Entradas de la categoría ‘Filiación’

Por fin llega la Ley de la Guarda y Custodia Compartida

Martes, 18 mayo 2010

Aragón es la primera Comunidad Autónoma en España que admite por ley la guarda y custodia compartida en los casos de separación y divorcio de los padres, lo cual es fruto de su propio Derecho Foral. Nuestra larga y sólida tradición jurídica y cultural aragonesa ha concebido, desde hace mucho tiempo, la primacía del beneficio e interés de los menores, lo mismo que la igualdad de condiciones de ambos padres en el ejercicio del derecho y del deber del cuidado y protección de sus hijos. Prueba de ello es que el Derecho Civil Aragonés tiene unas relaciones paterno-filiales propias, en las que nunca ha existido con respecto a los hijos la patria potestad, sino la autoridad familiar. Sigue ...

Capitulaciones matrimoniales: acuerdos ventajosos para los enamorados

Domingo, 14 marzo 2010

Las capitulaciones matrimoniales son un documento público otorgado ante Notario, mediante Escritura Pública, en el que los cónyuges o los futuros cónyuges (prometidos), en pleno uso de su libertad y de sus facultades, pactan el contenido patrimonial de su matrimonio o de su futuro matrimonio. El artículo 1325 del Código Civil Español estable que “en capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo”. También se conocen con el nombre de pactos o acuerdos prenupciales o acuerdos prematrimoniales. Sigue ...

Ampliación del permiso de paternidad a cuatro semanas

Domingo, 28 febrero 2010

La ley 9/2009, de 6 de octubre, amplía la duración del permiso de paternidad de los actuales13 días a 28 días (4 semanas), haciéndose efectivo a partir del 1 de enero de 2011. Este derecho tan esperado se concederá a todos los padres ya lo sean por paternidad biológica, por adopción o por acogimiento, resultando de este modo más efectiva la igualdad de trato entre hombres y mujeres. Las cuatro semanas de permiso las disfrutará el padre a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o  judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que  se constituya la adopción. Sigue ...

La Pensión de Orfandad

Martes, 9 febrero 2010

Cuando la persona fallece dejando hijos menores o adolescentes, la Seguridad Social les concede una pensión de orfandad, protegiendo de esta manera a los familiares con unas prestaciones por fallecimiento (como sucede con la pensión de viudedad). Debe diferenciarse entre el causante de la prestación y el beneficiario de ese derecho. Sigue ...

¿Qué es el derecho de abolorio o derecho de la saca?

Martes, 12 enero 2010

El Derecho Civil de Aragón, en la Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte dispone, en su artículo 202, el orden de sucesión legal: 1. En la sucesión legal la herencia se defiere en primer lugar a los parientes de la línea recta descendente. 2. En defecto de descendientes: 1. Los bienes recobrables y los troncales se defieren a las personas con derecho a recobro y a los parientes troncales, respectivamente. 2. Los bienes no recobrables ni troncales, y también éstos si no hay parientes con derecho preferente, se defieren, sucesivamente, a los ascendientes, al cónyuge, a los colaterales hasta el cuarto grado y a la Comunidad Autónoma o, en su caso, al Hospital de Nuestra Señora de Gracia. Sigue ...

Cómo se divide judicialmente la Herencia según la L.E.C.

Sábado, 5 diciembre 2009

La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) 1/2000, de 7 de enero, cuyo principal objetivo es garantizar el derecho de todas las personas a una tutela judicial efectiva, con la plenitud de las garantías procesales, en su Libro IV que se refiere a los procesos especiales y, concretamente, en el Título II trata de la división judicial de patrimonios, recogiendo en el Capítulo I (artículos 782 a 805) todas las disposiciones referentes a la división judicial de la herencia. Los herederos o legatarios que no pueden resolver entre sí sus posibles diferencias o desacuerdos con respecto a la herencia dejada por el difunto, ya sea mediante testamento o sin él, podrán reclamar ante los Tribunales sus justas pretensiones, cuando crean que sus derechos han sido vulnerados. Sigue ...

La Herencia en el Código Civil Español (Segunda Parte)

Viernes, 4 diciembre 2009

En esta segunda parte se exponen los artículos 806 a 1087 del Código Civil español sobre el derecho de sucesiones, tratando temas específicos como el de las legítimas, las mejoras, el derecho del cónyuge viudo, el pago de la porción hereditaria, de la desheredación, las mandas y legados, los albaceas testamentarios, de la sucesión intestada, de la representación, de los grados de parentesco para el orden sucesorio (línea recta descendente y ascendente), de la sucesión del cónyuge y colaterales, de la viuda embarazada, de la sucesión del Estado, de los bienes sujetos a reserva, del derecho de acrecer, de la aceptación y repudiación de la herencia, del beneficio de inventario, de la colación y partición de la herencia, de pago de las deudas hereditarias, etc. Sigue ...

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