<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
		>
<channel>
	<title>Comentarios en: Situaciones reales que no garantizan la monogamia del matrimonio</title>
	<atom:link href="http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/</link>
	<description>Blog de la Abogada de Zaragoza Patricia Alzate Monroy, Doctora en Derecho y experta en Derecho Canónico y en Derecho de la Familia y de la Persona. Artículos sobre divorcio, nulidades, matrimonio, etc</description>
	<lastBuildDate>Fri, 23 Jul 2010 07:36:59 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>http://wordpress.org/?v=3.0</generator>
	<item>
		<title>Por: Josefa</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-2267</link>
		<dc:creator>Josefa</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Apr 2010 06:31:36 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-2267</guid>
		<description>En Venezuela, el procedimiento es al revés: es requisito haberse casado por lo civil para casarse por la Iglesia. Siempre se hace primero el acto civil y luego el religioso. Es así desde una de las presidencias de Antonio Guzmán Blanco en el siglo XIX. Así es mejor, se evitan muchos problemas. Sin embargo, no creo que esto evite ciertas situaciones de bigamia.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En Venezuela, el procedimiento es al revés: es requisito haberse casado por lo civil para casarse por la Iglesia. Siempre se hace primero el acto civil y luego el religioso. Es así desde una de las presidencias de Antonio Guzmán Blanco en el siglo XIX. Así es mejor, se evitan muchos problemas. Sin embargo, no creo que esto evite ciertas situaciones de bigamia.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1733</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Jan 2010 12:01:03 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1733</guid>
		<description>Hay una novedad bastante importante, que probablemente ayude a solucionar este problema de las inscripciones registrales de los matrimonios y evite las posibles bigamías: 

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley del Registro Civil, que dejaría de expedirse Libros de Familia, sustituidos por certificaciones registrales. Los registros ya no se ocuparían de la tramitación de los expedientes matrimoniales y serían los municipios los que se encargarán de ello, buscando que el Registro Civil se convierta en un registro individual, que otorgue a cada individuo una ficha personal única, donde figurará el historial civil de cada persona desde su nacimieno. 

Según el texto aprobado, los españoles al nacer recibirían un Código Personal de Ciudadanía (CPC), correspondiente a una secuencia alfanumérica, que servirá para todos los trámites del usuario con el Registro Civil. Su ficha personal podrá ser consultada telemáticamente y también será accesible por las administraciones que lo necesiten para la realización de trámites. &quot;Lo normal es que no se exija nunca al ciudadano que presente una certificación del registro civil&quot;, según el ministro de Justicia. 

Dejarían de expedirse Libros de Familia, los cuales serían sustituidos por certificaciones registrales, que podrán ser solicitados personalmente o a través de internet. Los registros dejarán también de ocuparse de la tramitación de los expedientes matrimoniales y serán los municipios los que se encargarán de ello y, una vez celebrado el matrimonio, lo pondrán en conocimiento del registro. 

Los centros de  salud, los ayuntamientos o los órganos judiciales serán los encargados de remitir al Registro Civil por vía telemática la documentación necesaria para inscribir los nacimientos, los matrimonios, los divorcios o las defunciones. Así se busca &quot;cambiar de arriba a abajo&quot; el actual modelo vigente desde 1957 y crear un un nuevo registro único y electrónico &quot;pensado en las personas&quot; que simplificará trámites y agilizará procesos. 

El nuevo registro se convertiría en una base de datos electrónica común, que dejará atrás los libros físicos de registro, de modo que el ciudadano podrá consultar por internet o realizar trámites en cualquiera de las oficinas del país, dejando de estar &quot;judicializado&quot; y pasará a ser un órgano dependente del Ministerio de Justicia, de manera que, aunque sus actos seguirán sometidos al control de los jueces, serán &quot;funcionarios públicos cualificados&quot; los encargados de los nuevos registros. De esta manera, se descarga a los jueces de una función impropia, que permitirá que puedan dedicarse en exclusiva a su función constitucional de juzgar y ejecutar lo juzgado, afirmó el Ministro de Justicia. 


