclaren con el abogado que les llevó su caso u otro, porque supongo que él ex de su hija tiene el uso de la casa de su hija, concedido por sentencia judicial.</p>
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		<title>Por: msc</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1340</link>
		<dc:creator>msc</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 17 Oct 2009 14:51:13 +0000</pubDate>
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		<description>hola! 
si fuera posible me gustaria que me resolviera una duda. 

Mi hija y su ex-marido tenian su vivienda familiar en un piso que era propiedad de mi hija. Yo tenia el derecho de usufructo sobre la misma, y por sentencia judicial se ha concedido el uso de la vivienda al ex-marido. ¿Sigo conservando el dcho de usufructo o tendría que realizar alguna acción contra el?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola!<br />
si fuera posible me gustaria que me resolviera una duda. </p>
<p>Mi hija y su ex-marido tenian su vivienda familiar en un piso que era propiedad de mi hija. Yo tenia el derecho de usufructo sobre la misma, y por sentencia judicial se ha concedido el uso de la vivienda al ex-marido. ¿Sigo conservando el dcho de usufructo o tendría que realizar alguna acción contra el?</p>
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		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1335</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Oct 2009 10:41:13 +0000</pubDate>
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		<description>Tan sencillo como que si un tercero compra la mitad de esa casa que corresponde a su marido, ese tercero tendría que compartir esa vivienda con la otra mitad que es de la &quot;ex&quot; y no creo que ella lo desee ni el comprador desee compartir la vivienda con otro habitante extraño también &quot;propietario&quot;. Pero, bueno, de todo se ve. Lo mejor sería que ese tercero que compre la parte de su  marido, la comprara para no habitarla. Pero eso ya depende del comprador y no de otros. Hay inmobiliarias que hacen este tipo de negocios.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tan sencillo como que si un tercero compra la mitad de esa casa que corresponde a su marido, ese tercero tendría que compartir esa vivienda con la otra mitad que es de la &#8220;ex&#8221; y no creo que ella lo desee ni el comprador desee compartir la vivienda con otro habitante extraño también &#8220;propietario&#8221;. Pero, bueno, de todo se ve. Lo mejor sería que ese tercero que compre la parte de su  marido, la comprara para no habitarla. Pero eso ya depende del comprador y no de otros. Hay inmobiliarias que hacen este tipo de negocios.</p>
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		<title>Por: Toñi</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1331</link>
		<dc:creator>Toñi</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Oct 2009 23:41:56 +0000</pubDate>
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		<description>Patricia, soy Toñi de nuevo. ¿que quiere decir con &quot;si la mitad es de otro y no puede habitarla?&quot; ¿Porqué si un tercero compra la mitad del piso no puede habitarla? ¿Que puede hacer, entonces, una imobiliaria o un particular con esa mitad si no va a poder utilzarla? Digo yo que podra disponer de su mitad exactamente igual que la persona que ya la habita. Perdone las molestias y muchas gracias; hace una gran labor.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Patricia, soy Toñi de nuevo. ¿que quiere decir con &#8220;si la mitad es de otro y no puede habitarla?&#8221; ¿Porqué si un tercero compra la mitad del piso no puede habitarla? ¿Que puede hacer, entonces, una imobiliaria o un particular con esa mitad si no va a poder utilzarla? Digo yo que podra disponer de su mitad exactamente igual que la persona que ya la habita. Perdone las molestias y muchas gracias; hace una gran labor.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1312</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Oct 2009 11:57:27 +0000</pubDate>
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		<description>Lo mejor sería que la parte que no quiere vender (la ex de su pareja) le comprara a la otra parte que sí quiere venderla (su pareja); pero no se le puede obligar a vender. Su pareja sí podría vender su parte a un tercero, pero no creo que sea fácil encontrarlo porque nadie quiere comprar si la mitad es de otro y no puede habitarla. Hay inmobiliarias que se encargan de este tipo de negocios. Pregunte en cualquiera y le dirán.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo mejor sería que la parte que no quiere vender (la ex de su pareja) le comprara a la otra parte que sí quiere venderla (su pareja); pero no se le puede obligar a vender. Su pareja sí podría vender su parte a un tercero, pero no creo que sea fácil encontrarlo porque nadie quiere comprar si la mitad es de otro y no puede habitarla. Hay inmobiliarias que se encargan de este tipo de negocios. Pregunte en cualquiera y le dirán.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Toñi</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1309</link>
