El Papa Francisco reforma el proceso de nulidad matrimonial, otorgando una mayor participación a los Obispos, más rapidez y agilidad en la resolución de los casos y declarando la gratuidad en el proceso de declaración de nulidad, buscando así mejorar el sistema “por la salvación de las almas” mientras se reafirma la enseñanza católica de la indisolubilidad del matrimonio. El Papa afirma que estos ajustes “no favorecen la nulidad de los matrimonios sino la prontitud en el proceso”.
La reforma ha sido publicada en dos documentos llamados Motu Proprio: Mitis Iudex Dominus Iesus (El Señor Jesús, un Juez Manso), que establece la reforma en el Código de Derecho Canónico del Rito Latino; y Mitis et Misericors Iesus (Jesús, Manso y Misericordioso), que establece los cambios para las 23 Iglesias Orientales Católicas que están en comunión con Roma.
Estos dos documentos para la Iglesia Católica de Occidente y de Oriente son prácticamente iguales con la diferencia fundamental de que en el texto Oriental, no se habla de los Obispos sino de los Patriarcas.
Se considera que el derogado proceso de nulidad matrimonial era demasiado largo, complicado y muy caro (en algunas ocasiones), lo que hacía que muchos “fieles se alejaran de las estructuras jurídicas de la Iglesia debido a la distancia física o moral”. Para el Sumo Pontífice, “la caridad y la misericordia” requieren que la Iglesia como madre acerque a sus hijos que se consideran lejos de ella.
El Papa ha decidido retirar la apelación automática que se generaba luego de que se tomaba la decisión de nulidad, puesto que antes de esta reforma, una vez que se decidía la nulidad de un matrimonio en primera instancia, éste debía pasar a un tribunal de segunda instancia, puesto que se necesitaban dos sentencias iguales, lo que era una innecesaria postergación del proceso, particularmente cuando nadie contradecía la primera sentencia. Sin contar que si no había dos sentencias iguales, había que ir a Roma para buscar la paridad de sentencias, con la consecuentes demora, dificultad y carestía. Con esta reforma, solo se necesitará una sentencia, a menos que se haga una apelación. Si hay apelación, el Papa señala que ahora se podrá hacer en la Arquidiócesis más cercana, conocida como la “Sede Metropolitana” y ya no habrá necesidad de dirigirse a Roma.
El Pontífice también ha establecido que cada Diócesis en el mundo nombre a un juez o un tribunal de la Iglesia para procesar los casos. Cada Obispo local puede ser el único juez o puede establecer un tribunal de tres miembros. De ser así, al menos uno de ellos debe ser clérigo y los otros dos pueden ser laicos.
El Papa también ha declarado que el proceso de nulidad sea gratuito, una práctica que ya se realizaba en muchas Diócesis. La reforma hace que la gratuidad sea ahora universal.
En su introducción, el Papa reconoce que esta reforma, particularmente los nuevos procedimientos en relación a las decisiones tomadas por los Obispos, puede generar preocupación sobre la enseñanza de la Iglesia en cuanto a la indisolubilidad del matrimonio. “No he dejado de percatarme de que un juicio abreviado puede poner en riesgo la indisolubilidad del matrimonio”, afirma.
“De hecho, por esta razón he querido que en este proceso el juez sea el Obispo porque la fuerza de su ministerio pastoral es, con Pedro, la mejor garantía de la unidad católica en la fe y la disciplina”.
El Papa también explicó que ha querido ofrecer este nuevo proceso a los Obispos para que “sea aplicado en casos en los que la nulidad matrimonial es particularmente evidente” como, por ejemplo, el aborto procurado para impedir la procreación, la obstinada permanencia en una relación extra conyugal durante el tiempo de las nupcias, el ocultamiento doloso de la esterilidad o de una grave enfermedad contagiosa o de hijos nacidos de una relación anterior o de una encarcelación.
Esta reforma ha sido establecida por el Papa el pasado 15 de agosto, en la fiesta de la Asunción de la Virgen María, y entrará en vigor el 8 de diciembre de 2015, en la Solemnidad de la Inmaculada Concepción, coincidiendo con el inicio del Año Santo de la Misericordia y con el 50 aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II.
Particularmente considero que esta reforma del Papa Francisco hará que muchos fieles católicos practicantes que se han casado por lo católico, se han divorciado y vuelto a casar por lo civil, y que se sienten alejados de la Iglesia por no poder comulgar -queriendo y deseando hacerlo- se animen a solicitar la posible y/o segura declaración de nulidad de su anterior matrimonio católico, pues antes no lo hacían por considerar lento, largo y costoso el proceso de nulidad. Es una sabia y acertada decisión del Sumo Pontífice, ya que no se está yendo contra el principio de la indisolubilidad del matrimonio, sino que se está afirmando que la Iglesia se preocupa por la “salvación de las almas” que es su principio y ley universal, facilitando que los católicos puedan acudir más fácilmente a su Iglesia para despejar “esa duda” de su posible nulidad matrimonial. La reforma no tiene como objetivo facilitar la nulidad matrimonial, sino acelerar el proceso que declare la verdad sobre el matrimonio.
