Adopciones | Derecho Matrimonial y de Familia en el área Civil y Canónica

Entradas de la categoría ‘Adopciones’

Ampliación del permiso de paternidad a cuatro semanas

Domingo, 28 febrero 2010

La ley 9/2009, de 6 de octubre, amplía la duración del permiso de paternidad de los actuales13 días a 28 días (4 semanas), haciéndose efectivo a partir del 1 de enero de 2011. Este derecho tan esperado se concederá a todos los padres ya lo sean por paternidad biológica, por adopción o por acogimiento, resultando de este modo más efectiva la igualdad de trato entre hombres y mujeres. Las cuatro semanas de permiso las disfrutará el padre a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o  judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que  se constituya la adopción. Sigue ...

La Pensión de Orfandad

Martes, 9 febrero 2010

Cuando la persona fallece dejando hijos menores o adolescentes, la Seguridad Social les concede una pensión de orfandad, protegiendo de esta manera a los familiares con unas prestaciones por fallecimiento (como sucede con la pensión de viudedad). Debe diferenciarse entre el causante de la prestación y el beneficiario de ese derecho. Sigue ...

Todos los niños y las niñas del mundo tienen los mismos derechos

Domingo, 22 noviembre 2009

El pasado viernes 20 de noviembre de 2009, se conmemoró el 50 aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño y el 20 aniversario de la Convención de los Derechos del Niño. Los adultos nunca debemos olvidar que también fuimos niños; por eso, todos los niños del mundo tienen derecho a  exigirnos el respeto y la protección de sus Derechos, especialmente por parte de quienes por profesión nos dedicamos a la noble tarea de ayudarles a garantizárselos ante los Tribunales de Justicia y demás organismos. Sigue ...

Audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre Políticas de Adopción Internacional

Jueves, 5 noviembre 2009

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibirá en audiencia, este viernes 6 de noviembre de 2009, en la ciudad de Washington, D.C., a un grupo de expertos jurídicos y médicos en Adopción Internacional, en representación de los Signatarios de la Declaración de apoyo a la Política Internacional de Adopción elaborada por la Facultad de Derecho de la Universidad de Harvard, quienes testificarán ante la Comisión Interamericana la posible violación de derechos humanos de los niños desamparados, por las recientes limitaciones de los programas de adopción internacional en algunos países de Centroamérica y Sudamérica. Sigue ...

Beneficios del acogimiento familiar de menores

Jueves, 15 octubre 2009

El Acogimiento Familiar es un beneficio personal, familiar y social para los menores que no pueden o no deben vivir con su familia biológica. Con esta acogida, estos  menores quedan integrados en otro núcleo familiar que los acoge con cariño y como otro miembro más de la familia. Es normal, en ocasiones, que estos menores sean acogidos por su propio entorno familiar como los abuelos, tíos, etc. Otras veces, los menores no tienen familiares que puedan acogerlos con las garantías debidas para cubrir sus necesidades básicas; en este caso existen muchas familias generosas que se ofrecen para acogerlos en un ambiente familiar propicio, que no sólo les brindan los medios materiales, sino que colman sus necesidades afectivas y educativas. Con esto se evita que los niños y niñas sean internados en instituciones, con lo que no se favorece su adecuado y sano desarrollo emocional y psicológico. Sigue ...

La filiación y las relaciones paterno-materno-filiales

Jueves, 8 octubre 2009

Según la Real Academia Española, la filiación está defiinida como la “procedencia de los hijos respecto a los padres”. Jurídicamente la filiación es la relación paterno-filial existente entre el progenitor (ya sea el padre o la madre) y su hijo(a). Ese vínculo o relación familiar puede provenir de una realidad natural (biológica) o puede provenir de un acto jurídico como la adopción. Si es biológica (es decir, la generación del hijo proviene del acto sexual), sus padres biológicos pueden estar casados (filiación matrimonial) o no estarlo (filiación extramatrimonial). También puede ser biológica, pero la fecundación no se origina en el acto sexual natural, sino en una fecundación médicamente asistida a través de las técnicas de reproducción permitidas legalmente. Sigue ...

La Patria Potestad es diferente de la Guarda y Custodia

Miércoles, 30 septiembre 2009

El artículo 29 del Código Civil español dice que el nacimiento determina la personalidad jurídica. Sin embargo, se le reconocen derechos a la persona concebida, pero aún no nacida. El artículo 30 del Código Civil español considera nacido -”para los efectos civiles”- al feto que “tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del  seno materno”.  A lo que cabe preguntarse ¿y entonces a ese recién nacido cómo lo considera la ley civil española dentro de esas primeras veinticuatro horas de vida? ¿no sería persona humana, titular plena de todos los derechos civiles y fundamentales como, por ejemplo, el derecho a la vida? Sigue ...

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