		<dc:creator>Toñi</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Oct 2009 10:30:59 +0000</pubDate>
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		<description>Hola!! Mi actual pareja esta divorciada. Ha tenido que abandonar el domicilio familiar que estaba pagando a medias con su ex-esposa. Esta se ha quedado en él porque tienen un hijo de corta edad. Se le ha propuesto comprar la parte de el o venderla en su totalidad a un tercero, pero ella no quiere hacer nada porque dice que asi esta muy bien. Claro, mi pareja sigue pagando su parte de la hipoteca, pasando la manutencion y pagandose un alquiler. Asi no puede vivir. ¿No hay alguna forma legal para obligar a vender esa vivienda ya que se esta perjudicando gravemente a una de las partes?¿ La parte de la vivienda de mi pareja la podria comprar un tercero? Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola!! Mi actual pareja esta divorciada. Ha tenido que abandonar el domicilio familiar que estaba pagando a medias con su ex-esposa. Esta se ha quedado en él porque tienen un hijo de corta edad. Se le ha propuesto comprar la parte de el o venderla en su totalidad a un tercero, pero ella no quiere hacer nada porque dice que asi esta muy bien. Claro, mi pareja sigue pagando su parte de la hipoteca, pasando la manutencion y pagandose un alquiler. Asi no puede vivir. ¿No hay alguna forma legal para obligar a vender esa vivienda ya que se esta perjudicando gravemente a una de las partes?¿ La parte de la vivienda de mi pareja la podria comprar un tercero? Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: El convenio regulador y su contenido &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1024</link>
		<dc:creator>El convenio regulador y su contenido &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Aug 2009 07:27:27 +0000</pubDate>
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		<description>[...] quién se atribuirá el uso de la vivienda familiar y del ajuar familiar, cómo se liquidará el régimen económico matrimonial y cómo se adjudicarán los bienes y cargas [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] quién se atribuirá el uso de la vivienda familiar y del ajuar familiar, cómo se liquidará el régimen económico matrimonial y cómo se adjudicarán los bienes y cargas [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1020</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Aug 2009 10:18:01 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1020</guid>
		<description>Lo más importante es que no ocurra esa agresión porque sería un delito con consecuencias graves para el agresor y que no impediría que se continuara sin interrupción el proceso de divorcio. Se tramitarían simultáneamente los dos asuntos en diferentes jurisdicciones.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo más importante es que no ocurra esa agresión porque sería un delito con consecuencias graves para el agresor y que no impediría que se continuara sin interrupción el proceso de divorcio. Se tramitarían simultáneamente los dos asuntos en diferentes jurisdicciones.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: ildefonso</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-1016</link>
		<dc:creator>ildefonso</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2009 22:52:19 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-1016</guid>
		<description>Mi pregunta es si una pareja se encuentra en proceso de divorcio y mientras se esta tramitando ocurre una agresion sobre su esposa y se denucia y esta denucia pasa a violencia de genero.Debe el Juez que lleva el divorcio inibirse en favor del que lleva la causa penal</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mi pregunta es si una pareja se encuentra en proceso de divorcio y mientras se esta tramitando ocurre una agresion sobre su esposa y se denucia y esta denucia pasa a violencia de genero.Debe el Juez que lleva el divorcio inibirse en favor del que lleva la causa penal</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-873</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Jul 2009 09:22:08 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-873</guid>
		<description>Agradezco a todos los lectores de mi blog su intensa participación a través de los varios comentarios y preguntas que me envian. Muchos de estos comentarios se tratan de consultas jurídicas sobre el tema de este artículo en concreto, en los que aportan datos personales que, por razones obvias, omito publicarlos. Además, para responder seria y adecuadamente y con sentido profesional a esas consultas jurídicas que me plantean, deben conocerse datos más concretos y precisos como, por ejemplo, el lugar desde donde escriben, para determinar la ley aplicable para cada cuestión planteada.