Muchos conocemos personas que habiéndose casado primero por lo católico, con un matrimonio que duró muy poco y que no fue una convivencia verdaderamente matrimonial, luego han encontrado a esa otra persona con la que han conformado un auténtico matrimonio duradero y fiel y una feliz familia, pero debido a que este matrimonio es por lo civil, se alejan de la Iglesia lo mismo que alejan a sus hijos. Y si no se alejan de la Iglesia, se “sienten” alejados por no poder comulgar. Y podría ser que ese primer matrimonio católico fuera nulo, pero no se ha declarado como tal porque los interesados no lo han intentado ya que les parece difícil, lento y costoso. Esta reforma animará a varios fieles a que su duda se despeje, aliviará sus conciencias y sentirán la cercanía y comprensión de sus Pastores, sin que ésto suponga declarar la nulidad en todos los casos, sino sólo cuando realmente exista alguna de las causales de nulidad matrimonial, las cuales siguen siendo las mismas.
Por: Patricia Alzate Monroy, Abogada y Doctora en Derecho
Me casé por el civil y al año de convivir quería volver a la iglesia pero por no ser casada era marcada en pecado, mi anhelo de volver a servir y poner mi hogar en manos de Dios me llevo a tomar la decisión de buscar el sacramento del matrimonio pero el Papá de mis hijos se casó sin creer en Dios, y yo después de recibir las pláticas prematrimoniales ya no me quería casar pero la presión social y el amor que le tenía a mi hija más el pensamiento de que ese hombre sería para toda mi vida. Sufrí violencia y hace ocho años me separé.
Actualmente volví a la iglesia y me han permitido servir pero tengo anhelo de rehacer mi vida sin hacer caer en adulterio a otra persona por el simple hecho de mi situación, quiero anular mi pasado para poder aspirar a un futuro sin dejar de servir en mi parroquia
Agradecería si pudieran compartir me los procedimientos y lugares para llevar a cabo mi solicitud.
Buenas tardes. Resumiendo mi primer matrimonio no alcanzó a durar 4 años con 2 hijas pequeñas se fue de la casa mi marido de entonces y ya tenía otra mujer. Me divorcie legalmente ya llevo casada nuevamente 8 años y conviviendo con el 20 años han pasado muchos años y muchas cosas y mis creencias religiosas nunca han cambiado siento la necesidad de unirme a mi marido por la religión. Espero orientación a mi caso.
Hola abogada,
Mi mami hace mas de 40 años se caso por lo católico con el papa de 2 de mis hermanos, pero ella se separo de su esposo por la vida que llevaban, «nunca se separaron legalmente». Al pasar 2 años conoció a mi papá con el que convive hace 37 años y tuvo tres hijos. Ahora vamos a una iglesia cristiana en la cual nos sentimos muy felices y mi mami se quiere casar con mi padre, el requisito que exige el pastor es que sean casados por lo civil, pero mi duda es que pasaria con el matrimonio catolico?
Una pregunta si cuando decidieron casarse por lo catolico una de las personas era y es cristiana y la otra católica, puede existir motivos para nulidad, aparte de inconvenientes dentro de la pareja que llevaron al divorcio?
Buenas noches, me casé con mi novio de la adolescencia, sin embargo cuando fuimos novios (antes de casarnos) los dos tomamos la decisión de abortar un hijo, un par de años después de este evento nos casamos pero las cosas no fueron bien, tengo mas de un año separada y creo que el matrimonio no funcionó en gran parte porque no nos perdonamos ese aborto que hicimos. Soy una mujer joven y no quisiera cerrarme a la posibilidad de formar una famila. Puedo intentar pedir la nulidad del matrimonio?
Estimada doctora,
Mi duda es cuando los ex-cónyuges civilmente, viven en países distintos, y el último domicilio conyugal por parte de ambos no hay ninguna persona ni nada que permanezcan en ese lugar. El matrimonio eclesiástico se produjo en otra ciudad distinta.
¿Cómo se puede iniciar un proceso de nulidad en estas condiciones?
El divorcio se hace efectivo en el 2006 con una hija en común.
Mucho agradezco su respuesta.
Un saludo respetuoso,
Buena tarde, mi asunto es algo complicado porque mi ex esposo (soy divorciada), jamás aportó para la manutención del hogar, primero se perdió (escondió o escondieron) y se pierde casi 3 años, comencé de inmediato pasando un año a ver lo de la anulación y el sacerdote que consulté, es abogado en Derecho Canónico y me dijo que sí procedía, pero necesitaba el acta de divorcio civil para iniciar el proceso. Cuando regresa su hermana comienza a interferir porque ella no pudo tener hijos y quiere posesionarse de los míos (son dos: una niña de 8 años y un niño de casi 7), son asuntos legales donde ella interfiere sin razón, se casó civilmente con otra persona porque ella es divorciada y no hay causa para anular su matrimonio eclesiástico porque no hay causas justificables. Mi ex esposo veía pornografía en alto extremo, se drogaba y nunca me dijeron nada (su familia) apenas de esto último me enteré hace casi un año. Yo trabajo en el Seguro Social en México y fueron pacientes quienes lo conocen y me contaron. Tenía amigos de mala catadura que se drogaban y yo ingenua nunca pensé que él también era igual. Sus padres querían que se casara para deshacerse de él y yo fuí la tonta que no imaginé que esto fuera así. Ahora quiero ya dar fin a este matrimonio que no existió porque quiero acercarme a Dios nuevamente, casarme con una persona que es viudo y dice que para él es mejor lo eclesiástico que lo civil aunque es también importante. ¿Qué puedo hacer?. Si me orienta lo agradeceré. Dios le bendiga.