Si se aprueba la nueva ley, el nuevo Registro Civil se organizará en tres órganos sin dependencia jerárquica y con funciones muy específicas: oficinas generales, oficina central y oficinas consulares. Las primeras de ellas, unidad básica del nuevo registro, serían las encargadas de las funciones ordinarias. El texto prevé la creación de una por comunidad autonóma más otra por cada 50.000 habitantes. Por su parte, la oficina central tendría la función de inscribir las resoluciones de la Dirección General de Registros y del Notariado, los documentos auténticos extranjeros y encargarse de la cooperación jurídica internacional en materia registral.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hay una novedad bastante importante, que probablemente ayude a solucionar este problema de las inscripciones registrales de los matrimonios y evite las posibles bigamías: </p>
<p>El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley del Registro Civil, que dejaría de expedirse Libros de Familia, sustituidos por certificaciones registrales. Los registros ya no se ocuparían de la tramitación de los expedientes matrimoniales y serían los municipios los que se encargarán de ello, buscando que el Registro Civil se convierta en un registro individual, que otorgue a cada individuo una ficha personal única, donde figurará el historial civil de cada persona desde su nacimieno. </p>
<p>Según el texto aprobado, los españoles al nacer recibirían un Código Personal de Ciudadanía (CPC), correspondiente a una secuencia alfanumérica, que servirá para todos los trámites del usuario con el Registro Civil. Su ficha personal podrá ser consultada telemáticamente y también será accesible por las administraciones que lo necesiten para la realización de trámites. &#8220;Lo normal es que no se exija nunca al ciudadano que presente una certificación del registro civil&#8221;, según el ministro de Justicia. </p>
<p>Dejarían de expedirse Libros de Familia, los cuales serían sustituidos por certificaciones registrales, que podrán ser solicitados personalmente o a través de internet. Los registros dejarán también de ocuparse de la tramitación de los expedientes matrimoniales y serán los municipios los que se encargarán de ello y, una vez celebrado el matrimonio, lo pondrán en conocimiento del registro. </p>
<p>Los centros de  salud, los ayuntamientos o los órganos judiciales serán los encargados de remitir al Registro Civil por vía telemática la documentación necesaria para inscribir los nacimientos, los matrimonios, los divorcios o las defunciones. Así se busca &#8220;cambiar de arriba a abajo&#8221; el actual modelo vigente desde 1957 y crear un un nuevo registro único y electrónico &#8220;pensado en las personas&#8221; que simplificará trámites y agilizará procesos. </p>
<p>El nuevo registro se convertiría en una base de datos electrónica común, que dejará atrás los libros físicos de registro, de modo que el ciudadano podrá consultar por internet o realizar trámites en cualquiera de las oficinas del país, dejando de estar &#8220;judicializado&#8221; y pasará a ser un órgano dependente del Ministerio de Justicia, de manera que, aunque sus actos seguirán sometidos al control de los jueces, serán &#8220;funcionarios públicos cualificados&#8221; los encargados de los nuevos registros. De esta manera, se descarga a los jueces de una función impropia, que permitirá que puedan dedicarse en exclusiva a su función constitucional de juzgar y ejecutar lo juzgado, afirmó el Ministro de Justicia. </p>
<p>Si se aprueba la nueva ley, el nuevo Registro Civil se organizará en tres órganos sin dependencia jerárquica y con funciones muy específicas: oficinas generales, oficina central y oficinas consulares. Las primeras de ellas, unidad básica del nuevo registro, serían las encargadas de las funciones ordinarias. El texto prevé la creación de una por comunidad autonóma más otra por cada 50.000 habitantes. Por su parte, la oficina central tendría la función de inscribir las resoluciones de la Dirección General de Registros y del Notariado, los documentos auténticos extranjeros y encargarse de la cooperación jurídica internacional en materia registral.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1677</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Dec 2009 09:51:52 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1677</guid>
		<description>Le recomiendo la lectura de un artículo de este blog titualdo &quot;Nunca y bajo ningún concepto es admisible la voiolencia contra las mujeres&quot;.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Le recomiendo la lectura de un artículo de este blog titualdo &#8220;Nunca y bajo ningún concepto es admisible la voiolencia contra las mujeres&#8221;.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: carmen morelo</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1653</link>
		<dc:creator>carmen morelo</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Dec 2009 21:37:08 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1653</guid>
		<description>tengo 18 años de casada por la iglesia catolica, nunca he registrado mi matrimonio en una notaria.
