La crisis económica que en este momento atraviesa España está afectando especialmente a las familias españolas y al sector inmobiliario, llevando a algunas parejas a una insólita situación que pareciera sacada de una «tragicomedia» y que no deja de sorprendernos a los abogados de familia. En este año, muchas parejas que desean divorciarse acuden a nuestros Despachos planteándonos la posibilidad legal de conseguir su divorcio de mutuo acuerdo, con la firma del previo convenio regulador, en el que se comprometen a vivir en la misma casa, pero «eso sí divorciados».
Al escucharlos, creo no haber entendido bien y les pido que me repitan su propuesta: no salgo de mi asombro al entender que sí escuché bien.
Pareciera que esta propuesta es absurda e ilógica porque todos sabemos que precisamente una pareja que se separa o se divorcia lo que menos desea es vivir juntos, sino separados. Para eso se separan o se divorcian, para no tener que convivir ni compartir el mismo espacio. Digo que es como una «tragicomedia», porque aunque sonara a anécdota humorística, es realmente una situación «grave y angustiosa». La mayoría de los jóvenes en España son «mileuristas», es decir que sus sueldos son muy bajos (si es que tienen la fortuna de tener un trabajo) y para emanciparse y conseguir su propia vivienda, deben hipotecarse de «por vida» (hay hipotecas que se suscriben por ¡50 años!).
La mayoría de los matrimonios jóvenes españoles tienen «hipotecada» su vivienda. Las hipotecas les consumen el 65% de sus salarios y por eso se ven obligados a trabajar los dos miembros de la pareja para poder pagar la hipoteca y sus gastos estrictamente necesarios. Antes de casarse asumen en pareja el pago de la hipoteca de su futura vivienda conyugal porque si no sería imposible pagarla cada uno por su cuenta. Resulta curioso que asuman en pareja una pesada carga hipotecaria de 50 años y, tal vez, su compromiso matrimonial no lo asumen con tanta seguridad y por tan largo tiempo.
Y en el momento en que deciden divorciarse tienen que enfrentarse a este nuevo dilema que les plantea la actual crisis económica: no pueden vender el piso en común ni liberarse de la hipoteca ni mucho menos permitirse comprar otra vivienda de forma individual para empezar una nueva vida. Antes los pisos se vendían enseguida y la pareja llegaba a un acuerdo para que se lo quedara una de las partes. Ahora la venta de los pisos se puede demorar muchísimo tiempo.
El sector inmobiliario está pasando por una de sus peores crisis económicas, muchas sucursales se están cerrando porque ya no se venden ni alquilan pisos debido a las altas hipotecas y al altísimo índice de desempleo que en este momento registra España. Esto se veía venir. Los pisos estaban sobrevalorados y ante esta situación, en un 3% de las rupturas matrimoniales, las parejas optan por seguir viviendo en el hogar conyugal hasta que «aparezca» un comprador. Desde luego, no es una situación normal que dos personas que se divorcian sigan viviendo juntas, pero una mínima parte de nuestros clientes manifiestan su voluntad de hacerlo así cuando acuden a nuestro Despacho. Es ésta una situación excepcional que, obviamente, no es aconsejable que se prolongue varios meses.
Como se trata de una situación nueva en España por esta crisis económica, no sabemos qué va a pasar en el futuro. Seguramente las parejas se replantearán el divorcio o lo buscarán como una última alternativa, ya que las dificultades para pagar la hipoteca las obligará a permanecer unidas por más tiempo viviendo «bajo el mismo techo, pero no en el mismo lecho». Concretamente, algunas estadísticas muestran que en el año 2008 han bajado los divorcios en España en un 30%.
Varios medios de comunicación han llamado al Despacho Alzate Monroy & Asociados para pedir una valoración sobre esta situación y solicitar información al respecto, como por ejemplo periodistas de la Revista Bloomberg, del Diario 20 Minutos , de El Mundo.es, etc.
También puedes escuchar un reportaje en la radio «Patricia Alzate Monroy interviene en Aragón Radio para hablar del Divorcio y la actual crisis económica».
En días pasados, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que sienta doctrina jurisprudencial respecto a la posibilidad de dividir una vivienda familiar en un procedimiento de divorcio, cuando sea «lo más adecuado» para la protección del menor y «siempre que sea posible la división y reunir las viviendas resultantes las condiciones de habitabilidad, a pesar de que no haya acuerdo entre los cónyuges».
En el año 2010 se presentó un litigio entre dos cónyuges en el que el único punto de discordia era la atribución del uso de la vivienda familiar, que es una casa que tiene dos plantas en la que vivía el matrimonio con sus dos hijos, cuya custodia le fue atribuida a la madre. Por su arquitectura, el padre sostenía que se podía satisfacer las necesidades de todas las partes, sin interferir en la vida privada o íntima que pudiera iniciar cada uno, puesto que el marido se quedaría con la planta inferior de la vivienda y que la superior fuera para el resto de la familia. Además, el padre no tenía otra vivienda donde irse a vivir.
