Casarse es asumir juntos un futuro imprevisible

Martes, 23 marzo 2010

Una de mis lectoras de este blog de derecho matrimonial y de familia me ha enviado un precioso vídeo publicado en Youtube, que resume bien y en pocos minutos lo que significa el matrimonio y lo que implica casarse realmente: “asumir juntos un futuro impredecible e imprevisible”. Sigue ...

Capitulaciones matrimoniales: acuerdos ventajosos para los enamorados

Domingo, 14 marzo 2010

Las capitulaciones matrimoniales son un documento público otorgado ante Notario, mediante Escritura Pública, en el que los cónyuges o los futuros cónyuges (prometidos), en pleno uso de su libertad y de sus facultades, pactan el contenido patrimonial de su matrimonio o de su futuro matrimonio. El artículo 1325 del Código Civil Español estable que “en capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo”. También se conocen con el nombre de pactos o acuerdos prenupciales o acuerdos prematrimoniales. Sigue ...

Ampliación del permiso de paternidad a cuatro semanas

Domingo, 28 febrero 2010

La ley 9/2009, de 6 de octubre, amplía la duración del permiso de paternidad de los actuales13 días a 28 días (4 semanas), haciéndose efectivo a partir del 1 de enero de 2011. Este derecho tan esperado se concederá a todos los padres ya lo sean por paternidad biológica, por adopción o por acogimiento, resultando de este modo más efectiva la igualdad de trato entre hombres y mujeres. Las cuatro semanas de permiso las disfrutará el padre a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o  judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que  se constituya la adopción. Sigue ...

La Pensión de Orfandad

Martes, 9 febrero 2010

Cuando la persona fallece dejando hijos menores o adolescentes, la Seguridad Social les concede una pensión de orfandad, protegiendo de esta manera a los familiares con unas prestaciones por fallecimiento (como sucede con la pensión de viudedad). Debe diferenciarse entre el causante de la prestación y el beneficiario de ese derecho. Sigue ...

¿Qué es el derecho de abolorio o derecho de la saca?

Martes, 12 enero 2010

El Derecho Civil de Aragón, en la Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte dispone, en su artículo 202, el orden de sucesión legal: 1. En la sucesión legal la herencia se defiere en primer lugar a los parientes de la línea recta descendente. 2. En defecto de descendientes: 1. Los bienes recobrables y los troncales se defieren a las personas con derecho a recobro y a los parientes troncales, respectivamente. 2. Los bienes no recobrables ni troncales, y también éstos si no hay parientes con derecho preferente, se defieren, sucesivamente, a los ascendientes, al cónyuge, a los colaterales hasta el cuarto grado y a la Comunidad Autónoma o, en su caso, al Hospital de Nuestra Señora de Gracia. Sigue ...

El derecho expectante de viudedad

Lunes, 4 enero 2010

La viudedad en el Derecho Foral Aragonés es el derecho que tiene el cónyuge viudo(a) a usar y disfrutar de todos los bienes que fueron privativos de su cónyuge o que fueron comunes del matrimonio. En el derecho aragonés, a la muerte de un cónyuge y salvo pacto en contrario, le corresponde al viudo(a) el derecho a usar y disfrutar de todos los bienes muebles existentes en el momento del fallecimiento y de todos los bienes inmuebles que, durante la vigencia del matrimonio, hubiesen entrado en el patrimonio común o en el privativo del cónyuge fallecido. Sigue ...

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