¿»Y todavía no tenéis familia»? es la pregunta que comúnmente se le hace a una pareja de recién casados para saber si ya tienen hijos o vienen en camino o si piensan tenerlos pronto. Pareciera haber un «cierto acoso» por parte de algunos familiares y amigos hacia estos «recién casados», que muchas veces no saben qué responder a tan insistentes preguntas de aquellos cercanos que sueñan con ser ya abuelos, tios o padrinos de bautismo. Detrás de esta inocente pregunta se esconde un error fundamental de apreciación acerca del concepto de «familia». ¿Es que acaso no son ya familia entre sí los cónyuges?

El pacto conyugal, la alianza matrimonial, el vínculo matrimonial o como se quiera llamar a ese matrimonio que han conformado los cónyuges mediante su consentimiento matrimonial, crea una íntima comunidad de vida y amor con la que -mediante su libertad personal- han decidido fundar una familia. Esa alianza conyugal tiene como objeto la búsqueda del  «bien de los cónyuges« que es un valor trascendente que busca la propia y mutua felicidad. Fundar una familia exige de los cónyuges un pacto de amor conyugal de donación y aceptación mutua y recíproca; es hacer un auténtico uso de la libertad y de la responsabilidad personal.

Esa íntima comunidad de vida y amor que han creado los esposos mediante su vínculo matrimonial origina unas relaciones familiares, una comunidad familiar. El vínculo conyugal no es solamente una relación jurídica contractual, sino que se integra dentro de la primera y más original noción de familia: los cónyuges son familia, son los «primeros parientes», los «primeros familiares». Aunque es fácil de entender con claridad esta realidad familiar conyugal, sucede que ésta se ha oscurecido porque durante siglos el matrimonio ha sido comprendido con una visión muy positivista y jurídico-formal, encuadrándolo dentro de un frio concepto jurídico de contrato o de institución, quedando así desprovisto de su genuina realidad natural.

Hay que rescatar el auténtico concepto de amor y de alianza del matrimonio, el cual no puede quedar reducido a un simple concepto de contrato o de institución con unos planteamientos demasiado utilitaristas y funcionales. Hay que enseñar en las aulas y en la calle que el matrimonio no es sólo un contrato de «derechos y obligaciones», sino que es mucho más, es una alianza de mutua y recíproca entrega de dos personas por amor. No se trata simplemente de una diferencia termonológica, sino de una concepción más humana y menos fria de la realidad matrimonial y familiar que crean los cónyuges con su libertad personal al casarse. Existe actualmente una notable pérdida de la conciencia del «carácter familiar de la relación conyugal».

Implícitamente subyace la idea de que la familia es una realidad biológica que requiere la existencia de los vínculos de sangre. Por esto está hoy tan difundido el considerar en términos funcionales, pero  no familiares, el vínculo conyugal. Se piensa que la familia comenzaría a existir a partir del nacimiento del primer hijo; antes sólo existiría la pareja casada, es decir, unida por el vínculo matrimonial. De ahí la famosa pregunta que se hace a los recién casados: «¿Y todavía no tenéis familia?».

Las relaciones familiares son más que relaciones sociales o funcionales. El matrimonio no puede ser entendido como una relación social o funcional en la que cada cónyuge «cumple una función determinada». De ahí que sea urgente y necesario destacar y rescatar la realidad existencial, vital y afectiva de la relación conyugal que la hace relación familiar. La relación conyugal es ya familiar desde el momento en que los esposos se intercambian el consentimiento matrimonial, cuando se dicen libremente y por amor durante la ceremonia nupcial «si quiero».

El vínculo conyugal tiene como soporte una relación familiar que sólo puede comprenderse en el interior de un sistema de parentesco. Las relaciones familiares padres-hijos-hermanos tienen como fundamento un hecho biológico: la generación. Mientras que la conyugalidad constituye un caso especial porque no se constituye sobre este hecho biológico de la generación, sino en la elección del cónyuge que es consecuencia de la libertad de los esposos. Podría entonces pensarse que la conyugalidad no es una relación familiar porque en ella no interviene el elemento sangre, sino la libertad o consentimiento matrimonial. Por tanto, y de ser así, ser cónyuges consistiría en saber desarrollar unos roles: el propio «rol de esposos», «rol» que sería definido por el contexto socio-cultural.