El Juzgado de Primera Instancia de Vélez (Málaga) accedió a la solicitud, atribuyéndole la planta baja de la casa «siempre y cuando acometiera obras mínimas para independizar ambas viviendas». La esposa presentó recurso ante la Audiencia, que revocó la sentencia, argumentando que en caso de discrepancia entre ambos cónyuges había que aplicar «estrictamente» el artículo 96 del Código Civil, el cual no permite la división.
El marido recurrió la decisión de la Audiencia ante el Tribunal Supremo, quien «sienta como doctrina jurisprudencial que cabe la división de una vivienda en un procedimiento matrimonial cuando ello sea lo más adecuado para la protección del menor».
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo establece que la hipoteca se pagará al 50% en caso de divorcio porque es una deuda de la sociedad de gananciales, y no una carga del matrimonio, sentando así una nueva doctrina en la que los Magistrados sostienen que «la vivienda se ha contraído por ambos cónyuges en su beneficio y el bien adquirido corresponderá a cada uno de ellos por mitad». Se pagarán las cuotas al 50% mientras no se haya liquidado la sociedad de gananciales.
Esta reciente Sentencia revoca otra de la Audiencia de Valencia en la que se atribuyó al ex marido, que tenía una mejor situación económica, el 80% de la hipoteca y a la mujer el 20% restante.
Yo he visto un matrimonio separado y viven juntos por el bienestar de sus hijas, la verdad que despues de 15 años separados, sus hijas no saben como agradecer a sus padres lo que hicieron por ellas y su desarrollo, en esta situacion estan mis primos y yo misma, cada uno hace su vida y nuestros hijos viven felices es como compartir piso o tener un huesped lo unico que la ventaja es que es el padre de tus hijos, pero claro llevandose bien, cada uno puede tenerr su propia libertad, tengo una vecina que esta en lo mismo y cuando se va de vacaciones eso si van por separado, en Inglaterra hay dos millones viviendo asi, una tercera parte en EEUU otra Suiza, y Noruega, es mas se respetan mejor, es como tener viviendo en casa a un hermano o padre o madre.
Interesante Sentencia Nº 4 de la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, del 18 de enero de 2010 (Recurso de Casación Nº 43/2009), que me envía una periodista de la página web del diario El Mundo, en la que se declara que «basta con que uno de los dos ex-esposos no quiera seguir conviviendo con el otro bajo el mismo techo», aunque se hubiera convenido con anterioridad lo contrario en el Convenio Regulador del Divorcio de mutuo acuerdo, que en su día ratificaron los esposos y «sin que exista conflicto convivencial cotidiano, para que se estime que concurre una circunstancia de modificación de la medida de atribución del uso compartido de la vivienda familiar a ambos cónyuges acordada en la Sentencia de divorcio, a los efectos de que tal atribución se realice a uno o a otro de los ex-consortes».
La dificultad actual de las ventas inmobiliarias y los problemas para conseguir crédito impiden el cumplimiento de los convenios reguladores que determinaban la liquidación del domicilio conyugal en un precio y un plazo de tiempo. Hay casos en los que, cuando no hay manera de vender el piso, y para evitar la subasta pública, se ha adjudicado a un miembro de la pareja a precio de tasación, y han acordado compartir techo durante un tiempo hasta que el otro recibe las llaves de la nueva casa. Vemos también que algunas veces, las parejas que pelean por la custodia, no están peleando por los niños, sino por la casa.
Una reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria limitaba a tres años el uso del domicilio conyugal a una madre y su hijo, aunque siguiera siendo menor, para proteger también el interés del otro progenitor, argumentando la carestía de la vivienda y la realidad social.
No es fácil que el Juez apruebe un convenio regulador si los divorciados van a seguir viviendo juntos. Pero sí se ha aceptado la división de viviendas grandes o de un dúplex, asignándose una planta a cada cónyuge y que los hijos compartan todo el espacio.
A veces, permanecer en la misma casa puede tener consecuencias negativas, y tampoco podría beneficiar a los hijos. Como dicen los psicólogos, la separación física permite tranquilizar las emociones. Si no es posible convivir pacíficamente, seguir bajo el mismo techo estando divorciados, puede agravar el conflicto emocional y ocasionar conductas indeseadas o de violencia intrafamiliar.
[…] se está llegando a pactar en los convenios reguladores cosas tan “curiosas” como seguir viviendo bajo el mismo techo una vez divorciados, mientras se logra vender el piso o la […]
[…] al régimen de visitas, a la comunicación de los hijos con sus abuelos, a las pensiones, a la atribución de uso de la vivienda y ajuar familiar, a la contribución a las cargas del matrimonio y pensión de alimentos, a la […]