mi esposo siempre me ha maltratado verbal y fisicamente, antes tenia miedo separarme hoy en dia lo quiero hacer y el no lo acepta, es mas se hace la victima y no se que hacer deme un concejo. lo necesito</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>tengo 18 años de casada por la iglesia catolica, nunca he registrado mi matrimonio en una notaria.<br />
mi esposo siempre me ha maltratado verbal y fisicamente, antes tenia miedo separarme hoy en dia lo quiero hacer y el no lo acepta, es mas se hace la victima y no se que hacer deme un concejo. lo necesito</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1183</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Sep 2009 07:13:42 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1183</guid>
		<description>Tiene derecho a una pensión compensatoria, a los bienes que su marido tiene en España ya que los consiguió estando ustedes casados y como todavía están casados tiene derecho a divorciarse. El problema es que él está en España y usted en Colombia, lo normal es que él pidiera el divorcio o usted lo pidiera. Como parece que usted no tiene cómo pagar a un abogado para que le tramite el divorcio, supongo que usted puede asistir a un consultorio jurídico de alguna facultad de derecho de alguna universidad cercana a donde usted vive y allí le podrán asesorar. Pero para poderse divorciar debe conseguir un  abogado en Colombia para que le tramite el divorcio y le proteja sus derechos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tiene derecho a una pensión compensatoria, a los bienes que su marido tiene en España ya que los consiguió estando ustedes casados y como todavía están casados tiene derecho a divorciarse. El problema es que él está en España y usted en Colombia, lo normal es que él pidiera el divorcio o usted lo pidiera. Como parece que usted no tiene cómo pagar a un abogado para que le tramite el divorcio, supongo que usted puede asistir a un consultorio jurídico de alguna facultad de derecho de alguna universidad cercana a donde usted vive y allí le podrán asesorar. Pero para poderse divorciar debe conseguir un  abogado en Colombia para que le tramite el divorcio y le proteja sus derechos.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Luis Mauro Lopez Castaño</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1182</link>
		<dc:creator>Luis Mauro Lopez Castaño</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Sep 2009 21:21:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1182</guid>
		<description>Habito en el departamento de Risaralda, municipio de dos Quebradas, Colombia. contrai  matrimonio por lo catolico hace 20 y estos momentos no se que hacer con mi futuro, esta  es la situación:
Mi conyuge  viajo a España hace diez años quedando en colombia con nuestros dos hijos uno de 11 años y otro de 10 y  con la  promesa de que cuando estubiera resuelta su  situación legal en ese pais, enviaria por nosotros, en este lapso de tiempo (10 años) ha venido a colombia en tres oportunidades, este fin de año hace dos años que no viene y posiblemente no venga
a principio de este año mi hijo mayor viajo a Mexico y  mi otro hijo pronto viajara a Venezuela  para trabajar en una empresa propiedad de los patrones de mi marido en este pais.
hace seis meses mi esposo me llamo y me dijo que¨te agradesco el que me hayas ayudado a educar a mis hijos y por tu buen desempeño como madre, pero ya no me interesas como mujer ni como esposa¨ pero no me pidio el divorcio ni dijo nada para definir nuestra situación
en estos momentos estoy deseperada, el ya  no envia dinero para  m i sostenimiento en colombia y ahora que mi otro hijo viaja a Venezuela voy a quedar totalmente desamparada con el agravante de que no tengo ni vivienda propia y ma va tocar ir a donde mi familia que habitan en el departamento de Antioquia a vivir con ellos
quien me puede ayudar para tramitar mi divorcio,  que derecho tengo yo sobre lo que el posee en España y como hago para que el me compence al menos economicamente por todos estos años que fielmente estube con mis hijos y siendole fiel por favo hayudenme espero pronta respuesta
Mery</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Habito en el departamento de Risaralda, municipio de dos Quebradas, Colombia. contrai  matrimonio por lo catolico hace 20 y estos momentos no se que hacer con mi futuro, esta  es la situación:<br />
Mi conyuge  viajo a España hace diez años quedando en colombia con nuestros dos hijos uno de 11 años y otro de 10 y  con la  promesa de que cuando estubiera resuelta su  situación legal en ese pais, enviaria por nosotros, en este lapso de tiempo (10 años) ha venido a colombia en tres oportunidades, este fin de año hace dos años que no viene y posiblemente no venga<br />
a principio de este año mi hijo mayor viajo a Mexico y  mi otro hijo pronto viajara a Venezuela  para trabajar en una empresa propiedad de los patrones de mi marido en este pais.<br />