Entonces tendría que concluirse que el concepto de familia y de relación familiar quedarían ligados exclusivamente a la dimensión biológica de la persona, cayendo en un prejuicio cultural muy difundido que hace pensar que donde no hay relación biológica, pero sí vínculo de libertad, no habría familia. Consecuentemente, la familia vendría a ser el efecto biológico del vínculo matrimonial, lo cual sería un error.

El vínculo matrimonial permanente refleja que la relación conyugal tiene un carácter personal y biográfico. Porque en el matrimonio los esposos se entregan y se asumen como personas en su dimensión biográfica y existencial, que no está sujeta a la temporalidad «del mientras tanto».  La conyugalidad es la relación familiar por excelencia y, sin ésta, no hay ninguna otra relación que sea plenamente familiar. Sobre la conyugalidad se fundamentan las otras relaciones familiares por consanguinidad: padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, primos, tíos;  y también las relaciones familiares por afinidad: cuñados, suegros, consuegros, etc. También las relaciones familiares por adopción.

La familia no es un conjunto de personas que ponen en común sus existencias y sus bienes. La familia es una comunidad de personas que solamente puede constituirse sobre la comunión conyugal del hombre y la mujer. La conyugalidad recibe su plenitud con el advenimiento del hijo. Sin embargo, con independencia de la inexistencia involuntaria de los hijos, la comunión de los esposos es ya familiar puesto que «los cónyuges son los primeros parientes».

Efectivamente hay matrimonios que por razones ajenas a su voluntad no logran tener hijos. Pero es un matrimonio, es una familia. Ya son familia. La familia no se puede reducir al hecho biológico de la procreación. ¿Qué es lo que relamente crea el lazo familiar? ¿Una estructura social, política o económica? No. Es la exigencia de la solidaridad radical y de la comunidad amorosa, dimanante de la condición y dignidad de las personas humanas, de quienes se vinculan definitivamente entre sí, por el «simple y grandioso hecho»  de ser aceptados y amados sin más; esto es lo que crea el lazo radical e incondicional de amor y solidaridad debido en justicia entre familiares.

Por esto los cónyuges, antes que padres, se han dado para siempre como esposos en una alianza de amor permanente y abierta a la vida. La relación entre los cónyuges, lejos de ser una relación funcional de «roles» es una relación plenamente familiar porque tiene ese carácter personal y biográfico que los hace llamarse «consortes», es decir, comparten la misma suerte y escriben juntos sus propias biografías.

Desde un punto de vista práctico, tan exigente como ser «esposo» o «esposa» es ser «hijo», «hija», «padre», «madre», «abuelo», «abuela». La familia se encuentra como el primer «nosotros»: cada uno es «yo» y «tú»; cada uno es para el otro marido o mujer, padre o madre, hija o hijo, hermano o hermana, abuelo o nieta, tio o sobrino, prima o primo, cuñado o cuñada, etc. Se reconocen como sujetos en relación. Los familiares no pueden considerarse individuos aislados, sin lazos familiares. ¿Un lazo familiar de sangre puede ser destruido por voluntad humana? Evidentemente no. Nadie puede llamar a su padre o a su madre o a su hijo o a su abuelo o a su hermana o nieto mi «ex» porque aunque hubiera relaciones familiares rotas, no pueden ser desconocidos o destruidos los vínculos de sangre. Porque a éstas se les reconoce como relaciones familiares. ¿Y por qué es tan frecuente oir hablar de mi «ex-cónyuge»? Porque las relaciones conyugales se reducen simplemente a relaciones funcionales sujetas al sólo acuerdo de voluntades o a unos intereses particulares que, una vez ya no se cumplen, pueden rescindirse.

Pero los esposos que se casan de verdad, en una alianza de amor permanente, no hay que explicarles mucho que ellos son «los primeros parientes», porque ya lo saben o lo intuyen.

Por: Patricia Alzate Monroy, Abogada y Doctora en Derecho

Por Patricia

17 comentarios en «Los cónyuges son los «primeros parientes»»
  1. Estimada Dra. Alzate Monroy:
    Excelente cátedra ha dado sobre el tema “Primeros parientes» se tiene la creencia que los esposos sin hijos no son familia y usted nos da una lección más allá de lo Jurídico, comparto emocionada su opinión! Ciudad de México.

