Entradas de la categoría ‘Filiación’

El Derecho de la Persona en la Ley Aragonesa 13/2006, de 27 de diciembre

Miércoles, 8 septiembre 2010

En la historia del Derecho Aragonés no ha existido la patria potestad romana; es por esto que en nuestro derecho foral, las relaciones entre padres e hijos menores siempre han mirado al bienestar de los hijos como interés superior. Al no tener patria potestad, los aforados aragoneses desde antiguo han alcanzado la plena capacidad de obrar cuando cumplen los catorce años. Otro hecho significativo de la ausencia de patria potestad en el derecho foral aragonés, es la histórica igualdad de las relaciones jurídicas entre el padre y la madre con sus hijos. Sin lugar a dudas, se puede decir que el derecho foral aragonés en lo que respecta a la regulación de la igualdad de las relaciones familiares y al derecho de la persona, “se adelantó a los siglos”. Sigue ...

El Parlamento de Cataluña aprueba la Guarda Compartida

Miércoles, 14 julio 2010

El pleno del Parlamento de Cataluña aprobó hoy miércoles 14 de julio el proyecto de ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña sobre la persona y la familia, dando preferencia a la guarda compartida de los hijos en caso de separación o divorcio de los progenitores, sin perjuicio de que en determinadas situaciones, por interés del menor, se pueda atribuir la guarda a uno solo de los padres. Sigue ...

Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Internacionales en España

Domingo, 11 julio 2010

Para que una resolución judicial extranjera en materia matrimonial (llámese sentencia, auto, etc.) sea reconocida con efectos en España y pueda ejecutarse en nuestro país, debe ser homologada por el órgano jurisdiccional español competente (Exequátur). El reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales extranjeras en España constituyen dos procedimientos separados, aunque se tramitan simultáneamente ante el mismo Juzgado de Primera Instancia. Sigue ...

Ley 2/2010, de 26 de mayo, de Igualdad en las Relaciones Familiares ante la Ruptura de los Padres

Martes, 8 junio 2010

Muchas son las personas que han preguntado si ya entró en vigor la nueva ley aragonesa de la custodia compartida. En el día de hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) Nº 111, esta nueva ley llamada “Ley de Igualdad en las Relaciones Familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres”. Se trata de la Ley 2/2010, de 26 de mayo. La disposición final tercera dispone la entrada en vigor de esta ley a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, por entender necesario un periodo de “vacatio  legis” suficientemente amplio para que pueda conocerse adecuadamente el contenido de las novedades que supone la presente ley. O sea, que a partir de hoy se contarán tres meses para su entrada en vigencia, que será el próximo 8 de septiembre. Sigue ...

Las parejas estables no casadas en Aragón

Lunes, 7 junio 2010

La Ley Aragonesa 6/1999, de 26 de marzo, de parejas estables no casadas, modificada por la Ley 2/2004, de 3 de mayo, con la que se amplió los derechos a las parejas del mismo sexo, se aplica a las personas mayores de edad que formen parte de una pareja estable no casada en la que exista una relación de afectividad análoga a la conyugal; deben estar  inscritas en el respectivo Registro de la Diputación General de Aragón o en el Registro Civil competente . Sigue ...

Por fin llega la Ley de la Guarda y Custodia Compartida

Martes, 18 mayo 2010

Aragón es la primera Comunidad Autónoma en España que admite por ley la guarda y custodia compartida en los casos de separación y divorcio de los padres, lo cual es fruto de su propio Derecho Foral. Nuestra larga y sólida tradición jurídica y cultural aragonesa ha concebido, desde hace mucho tiempo, la primacía del beneficio e interés de los menores, lo mismo que la igualdad de condiciones de ambos padres en el ejercicio del derecho y del deber del cuidado y protección de sus hijos. Prueba de ello es que el Derecho Civil Aragonés tiene unas relaciones paterno-filiales propias, en las que nunca ha existido con respecto a los hijos la patria potestad, sino la autoridad familiar. Sigue ...

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