Me casé de 22 años y dure 4 años casados de allí surgió el nacimiento de una niña, luego de eso fui engañado por ella al momento que yo salia para mi trabajo; actualmente tengo otro hogar y otra familia, daría lo que fuera por entregarme de nuevo al matrimonio por la iglesia; puedo solicitar mi nulidad?
Mi caso es el siguiente, contraje matrimonio católico con una mujer en julio del 2002, duramos viviendo juntos hasta noviembre de 2004, dos años y cuatro meses, nuestra vida sexual era nula, no quería tener hijos, por tanto yo conoci una mujer de la cual me enamoré y a la fecha es mi esposa por lo civil y tenemos dos hijos de 6 y 9 años, yo me quiero casar con ella, qué posibilidad tengo para anular el matrimonio anterior puesto que prácticamente no tuvimos vida conyugal ni hijos y actualmente logré conseguir una familia con quién es mi esposa civil actual. Que tendría que hacer?
Hola Doctora, buenas noches. Soy de la ciudad de México y tengo algunas dudas, espero usted me pueda ayudar.
La primera, aquí en México hay abogados o despachos o algún organismo como el que usted dirige al que me pueda acercar para poder asesorarme en un proceso de nulidad de matrimonio?
La segunda, bajo el entendido que el matrimonio es válido bajo pleno consentimiento de las partes, en mi caso yo fui obligado psicológicamente para aceptar el matrimonio. Puede declararse nulo mi matrimonio? Además de que las condiciones antes de que se llevara a cabo mi matrimonio estaban rodeadas de inmadurez (por mi parte) y de aprovecharse de esa inmadurez (por parte de la que era mi esposa).
Saludos
Buen día doctora, mi primer matrimonio por la iglesia se anuló en primera y segunda instancia, el proceso duro un poco mas que el proceso de divorcio necesario, después de un año de divorciada me he vuelto a casar por lo civil, aun no lo hago por la iglesia, sigo fiel a mi religión y acudo con mis hijos y mi esposo a misa, pero no comulgo, cuando mi hijo mayor hizo su primera comunión el sacerdote me dijo que me acercara a recibir la comunión que ya después me confesaba, ahora que mis otros hijos van a recibir su primera comunión me cuestionan que porque yo no puedo comulgar, leyendo su blog creo entender que como mi matrimonio anterior se anuló eclesiásticamente SI puedo comulgar?
[…] de este grupo, explicó el pasado 10 de octubre que la misión de la Comisión es “preparar una propuesta de reforma del proceso matrimonial, buscando simplificar sus procedimientos, haciéndolo más sencillo y salvaguardando el principio […]
Buenas tardes Doctora, en mi caso promoví la anulación de mi matrimonio cinco años atrás del cual ya se dictó la primera sentencia (se dictó nulo), hace aproximadamente dos años y medio (en Mérida, Yucatán, México), sin embargo sería enviado el caso a la segunda instancia a Jalapa, Veracruz, y de nuevo a una tercera sentencia aquí en Mérida, pero la ultima vez que fui a investigar, me comentaron que el caso se encontraba en casos abandonados ya que no he terminado de pagar los $ 7,000.00 que exigen a pesar de que publicaron (hace dos años), en el Diario de Yucatán (periódico local), que solo cobraban $ 1,000.00 o incluso gratuitamente. Ahora lo que quisiera saber sobre esta nueva ley de que será gratuito el trámite aplica también en casos promovidos anteriormente a este decreto como es mi caso o tendré que pagar el saldo que me falta por pagar? Cabe mencionar que mi caso fue muy claro y sencillo, con evidencia y colaboración de ambas partes (la acusada y demandada), así como la de los testigos.
Saludos cordiales y de antemano gracias.
Carta Apostólica en forma de «Motu Proprio» Mitis Iudex Dominus Iesus, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad matrimonial en el Código de Derecho Canónico.
Carta Apostólica en forma de «Motu Proprio» Mitis et Misericors Iesus, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad matrimonial en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales.
[…] Papa Francisco reforma el proceso canónico de nulidad matrimonial, con mayor participación de los Obispos, más rapidez para la resolución de los casos y la […]
Que bueno que esto se de, de manera mas facil y oportuna por que yo hace 10 años que me separe pero solo de cuerpo pero aun sigo casada por la iglesia y por Notaria y me gusta para poder darle un curso a mi vida y poder sentir que soy libre para poder aferrarme mas a las creencias religiosas.