Es por esto que si alguien desea hacerme una consulta jurídica, puede hacerlo aportando todos los datos concretos y personales, con la tranquilidad de hacerlo de manera privada, a través de cualquiera de las posibilidades que encontrarán en este enlace:

http://www.formatolegal.com/category.php?id_category=153

</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Agradezco a todos los lectores de mi blog su intensa participación a través de los varios comentarios y preguntas que me envian. Muchos de estos comentarios se tratan de consultas jurídicas sobre el tema de este artículo en concreto, en los que aportan datos personales que, por razones obvias, omito publicarlos. Además, para responder seria y adecuadamente y con sentido profesional a esas consultas jurídicas que me plantean, deben conocerse datos más concretos y precisos como, por ejemplo, el lugar desde donde escriben, para determinar la ley aplicable para cada cuestión planteada.</p>
<p>Es por esto que si alguien desea hacerme una consulta jurídica, puede hacerlo aportando todos los datos concretos y personales, con la tranquilidad de hacerlo de manera privada, a través de cualquiera de las posibilidades que encontrarán en este enlace:</p>
<p><a href="http://www.formatolegal.com/category.php?id_category=153" rel="nofollow">http://www.formatolegal.com/category.php?id_category=153</a></p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: La vivienda familiar ha de ser un hogar armonioso &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-705</link>
		<dc:creator>La vivienda familiar ha de ser un hogar armonioso &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 May 2009 09:58:12 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-705</guid>
		<description>[...] digna, sino a algo que va más allá de tener una vivienda: es la tarea de lograr que esa vivienda familiar se convierta en un hogar armonioso. E, indudablemente, depende de cada entorno familiar conseguir [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] digna, sino a algo que va más allá de tener una vivienda: es la tarea de lograr que esa vivienda familiar se convierta en un hogar armonioso. E, indudablemente, depende de cada entorno familiar conseguir [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: El insólito divorcio de &#8220;vivir bajo el mismo techo, pero en diferente lecho&#8221; &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-693</link>
		<dc:creator>El insólito divorcio de &#8220;vivir bajo el mismo techo, pero en diferente lecho&#8221; &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 May 2009 10:22:52 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-693</guid>
		<description>[...] y ante esta situación, en el 5% de las rupturas matrimoniales, las parejas optan por seguir viviendo en el hogar conyugal hasta que &#8220;aparezca&#8221; un comprador. Desde luego, no es una situación normal que dos [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] y ante esta situación, en el 5% de las rupturas matrimoniales, las parejas optan por seguir viviendo en el hogar conyugal hasta que &#8220;aparezca&#8221; un comprador. Desde luego, no es una situación normal que dos [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: El Proceso Civil de Divorcio &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-692</link>
		<dc:creator>El Proceso Civil de Divorcio &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 May 2009 10:19:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-692</guid>
		<description>[...] al régimen de visitas, a la comunicación de los hijos con sus abuelos, a las pensiones, a la atribución de uso de la vivienda y ajuar familiar, a la contribución a las cargas del matrimonio y pensión de alimentos, a la liquidación del [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] al régimen de visitas, a la comunicación de los hijos con sus abuelos, a las pensiones, a la atribución de uso de la vivienda y ajuar familiar, a la contribución a las cargas del matrimonio y pensión de alimentos, a la liquidación del [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: La pensión de alimentos en el derecho de familia &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/la-problematica-atribucion-del-uso-y-disfrute-de-la-vivienda-y-ajuar-familiar/1646/#comment-690</link>
		<dc:creator>La pensión de alimentos en el derecho de familia &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 May 2009 09:53:49 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1646#comment-690</guid>
		<description>[...] Es evidente que cuando se produce un divorcio o una separación, la situación económica de la familia puede agravarse: uno de los cónyuges tendrá que trasladar su domicilio, lo cual implica gastos de arrendamiento o compra de nueva vivienda; también se produce la liquidación de la sociedad conyugal y la disminución de los ingresos mensuales, pues ya no contarán los esposos con los dos sueldos de ellos, etc. Efectivamente, hay un empobrecimiento de la familia y, especialmente, de uno de los cónyuges, generalmente del que debe abandonar el que fuera el domicilio conyugal o familiar. [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Es evidente que cuando se produce un divorcio o una separación, la situación económica de la familia puede agravarse: uno de los cónyuges tendrá que trasladar su domicilio, lo cual implica gastos de arrendamiento o compra de nueva vivienda; también se produce la liquidación de la sociedad conyugal y la disminución de los ingresos mensuales, pues ya no contarán los esposos con los dos sueldos de ellos, etc. Efectivamente, hay un empobrecimiento de la familia y, especialmente, de uno de los cónyuges, generalmente del que debe abandonar el que fuera el domicilio conyugal o familiar. [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
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