hace seis meses mi esposo me llamo y me dijo que¨te agradesco el que me hayas ayudado a educar a mis hijos y por tu buen desempeño como madre, pero ya no me interesas como mujer ni como esposa¨ pero no me pidio el divorcio ni dijo nada para definir nuestra situación<br />
en estos momentos estoy deseperada, el ya  no envia dinero para  m i sostenimiento en colombia y ahora que mi otro hijo viaja a Venezuela voy a quedar totalmente desamparada con el agravante de que no tengo ni vivienda propia y ma va tocar ir a donde mi familia que habitan en el departamento de Antioquia a vivir con ellos<br />
quien me puede ayudar para tramitar mi divorcio,  que derecho tengo yo sobre lo que el posee en España y como hago para que el me compence al menos economicamente por todos estos años que fielmente estube con mis hijos y siendole fiel por favo hayudenme espero pronta respuesta<br />
Mery</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: José</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1121</link>
		<dc:creator>José</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 05 Sep 2009 18:40:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1121</guid>
		<description>Vaya lío del personaje, está como para escribir una telenovela. Parece que cometió bigamia dos veces. Lo normal es que el Juzgado que dicta sentencia de divorcio debe ordenar su inscripción en el respectivo registro civil. Parece que hubo omisión de esta actuación. ¡¡¡Ufff!!! que fácil es cometer bigamia.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Vaya lío del personaje, está como para escribir una telenovela. Parece que cometió bigamia dos veces. Lo normal es que el Juzgado que dicta sentencia de divorcio debe ordenar su inscripción en el respectivo registro civil. Parece que hubo omisión de esta actuación. ¡¡¡Ufff!!! que fácil es cometer bigamia.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: alejandra</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1114</link>
		<dc:creator>alejandra</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Sep 2009 13:47:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1114</guid>
		<description>hola patricia ,soy alejandra la de tantos problemas, sobre bigamia ,pues mira averigue que mi matrimonio en miami del 2001 ,el no tenia sentencia del divorcio en argentina, de una ex pareja primer matrimonio por iglesia, que recien obtuvo  el acta ano 2004 ,pero nunca lo registro en el registro civil de su ciudad en argentina, o sea conmigo tambien se caso sin divorcio legal y con solo ese papel el consulado espanol no sabia si estaba registrado en un registro civil y le dieron la fe de solteria y claro se caso y lo apostillo por la haya, pero dicen si uno no registra en lo civil divorcio sigue casado es asi????? o sea cometio bigamia dos veces hay que lio.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola patricia ,soy alejandra la de tantos problemas, sobre bigamia ,pues mira averigue que mi matrimonio en miami del 2001 ,el no tenia sentencia del divorcio en argentina, de una ex pareja primer matrimonio por iglesia, que recien obtuvo  el acta ano 2004 ,pero nunca lo registro en el registro civil de su ciudad en argentina, o sea conmigo tambien se caso sin divorcio legal y con solo ese papel el consulado espanol no sabia si estaba registrado en un registro civil y le dieron la fe de solteria y claro se caso y lo apostillo por la haya, pero dicen si uno no registra en lo civil divorcio sigue casado es asi????? o sea cometio bigamia dos veces hay que lio.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: alejandra</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1108</link>
		<dc:creator>alejandra</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Sep 2009 00:06:06 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1108</guid>
		<description>gracias mi querida por los datos de la consulta,pero lamentablemente los consulados no ayudan nada, rechazan todo si no eres espanola,y aunque pertenezco a la union europea pero de otro pais, igual no sirve de nada, tratare directamente de mandar cartas por correo al director de registro central en madrid, me eh dado cuenta que aunque sepan lo que hizo esta persona la ley lo defiende.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>gracias mi querida por los datos de la consulta,pero lamentablemente los consulados no ayudan nada, rechazan todo si no eres espanola,y aunque pertenezco a la union europea pero de otro pais, igual no sirve de nada, tratare directamente de mandar cartas por correo al director de registro central en madrid, me eh dado cuenta que aunque sepan lo que hizo esta persona la ley lo defiende.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1095</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Aug 2009 15:24:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1095</guid>
		<description>Respuesta para ALEJANDRA: Entenderás que haya omitido del mensaje que dejas en este blog, el largo párrafo donde escribes CON DETALLE los nombres y datos personales de las personas implicadas en tu caso, puesto que éstos pertenecen a la privacidad e intimidad de las personas que citas y, obviamente, no voy a hacerlos públicos en este blog.