  2. […] Tradicionalmente el derecho canónico ha expresado dos conceptos que son el matrimonio in fieri y el matrimonio in facto esse, para referirse al matrimonio y a la vida matrimonial respectivamente, pero, en mi opinión, se reduce a una visión demasiado contractualista del matrimonio, en la que prima un conjunto indefinido e indefinible de derechos y obligaciones que se intercambian los esposos a través el matrimonio, empobreciendo la realidad personalista de la entrega sincera, mutua y recíproca de los cónyuges y, a la vez, opacando la relación familiar del vínculo conyugal. Los cónyuges, al casarse, lejos de intercambiarse contractualmente unos derechos y unas obligaciones matrimoniales, lo que están haciendo es entregarse mutua y recíprocamente para fundar una familia, creando unas relaciones familiares basadas en el hecho real de que los cónyuges son los primeros parientes. […]

  3. […] Es así, el matrimonio merece celebrarse porque la entrega mutua y recíproca de dos personas que por amor y libremente deciden fundar una familia, tiene trascendencia personal y social, puesto que los novios con su boda están manifestando formalmente que quieren ser cónyuges y que se les reconozca socialmente su identidad de esposos. […]

  4. […] Que las uniones de hecho no son lo mismo que el matrimonio lo saben muy bien las parejas homosexuales, quienes no se han conformado con que sus uniones se queden jurídicamente reconocidas tan sólo como uniones de hecho, sino que han luchado hasta conseguirlo ya en algunos países, que se les reconozca legalmente su derecho a casarse, es decir, a contraer matrimonio y no a ser simplemente parejas de hecho. ¿Por qué? Porque saben que el matrimonio “implica” más que la mera convivencia de hecho, tiene mayor trascendencia y reconocimiento socio-jurídico, porque el matrimonio origina un estado civil, el de “casado/a”, y porque el matrimonio crea una identidad familiar que es la de ser “esposo o esposa” o “cónyuges”.  Por esto, los cónyuges son los primeros parientes. […]

  5. buenas tardes quisiera hacerle dos preguntas ¿qué parentesco existe entre dos hijos de la misma mamá y diferentes papás?
    y la siguiente pregunta:
    soy divorciada y tal vez regresaré con mi ex marido pero estoy esperando un hijo de otro hombre ¿puede hacer algo legal en cuanto a su hijo el papá de mi hijo en caso de que yo regresara con mi ex marido?
    le agradecería su orientación.

    1. No hay una ley que lo establezca expresamente, pero dese un punto de vista cultural (la cultura es la continuación del derecho y viceversa), se puede decir que jurídicamente los cónyuges sí son parientes (no son extraños) y de ellos se derivan otras relaciones familiares y de parentesco, ya sea por afinidad o por consanguinidad (cuando hay hijos).

  6. Hola, mi pregunta es como un matrimonio aveces pueda ser destruido por la mamitis que el esposo pueda tener, mi caso es ese, mi esposo en todo momento tiene que estar en su casa, antes de ir a trabajar cuando llega de trabajar, nos separamos y estamos en que si volvemos pero no se, dime que puedo hacer porque no quiero volver a lo mismo, esos comportamiento la verdad me enojan mucho y por eso son los problemas, espero consejo POR FAVOR…..

    1. Lo mejor es que tú y tu esposo se den cuenta de que esa actitud de «mamitis» puede reflejar un importante grado de inmadurez psicológica en él y que se proponga por tanto superarla, y si no puede superarla por sí mismo, lo haga a través de la ayuda de un profesional. No es una situación normal ni conveniente la dependencia «enfermiza» de su marido hacia su madre.

  7. […] La familia no es un conjunto de personas que ponen en común sus existencias y sus bienes, según un sistema convencional de normas de comportamiento. La familia es una “comunidad de personas” que sólo puede constituirse sobre la “comunión conyugal” del hombre y la mujer. La conyugalidad (comunión personal del esposo y la esposa) recibe la plenitud de su significado con el advenimiento del hijo. Sin embargo, como ya hemos dicho, con independencia de la inexistencia involuntaria de hijos, la comunión de los esposos es ya familiar puesto que los cónyuges son los primeros parientes. […]

  8. […] NOTA: Si desea leer otros artículos relacionados con este tema y en este mismo blog, puede hacerlo en “Análisis de la Ley 13/2005 sobre derecho a contraer matrimonio”   también en “¿Una mentalidad optimista del matrimonio frente a una mentalidad pesismista del divorcio?”  y además en “Los cónyuges son los primeros parientes” […]

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