El Divorcio en Zaragoza

Lunes, 5 abril 2010

Aragón tiene su propio Derecho Foral, fruto de una larga y sólida historia y tradición jurídica del pueblo aragonés, que se aplica a quienes tienen la vecindad civil aragonesa. La vecindad civil aragonesa la tienen los nacidos de padres que tengan esta vecindad, los que hayan residido durante diez años en  un municipio aragonés, los que hayan residido dos años en un municipio aragonés si se manifiesta ante el Registro Civil la voluntad de adquirir esta vecindad. El matrimonio, en principio, no altera la vecindad civil. Sigue ...

De la Viudedad Aragonesa

Lunes, 5 abril 2010

La Viudedad Aragonesa es el derecho que tiene el cónyuge viudo a usar y disfrutar de todos los bienes que fueron privativos de su cónyuge o comunes del matrimonio, tanto muebles como inmuebles, que durante la vigencia del matrimonio hubiesen entrado en el patrimonio común o en el privativo del cónyuge fallecido. Durante la vigencia del matrimonio, ambos cónyuges son titulares del derecho expectante de viudedad. La causa que atribuye el usufructo vidual aragonés a uno de los cónyuges no es la muerte del otro cónyuge, sino la celebración del matrimonio. Sigue ...

El Consorcio Conyugal Aragonés

Domingo, 4 abril 2010

El régimen económico matrimonial aragonés, denominado Consorcio Conyugal, está regulado en la Ley 2/2003, de 12 de febrero y contempla distintos aspectos del mismo como los bienes comunes y privativos de los cónyuges, lo mismo que sus deudas comunes y privativas, cómo se gestiona ese consorcio conyugal, cómo es su disolución, liquidación y división, qué sucede con la comunidad que continúa tras la disolución del matrimonio, etc. Sigue ...

Casarse es asumir juntos un futuro imprevisible

Martes, 23 marzo 2010

Una de mis lectoras de este blog de derecho matrimonial y de familia me ha enviado un precioso vídeo publicado en Youtube, que resume bien y en pocos minutos lo que significa el matrimonio y lo que implica casarse realmente: “asumir juntos un futuro impredecible e imprevisible”. Sigue ...

Capitulaciones matrimoniales: acuerdos ventajosos para los enamorados

Domingo, 14 marzo 2010

Las capitulaciones matrimoniales son un documento público otorgado ante Notario, mediante Escritura Pública, en el que los cónyuges o los futuros cónyuges (prometidos), en pleno uso de su libertad y de sus facultades, pactan el contenido patrimonial de su matrimonio o de su futuro matrimonio. El artículo 1325 del Código Civil Español estable que “en capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo”. También se conocen con el nombre de pactos o acuerdos prenupciales o acuerdos prematrimoniales. Sigue ...

Ampliación del permiso de paternidad a cuatro semanas

Domingo, 28 febrero 2010

La ley 9/2009, de 6 de octubre, amplía la duración del permiso de paternidad de los actuales13 días a 28 días (4 semanas), haciéndose efectivo a partir del 1 de enero de 2011. Este derecho tan esperado se concederá a todos los padres ya lo sean por paternidad biológica, por adopción o por acogimiento, resultando de este modo más efectiva la igualdad de trato entre hombres y mujeres. Las cuatro semanas de permiso las disfrutará el padre a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o  judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que  se constituya la adopción. Sigue ...

La Pensión de Orfandad

Martes, 9 febrero 2010

Cuando la persona fallece dejando hijos menores o adolescentes, la Seguridad Social les concede una pensión de orfandad, protegiendo de esta manera a los familiares con unas prestaciones por fallecimiento (como sucede con la pensión de viudedad). Debe diferenciarse entre el causante de la prestación y el beneficiario de ese derecho. Sigue ...

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