Efectivamente, tu caso personal corrobora el título de este artículo: &quot;Situaciones reales que no garantizan la monogamia del matrimonio&quot;, lo cual sucede con más frecuencia de lo que podríamos imaginar.

Lo que yo te recomendaría es que por escrito y tal como lo escribiste minuciosamente en este mensaje (incluyendo los datos personales que no he publicado), presentaras personalmente una carta, con copia de recibido, en cualquiera de los dos Consulados de EEUU que mencionas, dirigida al Director General de los Registros y del Notariado de España, en la que le solicitas una respuesta y aclaración por ESCRITO a la situación personal que dices tener, acompañando a esa carta toda la documentación pertinente que tengas. Y esperas la respuesta, que probablemente no será rápida porque tendrán que estudiar y examinar tu caso. Y de ser comprobado lo que afirmas, tendrán que pronunciarse.

Búscate un Abogado competente del país donde resides y cuéntale tu caso para que ejerza las acciones legales oportunas ante los Tribunales respectivos, tanto de la nulidad del matrimonio como del delito de bigamia.

No sé si también te casaste con él por lo católico, si es así, acude al Tribunal eclesiástico del lugar donde te casaste o de donde te encuentras viviendo, para pedir asesoría y orientación acerca de la posible nulidad canónica de tu matrimonio, basado en los hechos que relatas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Respuesta para ALEJANDRA: Entenderás que haya omitido del mensaje que dejas en este blog, el largo párrafo donde escribes CON DETALLE los nombres y datos personales de las personas implicadas en tu caso, puesto que éstos pertenecen a la privacidad e intimidad de las personas que citas y, obviamente, no voy a hacerlos públicos en este blog.</p>
<p>Efectivamente, tu caso personal corrobora el título de este artículo: &#8220;Situaciones reales que no garantizan la monogamia del matrimonio&#8221;, lo cual sucede con más frecuencia de lo que podríamos imaginar.</p>
<p>Lo que yo te recomendaría es que por escrito y tal como lo escribiste minuciosamente en este mensaje (incluyendo los datos personales que no he publicado), presentaras personalmente una carta, con copia de recibido, en cualquiera de los dos Consulados de EEUU que mencionas, dirigida al Director General de los Registros y del Notariado de España, en la que le solicitas una respuesta y aclaración por ESCRITO a la situación personal que dices tener, acompañando a esa carta toda la documentación pertinente que tengas. Y esperas la respuesta, que probablemente no será rápida porque tendrán que estudiar y examinar tu caso. Y de ser comprobado lo que afirmas, tendrán que pronunciarse.</p>
<p>Búscate un Abogado competente del país donde resides y cuéntale tu caso para que ejerza las acciones legales oportunas ante los Tribunales respectivos, tanto de la nulidad del matrimonio como del delito de bigamia.</p>
<p>No sé si también te casaste con él por lo católico, si es así, acude al Tribunal eclesiástico del lugar donde te casaste o de donde te encuentras viviendo, para pedir asesoría y orientación acerca de la posible nulidad canónica de tu matrimonio, basado en los hechos que relatas.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1094</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Aug 2009 09:41:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1094</guid>
		<description>Respuesta para JUAN: Me parece muy buena tu intención de no cometer abusos legales. No sé si en Colombia vale la inscripción de un matrimonio católico en una Notaría, tú pregúntalo al Notario donde lo inscribiste. Lo normal es que estas inscripciones se hagan en el Registro Civil.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Respuesta para JUAN: Me parece muy buena tu intención de no cometer abusos legales. No sé si en Colombia vale la inscripción de un matrimonio católico en una Notaría, tú pregúntalo al Notario donde lo inscribiste. Lo normal es que estas inscripciones se hagan en el Registro Civil.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: ALEJANDRA</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1089</link>
		<dc:creator>ALEJANDRA</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Aug 2009 17:28:06 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1089</guid>
		<description>TENGO UN GRAN PROBLEMA, Y LE EXPLICO. ME CASE EN CORTE DE MIAMI FL. INSCRIBIMOS EL MATRIMONIO. EN CONSULADO ESPAÑOL EN TEXAS HOUSTON.PUES MI ESPOSO ES ESPAÑOL  Y RESIDIAMOS EN ESA CIUDAD.      
MANDE COPIA MATRIMONIO DE MIAMI, AL CONSULADO ESPAÑOL EN TEXAS. PIDIENDO LIBRETA DE MATRIMONIO,HABLE TELEFONICAMENTE AL CONSULADO DE HOUSTON TX. Y ME DICEN QUE ENVIARON EL ACTA DE MATRIMONIO AL CONSULADO ESPAÑOL EN MIAMI, YA QUE EL CASAMIENTO SE EFECTUO EN CORTE DE MIAMI. TENGO EL ACTA DE  INSCRIPCIÓN EN MIS MANOS y libro de familia al dia de la fecha. Y ME URGE SABER COMO ESTE MATRIMONIO ESTA INSCRIPTO AHORA CON OTRA PERSONA, PUES YO SIGO LEGALMENTE CASADA  EN CORTE DE MIAMI, Y en registros de florida tenesse donde van las actas . YA QUE TENGO LA LIBRETA DE FAMILIA, ESTA PERSONA SE VOLVIO A CASAR  SIN MI DIVORCIO LEGAL, O SEA COMETIO BIGAMIA.
Y AL DIA DE HOY EXISTENTE Y VIGENTE.AHORA LEYENDO SU ARTICULO DIGO PODRIA ANULAR MI MATRIMONIO DESDE EEUU.COMO SE HACE ACA NO SABEN MUCHO SOBRE ESTO Y DIGO EL ANULARIA ,EL NUESTRO PARA CASARSE SI ES ASI ENTONCES ESTOY DIVORCIADA ? ES UNA CONFUSION.PUES EL CONSUL DE MIAMI ME DICE SI ESTA INSCRIPTO COMO LO ESTA Y LIBRO DE FAMILIA SIGO CASADA ACA EN EEUU Y EN REGISTROS DE MADRID, PERO SI EL SE CASO Y PIDIERON APOSTILLA DE LA AYA EN COLOMBIA PARA LA RESIDENCIA DE ELLA COMO SE LA DIERON? NO ENTIENDO NADA REALMENTE HACE 5 ANOS LUCHO CON ESTO Y NO SOLUCIONO.COMO SE ANULA O QUE HAGO.
 


</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>TENGO UN GRAN PROBLEMA, Y LE EXPLICO. ME CASE EN CORTE DE MIAMI FL. INSCRIBIMOS EL MATRIMONIO. EN CONSULADO ESPAÑOL EN TEXAS HOUSTON.PUES MI ESPOSO ES ESPAÑOL  Y RESIDIAMOS EN ESA CIUDAD.<br />
MANDE COPIA MATRIMONIO DE MIAMI, AL CONSULADO ESPAÑOL EN TEXAS. PIDIENDO LIBRETA DE MATRIMONIO,HABLE TELEFONICAMENTE AL CONSULADO DE HOUSTON TX. Y ME DICEN QUE ENVIARON EL ACTA DE MATRIMONIO AL CONSULADO ESPAÑOL EN MIAMI, YA QUE EL CASAMIENTO SE EFECTUO EN CORTE DE MIAMI. TENGO EL ACTA DE  INSCRIPCIÓN EN MIS MANOS y libro de familia al dia de la fecha. Y ME URGE SABER COMO ESTE MATRIMONIO ESTA INSCRIPTO AHORA CON OTRA PERSONA, PUES YO SIGO LEGALMENTE CASADA  EN CORTE DE MIAMI, Y en registros de florida tenesse donde van las actas . YA QUE TENGO LA LIBRETA DE FAMILIA, ESTA PERSONA SE VOLVIO A CASAR  SIN MI DIVORCIO LEGAL, O SEA COMETIO BIGAMIA.<br />
Y AL DIA DE HOY EXISTENTE Y VIGENTE.AHORA LEYENDO SU ARTICULO DIGO PODRIA ANULAR MI MATRIMONIO DESDE EEUU.COMO SE HACE ACA NO SABEN MUCHO SOBRE ESTO Y DIGO EL ANULARIA ,EL NUESTRO PARA CASARSE SI ES ASI ENTONCES ESTOY DIVORCIADA ? ES UNA CONFUSION.PUES EL CONSUL DE MIAMI ME DICE SI ESTA INSCRIPTO COMO LO ESTA Y LIBRO DE FAMILIA SIGO CASADA ACA EN EEUU Y EN REGISTROS DE MADRID, PERO SI EL SE CASO Y PIDIERON APOSTILLA DE LA AYA EN COLOMBIA PARA LA RESIDENCIA DE ELLA COMO SE LA DIERON? NO ENTIENDO NADA REALMENTE HACE 5 ANOS LUCHO CON ESTO Y NO SOLUCIONO.COMO SE ANULA O QUE HAGO.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Juan</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-1085</link>
		<dc:creator>Juan</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Aug 2009 16:37:38 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-1085</guid>
		<description>Hola.

Estoy en Colombia.

Me case por la iglesia, y registre el matrimonio en una notaria, tengo el registro de matrimonio.. Pero al sacar el registro civil no aparece ningun nota al margen de que estoy casado?  Significa que estoy soltero. En que otra entidad que otra forma se puede enterar el estado civil en Colombia.. 

Quiero emigrar y debo estar soltero. por lo tanto esta situacion me conviene. Pero no quiero cometer abusos legales.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola.</p>
<p>Estoy en Colombia.</p>
<p>Me case por la iglesia, y registre el matrimonio en una notaria, tengo el registro de matrimonio.. Pero al sacar el registro civil no aparece ningun nota al margen de que estoy casado?  Significa que estoy soltero. En que otra entidad que otra forma se puede enterar el estado civil en Colombia.. </p>
<p>Quiero emigrar y debo estar soltero. por lo tanto esta situacion me conviene. Pero no quiero cometer abusos legales.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Se incrementa el número de matrimonios internacionales en España &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-957</link>
		<dc:creator>Se incrementa el número de matrimonios internacionales en España &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Jul 2009 15:26:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-957</guid>
		<description>[...] Otra de las precauciones que deben tener en cuenta los encargados de la tramitación de los expedientes previos al matrimonio, ya sean el encargado del Registro Civil (si es matrimonio civil), o el párroco competente (si es matrimonio católico), o el Cónsul de España en otro país si se celebra el matrimonio en el extranjero, es cerciorarse de que los contrayentes no incurran en el delito de bigamia, es decir, que no tengan un matrimonio vigente en el momento de celebrar la boda, para así proteger la monogamia del matrimonio. [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Otra de las precauciones que deben tener en cuenta los encargados de la tramitación de los expedientes previos al matrimonio, ya sean el encargado del Registro Civil (si es matrimonio civil), o el párroco competente (si es matrimonio católico), o el Cónsul de España en otro país si se celebra el matrimonio en el extranjero, es cerciorarse de que los contrayentes no incurran en el delito de bigamia, es decir, que no tengan un matrimonio vigente en el momento de celebrar la boda, para así proteger la monogamia del matrimonio. [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-934</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Jul 2009 11:17:58 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-934</guid>
		<description>La cuestión es que estáis casados por la Iglesia y por eso estáis casados en España. Lo que falta es hacer la inscripción en el Registro Civil de vuestro matrimonio católico.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La cuestión es que estáis casados por la Iglesia y por eso estáis casados en España. Lo que falta es hacer la inscripción en el Registro Civil de vuestro matrimonio católico.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Cecilia</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-932</link>
		<dc:creator>Cecilia</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Jul 2009 11:11:05 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-932</guid>
		<description>Yo me acabo de casar hace un mes por lo católico y en la parroquia me han dado el certificado de nuestro matrimonio para que lo inscribamos en el Registro Civil y todavía no lo hemos llevado. No sabemos si lo habrá hecho la parroquia o tenemos que hacerlo sólo nosotros. Si no lo llevamos, quiere decir que en la Iglesia estamos casados, pero en España estamos solteros?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Yo me acabo de casar hace un mes por lo católico y en la parroquia me han dado el certificado de nuestro matrimonio para que lo inscribamos en el Registro Civil y todavía no lo hemos llevado. No sabemos si lo habrá hecho la parroquia o tenemos que hacerlo sólo nosotros. Si no lo llevamos, quiere decir que en la Iglesia estamos casados, pero en España estamos solteros?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-926</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Jul 2009 08:53:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-926</guid>
		<description>La Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 19 de Junio de 2008 (recurso 6358/2002) considera que el polígamo no puede adquirir la nacionalidad española: deniega la nacionalidad española a un ciudadano senegalés casado con dos mujeres. Considera &lt;strong&gt;la incompatibilidad de la poligamia con el orden público español,&lt;/strong&gt; al presuponer la desigualdad entre mujeres y hombres, así como la sumisión de aquéllas a éstos. No es incorrecto apreciar la falta de acreditación de un suficiente grado de integración en la sociedad española por alguien cuyo estado civil es atentatorio del orden público español, pese a su residencia legal y continuada durante más de 10 años, con trabajo estable y relaciones sociales normales, tal y como alegaba el solicitante. El Código Civil, a efectos de resolver los conflictos de leyes, establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal y que ésta viene determinada por su nacionalidad no equivale a dar por bueno el contenido de todas las legislaciones nacionales sobre el estado civil existentes en el mundo.

La sentencia dice: &quot;La poligamia no es simplemente algo contrario a la legislación española, sino algo que repugna al orden público español, que constituye siempre un límite infranqueable a la eficacia del derecho extranjero (art. 12.3 C.C). Entendido el orden público como el conjunto de aquellos valores fundamentales e irrenunciables sobre los que se apoya nuestro entero ordenamiento jurídico, resulta incuestionable la incompatibilidad con el mismo de la poligamia; y ello sencillamente porque la poligamia presupone la desigualdad entre mujeres y hombres, así como la sumisión de aquéllas a éstos. Tan opuesta al orden público español es la poligamia, que el acto de contraer matrimonio mientras subsiste otro matrimonio anterior es delito en España (art. 217 CP ). Es perfectamente ajustado a derecho, por ello, que la Administración española considere que alguien cuyo estado civil es atentatorio contra el orden público español no ha acreditado un suficiente grado de integración en la sociedad española&quot;.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 19 de Junio de 2008 (recurso 6358/2002) considera que el polígamo no puede adquirir la nacionalidad española: deniega la nacionalidad española a un ciudadano senegalés casado con dos mujeres. Considera <strong>la incompatibilidad de la poligamia con el orden público español,</strong> al presuponer la desigualdad entre mujeres y hombres, así como la sumisión de aquéllas a éstos. No es incorrecto apreciar la falta de acreditación de un suficiente grado de integración en la sociedad española por alguien cuyo estado civil es atentatorio del orden público español, pese a su residencia legal y continuada durante más de 10 años, con trabajo estable y relaciones sociales normales, tal y como alegaba el solicitante. El Código Civil, a efectos de resolver los conflictos de leyes, establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal y que ésta viene determinada por su nacionalidad no equivale a dar por bueno el contenido de todas las legislaciones nacionales sobre el estado civil existentes en el mundo.</p>
<p>La sentencia dice: &#8220;La poligamia no es simplemente algo contrario a la legislación española, sino algo que repugna al orden público español, que constituye siempre un límite infranqueable a la eficacia del derecho extranjero (art. 12.3 C.C). Entendido el orden público como el conjunto de aquellos valores fundamentales e irrenunciables sobre los que se apoya nuestro entero ordenamiento jurídico, resulta incuestionable la incompatibilidad con el mismo de la poligamia; y ello sencillamente porque la poligamia presupone la desigualdad entre mujeres y hombres, así como la sumisión de aquéllas a éstos. Tan opuesta al orden público español es la poligamia, que el acto de contraer matrimonio mientras subsiste otro matrimonio anterior es delito en España (art. 217 CP ). Es perfectamente ajustado a derecho, por ello, que la Administración española considere que alguien cuyo estado civil es atentatorio contra el orden público español no ha acreditado un suficiente grado de integración en la sociedad española&#8221;.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-912</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Jul 2009 06:41:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-912</guid>
		<description>Al tener un vínculo anterior todavía vigente, incurriría en la bigamia si se llegara a casar nuevamente. Interesa que antes de contraer nuevas nupcias solicite el divorcio de ese matrimonio civil.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Al tener un vínculo anterior todavía vigente, incurriría en la bigamia si se llegara a casar nuevamente. Interesa que antes de contraer nuevas nupcias solicite el divorcio de ese matrimonio civil.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Cecilia</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-910</link>
		<dc:creator>Cecilia</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 12 Jul 2009 11:55:52 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-910</guid>
		<description>Es muy cierto lo que se dice en este artículo. Mi prima que es colombiana y casada por lo civil en Colombia, pero separada hace más de 5 años, no tuvo hijos ni se ha divorciado, vive hace dos años en España y conoció a un chico español y se van a casar por lo católico en España y tienen ya todo listo para la boda en este verano. Se supone que está casada por lo civil en Colombia, pero en España no lo está y por eso ¿puede casarse válidamente por lo católico en España, sin que sea bigamia?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es muy cierto lo que se dice en este artículo. Mi prima que es colombiana y casada por lo civil en Colombia, pero separada hace más de 5 años, no tuvo hijos ni se ha divorciado, vive hace dos años en España y conoció a un chico español y se van a casar por lo católico en España y tienen ya todo listo para la boda en este verano. Se supone que está casada por lo civil en Colombia, pero en España no lo está y por eso ¿puede casarse válidamente por lo católico en España, sin que sea bigamia?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Supuestos de los delitos familiares &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-908</link>
		<dc:creator>Supuestos de los delitos familiares &#124; Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 11 Jul 2009 15:02:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-908</guid>
		<description>[...] bigamia es un delito. La monogamia y el matrimonio están protegidos en las legislaciones de los países de Occidente y es por esto que contraer un nuevo matrimonio, [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] bigamia es un delito. La monogamia y el matrimonio están protegidos en las legislaciones de los países de Occidente y es por esto que contraer un nuevo matrimonio, [...]</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Atilio Enrique Díaz Jaén</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-850</link>
		<dc:creator>Atilio Enrique Díaz Jaén</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 Jun 2009 06:58:19 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-850</guid>
		<description>Con la debida excepción de tribulación pertinente, por disentir sobre la cuestión inobjetablemente privilegiada y muy académica le  digo a la donosa letrada Patricia Alzate: Que si bien es cierto de que  las formalidades resabio de las vieja institución de la “Confarreatio” prolongada en el tiempo y con una sustentación y convicción popular ausente, al menos en forma popularizada, y  que hace a un vago ritualismo  hoy con discutible credibilidad le expondría que el “usus” remplazo por su práctica y sustituyo lo que sacramentalmente era valorado en el siglo pasado; Opinión que muy a mi pesar acoto, en virtud de comulgar la misma fe done se explaya. En definitiva las uniones de hecho, tan válido como la de derecho mientras se conforme en la affectio maritalis suplo en la experiencia todos los artificios que en alguna época tuvieron  sabiduría y sostén de ser. No por ello deja de ser ilustrativo y lesionador los juicios vertidos. En otras latitudes inclusiv
 e Abogados objetan en la experiencia de  sus vidas personal el compromiso de las iustae nuptiae por considerarlo  falto de realismo que solo facilita las apariencias sociales; con el íntegro respeto a su sapiencia.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Con la debida excepción de tribulación pertinente, por disentir sobre la cuestión inobjetablemente privilegiada y muy académica le  digo a la donosa letrada Patricia Alzate: Que si bien es cierto de que  las formalidades resabio de las vieja institución de la “Confarreatio” prolongada en el tiempo y con una sustentación y convicción popular ausente, al menos en forma popularizada, y  que hace a un vago ritualismo  hoy con discutible credibilidad le expondría que el “usus” remplazo por su práctica y sustituyo lo que sacramentalmente era valorado en el siglo pasado; Opinión que muy a mi pesar acoto, en virtud de comulgar la misma fe done se explaya. En definitiva las uniones de hecho, tan válido como la de derecho mientras se conforme en la affectio maritalis suplo en la experiencia todos los artificios que en alguna época tuvieron  sabiduría y sostén de ser. No por ello deja de ser ilustrativo y lesionador los juicios vertidos. En otras latitudes inclusiv<br />
 e Abogados objetan en la experiencia de  sus vidas personal el compromiso de las iustae nuptiae por considerarlo  falto de realismo que solo facilita las apariencias sociales; con el íntegro respeto a su sapiencia.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Patricia Alzate</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-816</link>
		<dc:creator>Patricia Alzate</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 21 Jun 2009 16:41:01 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-816</guid>
		<description>Gracias a ti. Precisamente ese es el objetivo de este blog de derecho de familia, tanto en el área civil como canónica.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias a ti. Precisamente ese es el objetivo de este blog de derecho de familia, tanto en el área civil como canónica.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Esteban</title>
		<link>http://www.am-abogados.com/blog/situaciones-reales-que-no-garantizan-la-monogamia-del-matrimonio/1750/#comment-802</link>
		<dc:creator>Esteban</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 Jun 2009 06:39:29 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.am-abogados.com/blog/?p=1750#comment-802</guid>
		<description>Muchas Felicidades y Muchas Gracias por el servicio que presta la página.Es muy importante tener a gente como ustedes a cualquier día y hora para entender y aprender muchas cosas y tratar de mejorar nuestras convivencias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muchas Felicidades y Muchas Gracias por el servicio que presta la página.Es muy importante tener a gente como ustedes a cualquier día y hora para entender y aprender muchas cosas y tratar de mejorar nuestras convivencias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>
